STSJ Andalucía 1767/2018, 6 de Junio de 2018

PonenteAURORA BARRERO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAND:2018:4888
Número de Recurso2002/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1767/2018
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2018
EmisorSala de lo Social

Recurso Nº2002/17- B Sentencia nº 1767/18

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltmas. Sras.

DOÑA ANA MARÍA ORELLANA CANO

DOÑA EVA MARÍA GÓMEZ SÁNCHEZ

DOÑA AURORA BARRERO RODRIGUEZ

En Sevilla, a 6 de junio de dos mil dieciocho.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por las Iltmas. Sras. citadas al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1767/18

En el recurso de suplicación interpuesto por Dña. María Virtudes, contra la sentencia del

Juzgado de lo Social número 1 de Jerez de la Frontera en sus autos nº 1179/15; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña AURORA BARRERO RODRIGUEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dña. María Virtudes contra Servicio Laborales y Formativos Sl, Eulen Servicios Sociosanitarios SA, y Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 16 de enero de 2017 por el Juzgado de referencia, en la que se estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" Primero.- Dª. María Virtudes, con D.N.I. nº. NUM000 ha prestado sus servicios para la empresa demandada SERVICIOS LABORALES Y FORMATIVOS, S.L., mediante Contrato fijo discontinuo, a tiempo parcial (64,10% de la jornada habitual), en la actividad de "Servicios Sanitarios sin Inter.)", en el Colegio Público Rural Agrupado "CRIPER" sito en Algodonales, dependiente de la Junta de Andalucía, con antigüedad de 13-09-10, con categoría de "Auxiliar Técnico Educativo- Monitora de Educación Especial y un salario de 695,27€ mensuales(diario de 22,86€), conforme al C.C. de Centros y Servicios de atención a personas con discapacidad.

Segundo

El sueldo de un Monitor de Educación Especial de la Junta de Andalucía, con la antigüedad de la actora, ascendería a 1.794,63€ a jornada completa. En el caso de que prestara servicios a tiempo parcial en la misma jornada semanal que la actora (64,10%) el salario mensual ascendería a 1.150,35€ mensuales (diario de 37,82€).

Tercero

La denominación de Monitor de Educación Especial es actualmente la de "Personal Técnico de Integración Social", en virtud de la modificación operada en esa categoría profesional, a partir de la publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, por el que se introducen modificaciones en el sistema de clasificación profesional, aprobado mediante Resolución de 15 de enero de 2015 de la Dirección General de Relaciones Laborales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, publicada en el BOJA de 22 do Enero de 2015.

Es un personal especializado en la atención al alumnado que presenta necesidades educativas especiales, es decir, aquel que requiera, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta ( artº. 73 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación ).

Cuarto

La AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN (E.P.A.P.I.S.E.) - sucesora del Ente Público de Infraestructuras y Servicios Educativos, como consecuencia del cambio de denominación operado por la disposición adicional primera del Decreto-Ley 13/2014, de 21 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía- es una Entidad de Derecho Público de las previstas en el artículo 6.1

  1. de la Ley 6/1983, de 19 de julio . General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía -, se encuentra adscrita a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte que tiene atribuidas las competencias en materia de educación no universitaria, con

personalidad jurídica y patrimonio propios, y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, como son la gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma.

No consta que tenga en plantilla personal docente o cualificado para prestar servicios en los centros docentes públicos de Andalucía.

Quinto

Con fecha 09-03-10 se emitió por la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos (actual E.P.A.P.I.S.E), Memoria justificativa para la Contratación Pública de los "Servicios de Apoyo y Asistencia Escolar al Alumnado con necesidades educativas especiales en los Centros docentes Públicos de la Provincia de Cádiz", iniciándose el día 11-03-10 expediente de Contratación mediante Procedimiento abierto.

Sexto

El Contrato para la prestación de los "Servicios de Apoyo y Asistencia Escolar al Alumnado con necesidades educativas especiales en los Centros docentes Públicos de la Provincia de Cádiz" fue adjudicado a la Empresa UTE EULEN EDUCACIÓN ESPECIAL CÁDIZ de la que formaba parte la empresa EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A., formalizándose Contrato Administrativo el 02-09-10. (consta en las actuaciones el expediente NUM001 de concurso y adjudicación que se tiene por reproducido).

Séptimo

Entre los Centros afectados por la contratación de dicho Servicio se encontraba el C.P. Rural Agrupado C.R.I.P.E.R. de La Muela-Algodonales, donde ha prestado servicios la actora durante todo el periodo contratado.

Octavo

La actora formalizó el día 13-09-10 con EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A. un Contrato de duración determinada por Obra o Servicio determinado, habiendo formalizado desde dicha fecha con esta empresa los siguientes

contratos:

- Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado a tiempo parcial, con una jornada del 62,50% desde el 13-09-10 a 22-06-11.

- Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado a tiempo parcial, con una jornada del 62,50% desde el 12-09-11 a 22-06-12.

- Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado a tiempo parcial, con una jornada del 62,50% desde el 10-09-12 a 31-10-12.

- Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado a tiempo parcial, con una jornada del 62,50% desde el 05-11-12 a 31-03-13.

- Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado a tiempo parcial, con una jornada del 62,50% desde el 01-04-13 a 21-06-13.

- Contrato de duración determinada, por Obra o Servicio determinado a tiempo parcial, con una jornada del 62,50% desde el 10-09-13 a 23-06-14.

- Contrato Fijo discontinuo a tiempo parcial, con una jornada del 62,50% desde el 10-09-14 a 19-12-14.

- Contrato Fijo discontinuo a tiempo parcial, con una jornada del 64,10% desde el 01-01-15 a 22-06-15.

Noveno

Tras nueva licitación pública, con fecha 08-09-15 la prestación de los "Servicios de Apoyo y Asistencia Escolar al Alumnado con necesidades educativas especiales en determinados Centros docentes Públicos de la Provincia de Cádiz", en concreto el CRP CRIPER de La Muela-Algodonales, fue adjudicado a la empresa SERVICIOS LABORALES Y FORMATIVOS, S.L., firmándose al efecto el correspondiente Contrato Administrativo, que se subrogó en los derechos y obligaciones de la actora (consta en las actuaciones el expediente NUM002 de concurso y adjudicación que se tiene por reproducido).

Décimo

Con fecha 10-09-15 la actora formalizó con la empresa SERVICIOS LABORALES Y FORMATIVOS, S.L. un Contrato Fijo discontinuo a tiempo parcial, para el mismo puesto de trabajo, con una jornada del 64,10%, siendo subrogada en sus derechos y obligaciones.

Undécimo

Con fecha 15-09-15 se remitió por la AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN (E.P.A.P.I.S.E.) a la empresa SERVICIOS LABORALES Y FORMATIVOS, S.L. un Correo electrónico en el que le comunicaba que debía suprimir a la Monitora contratada para el CRP CRIPER de Algodonales al haber sido desplazado al mismo un Monitor Laboral de la Consejería de Educación, no siendo ya necesaria la Monitora contratada a través del Concurso público ( María Virtudes ).

Duodécimo

Con fecha 15-09-15 la empresa SERVICIOS LABORALES Y FORMATIVOS, S.L. comunicó a la actora la finalización de su Contrato de trabajo.

La actora causó baja en Seguridad Social el día 15-09-15.

Decimotercero

En el curso 2015/16, con fecha 1 de septiembre de 2015, se incorporó a la escuela CRP CRIPER de La Muela-Algodonales, como monitor de educación especial, D. Pedro Antonio personal fijo de la Junta de Andalucía.

Decimocuarto

La actora ha realizado las siguientes funciones, asignada por las empresas en las que ha estado contratada:

- Atención en desplazamientos por el centro educativo en los recorridos entre clases, asistencia al cuarto de baño, ayudando a la transferencia al inodoro, lavabo y otros utensilios, procurando una adecuada relación del alumno con el resto de compañeras y compañeros. Así mismo, en el desarrollo de las clases de Educación Física, le ha ayudado a hacer las actividades que hacía el resto de la clase.

- Ha atendido, también en el desplazamiento del alumno, en las actividades extraescolares y complementarias que ha realizado el Centro y en las que siempre ha participado este alumno con ella, su monitora, colaborando en la organización de las mismas y en el desarrollo de programas de autonomía social, vinculados a hábitos de conducta y comunicación.

- Atención en recreos, entradas y salidas.

- Ha favorecido el contacto entre el centro y la...

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