STSJ País Vasco 1896/2017, 3 de Octubre de 2017

PonenteJUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
ECLIES:TSJPV:2017:3293
Número de Recurso1794/2017
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución1896/2017
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2017
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación 1794/2017

NIG PV 48.04.4-16/008781

NIG CGPJ 48020.44.4-2016/0008781

SENTENCIA Nº: 1896/2017

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 3 de octubre de 2017.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por ADIF ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS, Leandro, Martin, Norberto, Romeo, Serafin, Victoriano, Rafaela, Sandra, Luis Angel, Juan María, Ángel Jesús, Alexander y Armando contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. Tres de los de BILBAO (BIZKAIA) de fecha 13 de febrero de 2017, dictada en proceso sobre TDF, y entablado por Leandro, Martin, Norberto, Romeo, Serafin, Victoriano, Rafaela, Sandra, Luis Angel, Juan María, Ángel Jesús, Alexander y Armando frente a ADIF ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS y MINISTERIO DE FOMENTO SECRETARIA DE ESTADO DE TRANSPORTES. SECRETARIA GENERAL DE TRANSPORTES.DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO.- El sindicato SCF convocó en el año 2013 los siguientes días y horas de Huelga: 16 de diciembre de 2013 de 9 a 11 horas, 17 de diciembre de 0 a 4 horas y de 9 a 11 horas y el 18 de diciembre de 0 a 4 horas.

SEGUNDO.- El Ministerio de Fomento dictó resolución de 11 .12.13, en la que acogiendo la propuesta empresarial de ADIF servicios mínimos, se acordaron los mismos.

Dicha resolución fue impugnada por el Sindicato SCF solicitando la nulidad de la misma por vulneración del derecho fundamental de huelga por el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales.

Dictándose inicialmente SAN de 11 de junio de 2014 que desestimaba la demanda . Por STS de la Sala 3ª de 9.12.15 se revoca la SAN y se estima el recurso del sindicato, declarando la nulidad de la resolución por la vulneración del deber de motivación e infracción del principio de proporcionalidad en relación al derecho fundamental de huelga.

TERCERO.- Se tiene por desistido de su demanda a Gabriel por falta de comparecencia.

Los trabajadores en los días y franjas de huelga se vieron afectados en la forma establecida en el certificado de ADIF de 17.1.2016, que señala:

D. Isidro, CON DNI NUM000 EN CALIDAD DE RESPONSABLE DE RECURSOS HUMANOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE OPERACIONES NORTE PARA QUE CONSTE EN LOS AUTOS 872/2016 A CELEBRAR ANTE EL J. SOCIAL NE,

3 DE BILBAO,

CERTIFICA:

Que

D. Leandro, D. Martin, D. Romeo, D. Serafin,DP. Sandra y D. Victoriano, son trabajadores del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y se encuentran adscritos al Puesto de Mando de Bilbao Abando, Jefatura de Tráfico.

D. Juan María y D2 Rafaela, son trabajadores del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y se encuentran adscritos a la dependencia de Orduña, Jefatura Operativa de Miranda.

D. Luis Angel y D. Armando, son trabajadores del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y se encuentran adscritos a la dependencia de Desertu-Barakaldo, Jefatura Operativa de Miranda.

D. Ángel Jesús, D. Norberto y D. Gabriel, son trabajadores del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y se encuentran adscritos a la dependencia de Intermodal Abando Ind. Prieto, Jefatura Operativa de Miranda.

D. Alexander, es trabajador del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias y se encuentra adscrito a la dependencia de Santurtzi, Jefatura Operativa de Miranda.

Que las huelgas convocadas por el SCF (Sindicato de Circulación Ferroviario) para los días 16, 17 y 18 de diciembre de 2013, afectaron a los mencionados trabajadores según lo que se indica a continuación:

Día 16-12-13: huelga de 09:00 a 11:00 horas

D. Leandro En turno de 22:00 a 24:00 h. (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Martin En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Romeo En turno de 22:00 a 24:00 h. (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Serafin En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D Sandra En turno de 22:00 a 24:00 h. (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Victoriano En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Juan María En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Rafaela En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Luis Angel Descanso diario (no afectado por la huelga).

D. Armando En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h

D. Ángel Jesús En turno de 22:00 a 24:00 h. (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Norberto En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Gabriel En turno de 06:00 a 14:00 h., no se le nombra servicio mínimo

D. Alexander En turno de 22:00 a 24:00 h. (no afectado por la huelga en este periodo)

Día 17-12-13; huelga de 00:00 a 04:00 y de 09:00 a 11:00 horas

D. Leandro En turno de 00:00 a 06:00 h. y de 22:00 a 24:00, nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D. Martin En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Romeo En turno de 00:00 a 06:00 h. y de 22:00 a 24:00, nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D. Serafin En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D9 Sandra En turno de 00:00 a 06:00 h. nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D. Victoriano En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Juan María En turno de 22:00 a 24:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D2 Rafaela En turno de de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Luis Angel En turno de 22:00 a 24:00 h., (no afectada por la huelga en este periodo)

D. Armando En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h

D. Ángel Jesús En turno de 00:00 a 06:00 h. y de 22:00 a 24:00, nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D. Norberto En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Gabriel En turno de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Alexander En turno de 00:00 a 06:00 h. nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

Día 18-12-13; huelga de 00:00 a 04:00 horas

D. Leandro En turno de 00:00 a 06:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D. Martin En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Romeo En turno de 00:00 a 06:00 h. no se le nombra servicio mínimo. Secunda la huelga de 00:00 a 04:00

D. Serafin Licencia con sueldo por asuntos propios (no afectado por la huelga)

DI Sandra En turno de 14:00 a 22:00 h. (no afectado par la huelga en este periodo)

D. Victoriano En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Juan María En turno de 00:00 a 06:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D Rafaela En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Luis Angel En turno de 00:00 a 06:00 h. y de 14:00 a 22:00, nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D. Armando En turno de de 06:00 a 14:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 09:00 y las 11:00 h.

D. Ángel Jesús En turno de 00:00 a 06:00 h., nombrado servicio mínimo entre las 00:00 y las 04:00 h.

D. Norberto En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este periodo)

D. Gabriel En turno de 14:00 a 22:00 h., (no afectado por la huelga en este

periodo)

D. Alexander Descanso diario (no afectado por la huelga)

Los trabajadores realizaron los servicios mínimos serigrafiados para cada uno de ellos y no tuvieron descuento alguno de salarios.

Los demandantes son afiliados del sindicato que promovió la huelga. No consta manifestación alguna de los mismos respecto a secundar los paros. Por los mismos se presentó la presente demanda en septiembre de 2016.

Las circunstancias profesionales de los demandantes fijadas en el hecho primero de la demandan no han sido discutidas.

CUARTO.- En el organigrama del Ministerio de Fomento se constata que dependiente del Ministro se adscribe la Secretaria de Estado, infraestructuras, transporte y vivienda, bajo ella la Secretaria General del Transporte, estando la empresa ADIF integrada como ente publico empresarial dentro del citado organigrama.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

Que con desestimación de las excepciones de caducidad planteada por las demandadas y de falta de legitimación pasiva planteada por el Ministerio de Fomento debo ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Serafin, Armando, Alexander, Leandro, Luis Angel, Romeo, Rafaela

, Ángel Jesús, Norberto, Victoriano, Juan María, Martin y Sandra contra ADIF ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS y MINISTERIO DE FOMENTO SECRETARIA DE ESTADO DE TRANSPORTES. SECRETARIA GENERAL DE TRANSPORTES.DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE T ERRESTRE, CONDENANDO SOLIDARIAMENTE a ambos demandados a abonar a los trabajadores los siguientes importes:

D. Leandro .- 103,04.

D. Martin .- 64,42 euros

D. Romeo .- 63,52 euros

D. Serafin .- 66,58 euros

D Sandra .-668,5 euros

D. Victoriano .-33,30 euros

...

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