STSJ Galicia 162/2009, 20 de Enero de 2009

PonenteRICARDO PEDRO RON LATAS
ECLIES:TSJGAL:2009:2523
Número de Recurso5130/2008
Número de Resolución162/2009
Fecha de Resolución20 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0005130 /2008 interpuesto por Primitivo contra la sentencia del JDO.

DE LO SOCIAL nº 001 de SANTIAGO DE COMPOSTELA siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. RICARDO PEDRO RON LATAS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Primitivo en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado TRAGSEGA, GRUPO TRAGSA. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000397 /2008 sentencia con fecha seis de Agosto de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El día 24 de mayo de 1977, se constituyo la entidad Empresa de Transformación Agraria S.A. (TRAGSA), cuyo objeto es: a) La realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, forestales, de desarrollo rural, de conservación y protección del medio natural y medioambiental, de agricultura y pesca, y de conservación de la naturaleza, así como para el uso y gestión de recursos naturales; b) la elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de consultoría y de asistencia técnica y formativa en materia agraria, forestal, de desarrollo rural, protección y mejora del medio ambiente, de acuicultura y pesca y de conservación de la naturaleza, así como para el usoy gestión de los recursos naturales; c) La actividad agrícola, ganadera, forestal y de acuicultura y la comercialización de sus productos, la administración y la gestión de fincas, montes, centros agrarios, forestales, medioambientales o de conservación de la naturaleza, así como de espacios y de recursos naturales; d) La promoción, desarrollo y adaptación de nuevas técnicas, equipos y sistemas de carácter agrario, forestal, medioambiental, de acuicultura y pesca, de protección de la naturaleza y para el uso sostenible de sus recursos; e) La fabricación y comercialización de bienes muebles del mismo carácter; f) La prevención y lucha contra las plagas y enfermedades vegetales y animales y contra los incendios forestales, así como la realización de obras y tareas de apoyo técnico de carácter urgente o de emergencia; g) La financiación de la construcción o de la explotación de infraestructuras agrarias, medio ambientales y de equipamientos de núcleos rurales, así como la constitución de sociedades y la participación en otras ya constituidas, que tengan fines relacionados con el objeto social de la empresa; h) La realización a instancia de terceros de actuaciones, trabajos, asistencias técnicas, consultorías y prestación de servicios en los ámbitos rural, agrario, forestal y medioambiental, dentro o fuera del territorio nacional, directamente o a través de sus filiales./

SEGUNDO

La codemandada Empresa de Sanidad Animal y Servicios Ganaderos S.A. fue constituida a medio de escritura de fecha 20 de diciembre de 2001 que asume dentro del ámbito social de TRAGSA las actividades relacionadas con la ganadería. Dicha empresa constituye una filiar de TRAGSA y dentro de su grupo de empresas./TERCERO.- El día 1 de junio de 2001, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria de la Xunta de Galicia, dictó acuerdo ordenando a TRAGSA la realización de asistencia técnica para acreditación de la aptitud sanitaria de los animarles para el movimiento pecuario y el sacrificio, y fijando un plazo de ejecución de la obra hasta el 31 de diciembre de 2001, y por acuerdos de 18 de diciembre de de 2001 la misma autoridad dictó acuerdo ordenando a TRAGSA la realización de 1 servicio de desarrollo de un sistema de información geográfico de actividades productivas ganaderas y de desinfección del centro de intermediación, almacenamiento y toma de muestras de cadáveres de rumiantes (CETRAMER) con el mismo plazo de ejecución de dichas obras. El día 2 de noviembre de 2001 se firmó contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo por obra o servicio determinado, consistente en Asistencia técnica acreditación sanitaria Pontevedra anualidad 2001, entre TRAGSA y el actor D. Primitivo , en virtud del cual, éste fue contratado con la categoría profesional de Operador Central Avisos Ganaderos, que finalizó el 31 de diciembre de 2001, según comunicación dirigida al interesado con fecha 16 de diciembre de 2001 Y un salario según convenio./CUARTO.- El día 19 de diciembre de 2001, el Consejero de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de Galicia dictó acuerdo ordenando a TRAGSA, la realización de asistencia técnica para el servicio de organización de la recogida de animales muertos en la explotación, transporte y eliminación con un plazo de ejecución del servicio hasta el 31 de diciembre de 2002. El día 2 de enero de 2002 se firmó contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo por obra o servicio determinado, consistente en Asistencia técnica acreditación sanitaria Pontevedra anualidad 2002, entre TRAGSA y el actor D. Primitivo , en virtud del cual, éste fue contratado con la categoría profesional de Operador Central Avisos Ganaderos, que finalizó el 31 de diciembre de 2002, según comunicación dirigida al interesado con fecha 16 de diciembre de 2002 y un salario según convenio. QUINTO.- El día 19 de diciembre de 2001, el Consejero de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de Galicia dictó acuerdo ordenando a TRAGSA, la realización de asistencia técnica para el servicio de organización ejecución, y supervisión de la recogida de animales muertos en explotaciones, su transporte, así como la eliminación o puesta a disposición para la eliminación de los mismos con un plazo de ejecución del servicio hasta el 31 de diciembre de 2003 . El día 2 de enero de 2003 se firmó contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo por obra o servicio determinado, consistente en Asistencia técnica centro de información agro gallego anualidad 2003, entre TRAGSA y el actor D. Primitivo , en virtud del cual, éste fue contratado con la categoría profesional de Operador Central Avisos Ganaderos, que finalizó el 31 de diciembre de 2003, según comunicación dirigida al interesado con fecha 16 de diciembre de 2003 y un salario según convenio./SEXTO.- El día 19 de setiembre de 2003 el Consejero de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de de Galicia, dictó acuerdo ordenando a TRAGSA la realización del servicio de organización, ejecución y supervisión de la recogida de animales muertos en explotación y su transporte así como eliminación o puesta a disposición para su eliminación, y fijando un plazo de ejecución de la obra hasta el 31 de diciembre de 2004 . El día 2 de enero de 2004 se firmó contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo por obra o servicio determinado, consistente en Asistencia técnica CIAG anualidad 2004, entre TRAGSA y el actor D. Primitivo , en virtud del cual, éste fue contratado con la categoría profesional de Operador Central A visos Ganaderos, que finalizó el 31 de diciembre de 2004, según comunicación dirigida al interesado con fecha 16 de diciembre de 2004 y un salario según convenio./SÉPTIMO.- El día 14 de setiembre de 2004 el Consejero de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Xunta de de Galicia, dictó sendos acuerdos ordenando a TRAGSA la realización del servicio de organización, ejecución y supervisión de la recogida de animales muertos en explotación y su transporte así como eliminación o puesta a disposición para su eliminación, y fijando un plazo de ejecución de la obra hasta el 31 de diciembre de 2005 . El día 2 de enero de 2005 se firmó contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo por obra o servicio determinado, consistente en Asistencia técnica CIAG anualidad 2005, entre TRAGSA y el actor D. Primitivo , en virtud del cual, éste fuecontratado con la categoría profesional de Operador Central Avisos Ganaderos, que finalizó el 31 de diciembre de 2005, según comunicación dirigida al interesado con fecha 16 de diciembre de 2005 y un salario según convenio./OCTAVO.- El día 12 de agosto de 2005 el Consejero de Medio Rural de la Xunta de de Galicia, dictó acuerdo ordenando a TRAGSEGA la realización del servicio para control del movimiento pecuario, y fijando un plazo de ejecución de la obra hasta el 31 de diciembre de 2006. El día 2 de enero de 2006 se firmó contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo por obra o servicio determinado, consistente en Asistencia técnica del movimiento pecuario en Galicia anualidad 2006, entre TRAGSEGA y el actor D. Primitivo , en virtud del cual, éste fue contratado con la categoría profesional de Auxiliar Administrativo, que finalizó el 31 de diciembre de 2006, según comunicación dirigida al interesado con fecha 16 de diciembre de 2006 y un salario según convenio./NOVENO.- El día 12 de agosto de 2005 el Consejero de Medio Rural de la Xunta de de Galicia, dictó acuerdo ordenando a TRAGSEGA la realización del servicio para control del movimiento pecuario, y fijando un plazo de ejecución de la obra hasta el 31 de diciembre de 2007. El día 2 de enero de 2007 se firmó contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo por obra o servicio determinado, consistente en Asistencia técnica del movimiento pecuario en Galicia anualidad 2007, entre TRAGSEGA y el actor D. Primitivo , en virtud del cual, éste fue contratado con la categoría profesional de . Auxiliar Administrativo, y un salario según convenio./DÉCIMO.- El día 12 de agosto de 2005 el Consejero de Medio Rural de la Xunta de de Galicia, dictó acuerdo ordenando a TRAGSEGA la realización del servicio para control del movimiento pecuario, y fijando un plazo de ejecución de la obra hasta...

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