STSJ Galicia 4876/2016, 29 de Julio de 2016

PonenteRAQUEL MARIA NAVEIRO SANTOS
ECLIES:TSJGAL:2016:6370
Número de Recurso5111/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4876/2016
Fecha de Resolución29 de Julio de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

-PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 32054 44 4 2015 0001444

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0005111 /2015 CRG -AProcedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000349 /2015

Sobre: ACCIDENTE

RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL, SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

RECURRIDO/S D/ña: MUTUA MIDAT CYCLOPS, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO FRATERNIDAD-MUPRESPA, FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº 61, CASTRELOS ELABORACION SL, Estanislao

ABOGADO/A: WILSON DOMINGO JONES ROMERO, WILSON DOMINGO JONES ROMERO, OCTAVIO IGNACIO ARENILLAS LARA,,

PROCURADOR:,,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,,

ILMO SR. D. JOSE FERNANDO LOUSADA AROCHENA

ILMA SRA. Dª ISABEL OLMOS PARÉS

ILMA SRA. Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a veintinueve de Julio de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0005111/2015, formalizado por la Letrada de la Administración de la Seguridad Social, en nombre y representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y de la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 412/2015 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000349/2015, seguidos a instancia de FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº 61 frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA MIDAT CYCLOPS, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO FRATERNIDAD-MUPRESPA, CASTRELOS ELABORACION SL y D. Estanislao, siendo Magistrado- Ponente la Ilma. Sra. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

FREMAP, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Nº 61 presentó demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA MIDAT CYCLOPS, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO FRATERNIDAD-MUPRESPA, CASTRELOS ELABORACION SL y el trabajador

D. Estanislao, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 412/2015, de fecha diecisiete de Julio de dos mil quince .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: PRIMERO.- El trabajador codemandado D. Estanislao, figura afiliado a la S.S. con el n° NUM000, encuadrado en el Régimen General.//SEGUNDO.- El citado trabajador acredita un total de 11079 días cotizados a la S.S. estando desde Abril de 1981, en la actividad laboral del sector de la pizarra.

Durante el periodo 1-1-2008 al 31-12-2013 prestó servicios para la empresa PIZARRAS CASTRELO S.A. Dicha empresa tuvo concertada la cobertura de las contingencias profesionales con la demandada MUTUA MIDAT CYCLOS, en un total de 1217 días desde el 1-1-2008 y el 30-4-2012; y con la demandada MUTUA LA FRATERNIDAD un total de 610 d.as, desde el 1-5-2012 al 31-12-2013.

Desde el 1-1-2014 al 5-3-2015, trabajó para la empresa Canteras Fernandez S.L. y la demandada CASTRELOS ELABORACION S.L. las cuales tuvieron contratadas las contingencias profesionales con la demandante MUTUA FREMAP.//TERCERO.-Instruido expediente de invalidez se dictó Resolución por la D.P. del INSS el 26-2-2015 por la cual se declara al trabajador codemandado afecto de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, derivada de enfermedad profesional de silicosis por padecer las siguientes lesiones:

-SILICOSIS Y EPOC. SILICOSIS DE 2° GRADO

El INSS declara responsable del 100% de la prestación indicada a la demandante MUTUA FREMAP.

En fecha 22-4-2015, se interpuso Reclamación Previa.//CUARTO.- Se agotó la vía previa administrativa.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: Que estimando la demanda en su pretensión subsidiaria la demanda interpuesta por MUTUA FREMAP contra el INSS, TGSS, MUTUA MIDAT CYCLOPS y MUTUA LA FRATERNIAD MUPRESPA, la empresa CASTRELOS ELABORACION S.L. y el trabajador D. Estanislao debo declarar y declaro el reparto proporcional de responsabilidad en el abono de la prestación de incapacidad permanente total reconocida al trabajador demandado, entre las Entidades aseguradoras, INSS, TGSS, MUTUA FREMAP, MUTUA MIDAT CYCLOPS y MUTUA LA FRATERNIDAD MUPRESPA en atención al tiempo de aseguramiento respectivo de cada una de ellas, debiendo responder el INSS, TGSS del 79,31%, la MUTUA MIDAT CYCLOPS del 11,15%, la MUTUA LA FRATERNIDAD de 5,59% y la demandante MUTUA FREMAP del 3,95% y, en consecuencia condeno a las citadas aseguradoras a abonar la prestación indicada en el porcentaje que corresponda a cada una de ellas en atención al tiempo de aseguramiento en los porcentajes indicados.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social,...

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