STSJ Galicia 6795/2015, 9 de Diciembre de 2015

PonenteRAQUEL MARIA NAVEIRO SANTOS
ECLIES:TSJGAL:2015:9448
Número de Recurso4988/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución6795/2015
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 36038 44 4 2014 0001296 402250 SECRETARÍA: SRA. FREIRE CORZO

RSU RECURSO SUPLICACION 0004988 /2014BB

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000330 /2014

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Ovidio

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMA. SRA. Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZILMO. SR. D. EMILIO FERNÁNDEZ DE MATA

ILMA. SRA. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a nueve de Diciembre de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 4988/2014, formalizado por Dª MÓNICA RODRÍGUEZ MOSQUERA, Letrada, en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de PONTEVEDRA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 330/2014, seguidos a instancia de Ovidio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª RAQUEL NAVEIRO SANTOS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Ovidio presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintiséis de Septiembre de dos mil catorce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: "PRIMERO.- Don Ovidio con D.N.I. NUM000, nacido el día NUM001 de 1964 y afiliado a la Seguridad Social, Régimen General con el número de afiliación NUM002 ha tenido como actividad la de albañil. A petición del demandante se inició expediente para la declaración en su caso de invalidez permanente, declarándose por resolución de fecha 22 de octubre de 2012 en situación de invalidez permanente absoluta para su profesión habitual con una base reguladora de 866,67# y por padecer las siguientes dolencias: ANTECEDENTES: Coeficiente intelectual limite (preciso educación especial). Incorporado al mundo laboral como albañil hasta el 2010 (19 años cotizados). A tratamiento en la U.S.M. de Mollabao desde el día 7 de septiembre de 2011 por presentar sintomatología psicótica de años de evolución con delirio de perjuicio, interpretaciones delirantes, sin alteraciones sensoperceptivas unido a un CI que impresiona como límite. Se ha iniciado tratamiento antisicótico, controlándose la conducta y agresividad y encapsulando el delirio. La enfermedad es crónica, precisando medicación de manera continuada y supervisión de terceras personas para asegurar la toma de tratamiento, no estando capacitado para realizar actividad laboral reglada. EXPLORACIÓN: Consciente, orientado en persona, lugar con cierta dificultad en tiempo (1992). Lenguaje pobre, con momentos de disartria (ya recogidos en curso clínico U.S.M.) respuestas cortas, breves. Desconoce el motivo del reconocimiento, que su madre le explica cuando pasa a consulta. Actitud adecuada. Divorciado hace años, con una hija con la que apenas mantiene contacto. Vive en una parte de la casa materna, adaptada para su uso con cierta independencia. Aislamiento social, ideas de desconfianza, de perjuicio que reconoce parcialmente. No agresividad verbal ni física, precisando de supervisión de toma de medicación para evitar descompensaciones. Se refiere apagado, triste, no sale de casa, cuida a sus perros en la finca pero no los saca a pasear. Sueño conservado. No ingresos ni asistencias a urgencias.- SEGUNDO.- El I.N.S.S. inició expediente para la revisión de la situación de invalidez permanente, resolviendo en fecha 23 de enero de 2014 que el demandante en la actualidad no se encuentra afecto de ningún grado incapacidad permanente, presentando reclamación previa que fue desestimada en fecha 30 de abril de 2014. Las dolencias que presenta actualmente el demandante son las siguientes: Refiere encontrarse algo mejor. A veces se pone nervioso, duerme poco y a veces le duele la cabeza. Vive solo. Mejoría con la medicación pautada, duerme bien, come bien, no suspicacia en consultas. "Mejoré mi relación con los vecinos, ya no me miran mar. Ayuda en casa con los animales, conejos, perros. 16 de febrero de 2012: no emite ideas delirantes. 23 de marzo de 2012: la familia comenta que con la medicación ya no emite ideas delirantes. 11 de abril de 2012: Sin psicotismo, estable, no psicoticismo. 14 de junio de 2012: estable, sin psicoticismo. TAC: sin alteraciones morfológicas ni tomodensiotométricas intracraneales. 10 de enero de 2013: Estable. 15 de abril de 2013: estable, sin psicoticismo, mantengo tratamiento. 2 de octubre de 2013: en verano sin problemas conductuales ni psicoticismo. Informe U.S.M. ADULTOS 24 de octubre de 2013: diagnostico: trastorno de ideas delirantes persistentes. Paranoia. Aparato locomotor: marcha autónoma, sin claudicar ni apoyos. Flexión lumbar no dolorosa con DDS 0 cm. No datos de radiculopatia. Dice tener algunos amigos, alguno cazador y se lleva bien con ellos. Los domingos va a ver los partidos de fútbol al bar, es hincha del Barcelona. Niega ideaciones auto-heterolíticas. Dice tener buen apetito. Niega secundarismos de la medicación. No somnolencia, no síntomas extrapiramidales ni ortotatismo. Afecciones psíquicas: apariencia adecuada, consciente y orientado. Lenguaje coherente. Asegura vivir solo en una vivienda unifamiiar, cerca de la casa de sus padres. Refiere que realiza la...

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