STSJ Galicia 5961/2015, 11 de Noviembre de 2015

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2015:8438
Número de Recurso2489/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5961/2015
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SAL DO SOCIAL A CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 32054 44 4 2014 0000630

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002489 /2014 PM

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000169 /2014

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Gema

ABOGADO/A: ENRIQUE JAR VARELA

PROCURADOR: JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Ilmo. Sr. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE DE LA SALA

ILMO/AS. SR/AS.

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a once de Noviembre de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 2489/2014, formalizado por Gema, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de OURENSE en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 169/2014, seguidos a instancia de Gema frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Gema presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha uno de Abril de dos mil catorce .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La actora Dª. Gema nacida el NUM000 -1961 figura afiliada a la Seguridad Social, Régimen General, con el número NUM001 con la categoría profesional de dependienta y una base reguladora de 548,14 euros mensuales.

SEGUNDO

Por Resolución del INSS de fecha 24-11-2005 se le concedió a la actora una incapacidad permanente en grado de total para su profesión habitual con derecho a percibir la prestación correspondiente y por padecer las siguientes dolencias: Artritis reumatoide. TERCERO.- La actora solicitó revisión de invalidez emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 17-12-2013, dictándose Resolución por el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 22-1-2014 por la que se denegó su petición al considerar que no existe agravación de sus lesiones. CUARTO.- En la actualidad la actora padece las siguientes dolencias: Artritis reumatoide. Gonartrosis incipiente. QUINTO.- Interpuesta reclamación previa el 29-1-2014 es desestimada por Acuerdo de fecha 7-2-2014 y agotada la vía administrativa previa, formuló demanda ante el Decanato el 242-2014.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por Gema contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por la parte actora.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la trabajadora la desestimación de su demanda en reclamación de IPA por agravación, instando -por el cauce del artículo 193.b) LJS- la modificación del relato histórico, y denunciando -vía artículo 193.c) LJS- la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .

SEGUNDO

No acogemos la revisión fáctica, porque no se propone en debida forma, al hacer referencia a múltiples informes médicos y en absoluto relacionar cada dolencia descrita con el correspondiente documento que lo...

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