STSJ Canarias 426/2014, 11 de Junio de 2014

PonenteMARIA CARMEN GARCIA MARRERO
ECLIES:TSJICAN:2014:2786
Número de Recurso641/2013
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución426/2014
Fecha de Resolución11 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife, a 11 de junio de 2014.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA, D./Dña. ANTONIO DORESTE ARMAS y D./Dña. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000641/2013, interpuesto por D. Guillermo, Marí Luz y Amalia

, frente a Sentencia 000143/2013 del Juzgado de lo Social Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife los Autos Nº 0000075/2013-00 en reclamación de Conflicto Colectivo siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Guillermo, Marí Luz y Amalia, en reclamación de Otros derechos laborales colectivos siendo demandado/a WELCOME INCOMING SERVICES S.L. y celebrado juicio y dictada Sentencia desestimatoria, el día 25 de marzo de 2013, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

"Welcome Incoming Services, Sociedad Limitada" está integrada en el grupo mercantil "Globalia", habiendo sido creada en 2010 para ofrecer servicios integrales de agencia de viajes en destino (a pasajeros, turistas, otras agencias de viajes o touroperadores), como atención al cliente, excursiones, etc...

SEGUNDO

"Welcome Incoming Services, Sociedad Limitada" tenía, a principios de enero de 2013, un total de 131 trabajadores en alta, 31 de ellos en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, de los cuales 10 prestaban servicios en una sucursal de la demandada en Playa las Américas (Arona) y 21 en la sucursal de la demandada el Puerto de la Cruz.

TERCERO

El 26 de diciembre de 2012 "Welcome Incoming Services, Sociedad Limitada" notificó a los trabajadores del centro de trabajo de Puerto de la Cruz la apertura, al día siguiente, del periodo de consultas relativo al traslado colectivo del centro de trabajo de Puerto de la Cruz a Adeje (se indicaba que el nuevo centro de trabajo se ubicaría en los bajos del Hotel La Niña), convocando para ello a tres representantes o comisión negociadora elegida para representar a los trabajadores para una primera reunión el 27 de diciembre de 2012 a las 10 horas. En la citada comunicación se indicaba que el motivo del traslado eran causas productivas y organizativas, aportando datos referentes a la llegada de pasajeros a Tenerife Norte y Tenerife Sur, y al volumen de ventas en esas dos zonas, y alegando resumidamente que el objetivo era unificar los centros de trabajo y mejorar la productividad centralizando los servicios en la zona donde había mayor número de turistas. Con la comunicación se indicaba que se ponían a disposición de los trabajadores, en las oficinas de la empresa, las cuentas desde 2009 hasta octubre de 2012, las provisionales a noviembre de 2012, las cuentas anuales del grupo Globalia de esos mismos periodos y listado de los trabajadores de la demandada en Puerto de la Cruz.

CUARTO

El 26 de diciembre de 2012 un total de quince trabajadores de la demandada de la plantilla del centro de Puerto de la Cruz acordaron designar a D. Guillermo, Dª. Marí Luz y Dª. Elisenda como integrantes de la comisión negociadora.

QUINTO

El 27 de diciembre de 2012 se celebró la primera reunión del periodo de consultas, en la que la empresa expuso los motivos del traslado y propuso como medidas compensatorias el pago de la mudanza hasta 500 euros, la compensación por combustible hasta 200 euros mensuales, proveer transporte colectivo y plazas de aparcamiento y que el horario sería de 9 a 18 con una hora para almorzar. La comisión de trabajadores preguntaron entre otros extremos en relación con las compensaciones de gastos y si los mismos se pagarían en nómina (la empresa indicó que no, sino que se pagarían aparte previa presentación de factura), así como si quedaría operativo el centro de trabajo de Tenerife Norte (se indicó que solamente quedaría una oficina de ventas para los guías).

SEXTO

El 28 de diciembre de 2012 la demandada presentó ante la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo del Gobierno de Canarias comunicación de inicio del periodo de consultas conforme a lo establecido en el artículo 41.2 del Estatuto de los Trabajadores .

SÉPTIMO

En la segunda reunión, el 2 de enero de 2013, se dio cuenta de la renuncia de Dª. Elisenda como integrante de la comisión negociadora y su sustitución por Dª. Amalia ; se acordó aplazar la reunión al día 4 de enero y se planteó si se podían utilizar horas de trabajo para realizar consultas externas (la empresa dijo que lo consultaría con recursos humanos). También se indicó que afectaría a los trabajadores con jornadas reducidas y que los horarios previstos irían de 9-9,30 a 18-18,30.

OCTAVO

En una tercera reunión el 4 de enero de 2013 por la empresa se dijo que pediría a la central de la empresa toda una serie de documentos solicitados en un burofax de 4 de enero de 2013 (cuentas anuales consolidadas desde 2008, desglose de turistas remitidos por los diferentes touroperadores para los que se presta servicios, partes de trabajo y cuadrante de guardias realizadas por los trabajadores, vida laboral de la cuenta de cotización, concretar el por qué de dicha movilidad e informe económico de viabilidad del grupo de empresas), y que en la siguiente reunión vendría una asesora de la comisión negociadora.

NOVENO

En la cuarta reunión, el 9 de enero de 2013, la empresa entregó a la comisión negociadora la documentación interesada salvo las cuentas de 2008 y las de 2012 y el informe de viabilidad; la comisión solicitó un desglose de los gastos y ahorro que suponía la movilidad. La empresa indicó que tenía que reorganizar el receptivo para captar más clientes ante el descenso de los que aportaba "Travelplan" el cual era el único touroperador con el que trabajaba, y que aunque la producción económica por turista en la zona norte era mayor, al haber mayor número de hoteles en el sur necesitaba más presencia en esa zona. También se discutió sobre las compensaciones en caso de optarse por la extinción de los contratos, y las indemnizaciones por traslado. Al final de la reunión se dio por cerrado el periodo de consultas sin acuerdo.

DÉCIMO

El día 11 de enero de 2013 la empresa comunicó a los trabajadores del centro de Trabajo de Puerto de la Cruz lo siguiente:

"Por medio de la presente escrito, la Compañía WELCOME INCOMING SERVICES, S.L.U., en adelante la Empresa, le comunica que con fecha de ayer día 10 de enero de 2013, concluyó el periodo de consultas iniciado en fecha 27 de diciembre de 2012 con la comisión designada ad hoc de tres miembros, con el resultado de "sin acuerdo" tras la celebración de las reuniones de negociación mantenidas los días 27 de diciembre de 2012, 2 de enero de 2013, 4 de enero de 2013 y 9 de enero de 2013.

En consecuencia, la Empresa le comunica, por medio de la presente su decisión de proceder al traslado colectivo por lo que, con efectos del día 11 de febrero de 2013 dejará Usted de prestar servicios en el centro de trabajo que la empresa tienen en Puerto de la Cruz (Avda. Familia Betancourt y Molina, 3) y comenzará usted a prestar sus servicios en el centro de trabajo de Adeje, sito en la Avda. de España, Paseo Peatonal, Bajos Hotel La Niña.

Los motivos de este traslado desde el centro de trabajo de Puerto de la Cruz a Adeje, obedecen a las causas productivas y organizativas que se señalan a continuación, al haber experimentado la Empresa un descenso significativo en el volumen de pasajeros que llegan a Tenerife y haber disminuido su producción durante los tres últimos años. Así, en concreto el número de trabajadores llegados a Tenerife Norte y a Tenerife Sur durante los tres últimos ejercicios económicos ha sido la siguiente:

(.) como puede observarse de los datos anteriores, la caída del número de pasajeros llegados a Tenerife se ha mantenido constante durante los 3 últimos ejercicios económicos, tanto en Tenerife Norte como en Tenerife Sur, habiéndose pasado de recibir un total de 131.770 pasajeros en el ejercicio fiscal 2010, a 115.240 pasajeros en 2011 y 93.074 en 2012, es decir, el descenso total acumulado ha alcanzado el 30% en los 3 últimos ejercicios.

Este descenso en el número de pasajeros es superior en Tenerife Norte que en Tenerife Sur. Así en Tenerife Norte se ha pasado de recibir 60.142 pasajeros en 2010 a 40.965 pasajeros en 2012, lo que supone un descenso del 32%. En Tenerife Sur se ha pasado de recibir 71.628 pasajeros en 2010 a 52.109 en 2012, lo que supone un descenso del 27%, es decir, inferior al experimentado en Tenerife Norte.

Estos datos generales referentes al volumen de pasajeros que llegan a Tenerife tiene su reflejo y efecto directo en la producción de nuestra empresa, que se ha visto afectada negativamente de tal forma que el descenso en la producción ha sido una constante en los 3 últimos ejercicios económicos.

Los datos sobre la producción tanto de Tenerife Norte como de Tenerife Sur, comparados por ejercicios económicos, son los siguientes:

(.) conforme a los datos anteriormente expuestos, la caída de producción de Tenerife Norte fue el -8,40% en el año 2011 en comparación con el 2010 y del -29,70% en el año 2012 en comparación con el 2011. En Tenerife Sur el descenso de producción fue el -12,18% en el año 2011 en comparación con el 2010 y del -34,690% en el año 2012 en comparación con el 2011....

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