STSJ Castilla y León , 22 de Octubre de 2014

PonenteJUAN JOSE CASAS NOMBELA
ECLIES:TSJCL:2014:4490
Número de Recurso1162/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01458/2014

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 24089 44 4 2013 0003210

N08150

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001162 /2014 C.N.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001055 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de LEON

Recurrente/s: MIGUELEZ S.L. Y GRUPO MIGUELEZ S.L.

Abogado/a: MARIO DIEZ-ORDÁS BERCIANO

Procurador/a: CESAR ALONSO ZAMORANO

Graduado/a Social:

Recurrido/s: FOGASA FOGASA, David

Abogado/a:, JESUS MIGUELEZ LOPEZ

Procurador/a:, MARIA AURORA PALOMERA RUIZ

Graduado/a Social:,

Rec. núm. 1162/14

Ilmos. Sres.

D. Gabriel Coullaut Ariño

Presidente de la Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Juan José Casas Nombela/

En Valladolid a veintidós de octubre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1162 de 2014 interpuesto por MIGUELEZ, S.L., y GRUPO MIGUELEZ, S.L., contra sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de León de fecha 4 de febrero de 2014 (autos 1055/13), dictad en virtud de demanda promovida por D. David contra referida recurrente y contra el FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre DESPIDO ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José Casas Nombela.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3 de septiembre de 2013 se presentó en el Juzgado de lo Social número Dos de León demanda formulada por el actor, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

PRIMERO

El demandante viene prestando servicios para la demandada MIGUELEZ, S.L., desde el día seis de febrero de mil novecientos ochenta y siete, con la categoría profesional de Oficial de Primera de mantenimiento, percibiendo una retribución salarial de 2.111,58 euros brutos mensuales una vez incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

Con fecha veinticinco de julio de dos mil trece la empresa remite una carta de despido de fecha de efectos del día diez de agosto mediante la que pone fin a la relación laboral que unía a las partes por circunstancias económicas, organizativas y de producción. Su contenido se da por reproducido sin perjuicio de copiar posteriormente partes de la misma al objeto de entrar en el análisis de las causas que allí se exponen.

Se ponía a disposición de la trabajadora, de forma simultánea a la entrega de la comunicación escrita, la cantidad de 25.341 euros en concepto de indemnización por despido.

TERCERO

El actor no ostenta ni ha ostentado en el último año la condición de representante de los trabajadores.

CUARTO

La empresa GRUPO MIGUÉLEZ, S.L., ostenta el 100% de la participaciones sociales de la empresa MIGUELEZ, S.L.

GRUPO MIGUELEZ, S.L., deriva de una escisión social de MIGUÉLEZ, S.L., acordada en Junta General de dicha empresa celebrada el día treinta de junio de dos mil cinco.

La sociedad GRUPO MIGUÉLEZ, S.L., se haya participada al 50% por las sociedades EMEPE 21, S.L. y VALDEITA 62002, S.L.

En noviembre de dos mil cinco eran socios de la empresa EMEPE 21, S.L., las siguientes personas físicas: Jeronimo (ya fallecido), Constanza, Lucio, Maximiliano, Encarnacion y Fátima .

A la misma fecha los socios de la empresa VALDEITA 62002, S.L., eran Pio, Inocencia, Rosendo, e Lucía .

Estas dos empresas son administradoras solidarias de GRUPO MIGUELEZ, S.L., siendo los representantes de ambas Maximiliano y Rosendo respectivamente. A su vez son apoderadas de esta empresa Encarnacion y Lucio .

Idéntica administración tiene la empresa MIGUÉLEZ, S.L., coincidiendo sus apoderados en las personas de Encarnacion y Lucio, a los que se suman Rosendo, Sara y Pio .

QUINTO

El objeto social de la empresa GRUPO MIGUÉLEZ, S.L. es el siguiente:

  1. La compraventa, arrendamiento y gravamen sobre bienes de naturaleza inmueble, así como la construcción y promoción de toda clase de edificaciones.

  2. La prestación de servicios de asesoramiento y gestión administrativa, financiera y contable a sociedades y particulares.

  3. La inversión de recursos en la promoción, desarrollo y financiación de empresas y sociedades comerciales. d) La participación en otras sociedades productivas, con la finalidad de dirigir y gestionar dichas participaciones y actividades de las mismas, mediante la suscripción de acciones o participaciones en la constitución, aumentos de capital social o la adquisición de ellas por cualquier título.

De las seis operaciones con terceros por importes superiores a 3.000 euros que tuvo esta empresa en el año dos mil doce, cinco fueron con empresas de su grupo mercantil, concretamente:

- VALDEITA 62002, S.L.: 344.750 euros de adquisiciones de servicios (gastos).

- EMEPE, 21, S.L.: ...... 344.750 euros de adquisiciones de servicios (gastos).

- MIGUELEZ, S.L.: 1.774.808,23 euros de prestación de servicios (ingresos).

- LUJO ESPAÑA, S.L.: 12.548,41 euros de prestación de servicios (ingresos).

- MIGUELEZ CANARIAS, S.L.: 59.435,47 euros de prestación de servicios (ingresos).

En el activo de esta empresa figuran 26.131.790,75 euros como inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo, y 5.679.522,60 euros en inversiones a corto plazo. En la partida "otros deudores" figuran 593.734,57 euros, mientras que las partidas dedicadas "Clientes por ventas y prestaciones de servicios a largo plazo", "clientes por ventas y prestaciones de servicios a corto plazo", están en blanco. En el año dos mil once, con otras cifras, los activos de la empresa procedían de los mismos sitios.

El pasivo corriente asciende a 566.001,01 euros, que viene constituido por dos únicas partidas "deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo" por importe de 361.501,66 euros y "otros acreedores" por importe de 204.499,35 euros, figurando en blanco las partidas de proveedores tanto a corto como a largo plazo.

Las cuentas consolidadas del GRUPO MIGUELEZ, del que GRUPO MIGUÉLEZ, S.L., es la dominante agrupa a las siguientes empresas: MIGUELEZ, S.L.U., LUJO ESPAÑA, S.L., TREIN, S.A., MIGUELEZ CANARIAS, S.L.U., MIGUELEZ CONDUCTORES Lda, MIGUELEZ CHILE, Ltda., MIGUELEZ PANAMÁ, SRL, MIGUELEZ ANDINA, S.R.L y MIGUELEZ USA INC.

SEXTO

El objeto social de MIGUELEZ, S.L. es el siguiente:

  1. Fabricación y venta de cables, conductores eléctricos y sus accesorios.

  2. Fabricación y venta de mobiliario metálico.

  3. Fabricación y venta de todo tipo de accesorios para vehículos automóviles.

  4. Fabricación y venta de vestuario laboral.

  5. Comercialización de electrodomésticos, artículos de regalo, menaje, vajillas y muebles de cocina.

  6. Compraventa, arrendamiento y gravamen sobre bienes de naturaleza inmueble.

Para el ejercicio dos mil doce, en el activo corriente de MIGUELEZ, S.L. figuran inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo por importe de 731.000 euros. En su pasivo corriente existen deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo por importe de 3.181.000 euros, esta deuda vencería en el año dos mil trece. De los préstamos y partidas a cobrar, el total son 42.893.000 euros de los 15.239.000 pertenecen a empresas del grupo.

SÉPTIMO

La empresa MIGUELEZ, S.L. contaba con 401 trabajadores en tres líneas de producción: fabricación y venta de cobre, que contaba con 245 trabajadores, metálicos con 17 trabajadores, y textil o confección con 10 trabajadores. El resto hasta alcanzar la totalidad pertenecían a servicios comunes, jubilados parciales o delegaciones.

Las ventas de la sección de cable supusieron en el año dos mil doce el 99,05% del total de las de la empresa, mientras la sección de elementos metálicos supuso un 0,65% y la confección un 0,3%.

Las ventas de cable de cobre para el ejercicio dos mil diez supusieron 140.984.000 euros, en el dos mil once 137.277.000 euros, en el dos mil doce 160.925.000 euros y en los seis primeros meses del año dos mil trece 49.945.000 euros.

OCTAVO

Desde el año dos mil nueve se han tramitado en la empresa cinco Expedientes de Regulación de Empleo de suspensión de contratos de trabajo el último de ellos, en que estaba incluido el trabajador afectaba a 243 trabajadores hasta el día 26 de diciembre de dos mil catorce. La suspensión de estos contratos le fue notificada a los representantes de los trabajadores, pero no al hoy actor.

NO VENO: Con fecha uno de diciembre de dos mil seis, Pio, actuando en como persona física designada por la empresa VALDEITA 62002, S.L., que actuaba como administradora de la empresa GRUPO MIGUELEZ, S.L., suscribió un contrato de "prestación de servicios y apoyo a la gestión", con, entre otras, la empresa MIGUELEZ, S.L., en nombre de la que actuaba la sociedad EMEPE 21, S.L., como su administradora solidaria, siendo la persona física que actuaba como administrador de EMEPE 21, S.L., Don Maximiliano .

En dicho contrato se pactaba que GRUPO MIGUELEZ, prestaría a MIGUELEZ servicios de gestión y administración. Se describían a modo enunciativo los mismos como dirección y apoyo en el área financiero administrativa, asesoramiento en la dirección general, organización y planificación de actividades, asesoramiento y asistencia en la dirección de personal, asesoramiento y asistencia en la gestión comercial y gestión fiscal.

DÉCIMO

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