STSJ Castilla y León 542/2007, 25 de Abril de 2007
Ponente | MANUEL MARIA BENITO LOPEZ |
ECLI | ES:TSJCL:2007:2849 |
Número de Recurso | 542/2007 |
Número de Resolución | 542/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el Recurso de Suplicación núm. 542/07 interpuesto por EULEN S.A contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Dos de Valladolid de fecha 23 de noviembre de 2006, recaída en autos nº 949/06, seguidos a virtud de demanda promovida por D. Romeo contra precitada mercantil, sobre DESPIDO, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.
Con fecha 2 de octubre de 2006, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Valladolid demanda formulada por D. Romeo en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda.
En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "PRIMERO.- Don Romeo ha prestado sus servicios por cuenta de la empresa demandada con una antigüedad de 13 de noviembre de 2002 mediante contrato por obra o servicio determinado cuyo objeto es la prestación de servicios en la Piscina Cubierta de Peñafiel hasta extinción del contrato mercantil. SEGUNDO.- La categoría asignada al actor es la de socorrista percibiendo un salario mensual de 909,15 euros, incluida la prorrata de pagas extraordinarias. TERCERO.- La empresa se dedica a la actividad de servicios y ocupa a más de 1000trabajadores. CUARTO.- El 7 de agosto de 2006 llegó tarde al trabajo. QUINTO.- El día 11 de agosto de 2006 acudió a trabajar oliendo a alcohol sin que fuera necesaria su sustitución y el 12 de agosto tuvo un accidente de coche siendo atendido en el Servicio de Urgencias del Centro de Salud de Peñafiel y debiendo ser reparado su vehículo, por ello llegó tarde al trabajo y al observar que estaba en mal estado fue sustituido. SEXTO.- El trabajador ha recibido carta de despido disciplinario el día 30 de agosto de 2006 imputándose los siguientes hechos: Desinterés por el trabajo encomendado e incumplimiento del horario haciendo referencia a unas amonestaciones del 21 de enero y 7 de agosto de 2006. Presentarme en estado de embriaguez el 20 y 21 de julio de 2005. Presentarme a trabajar los días 11 y 121 de agosto en pésimas condiciones para trabajar debiéndome relevarme en mi puesto", cuyo contenido obra al folio 5 que se da por reproducido. SEPTIMO.- Se intentó conciliación que resultó sin avenencia.".-Tercero.- Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por la empresa demandada, fue impugnado por el actor. Elevados los autos a esta Sala se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.
Contra la sentencia de instancia que estima la demanda y declara la improcedencia del despido del actor con las consecuencias legales inherentes, se alza la empresa...
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