SAP Baleares 136/2007, 4 de Abril de 2007
Ponente | MARIA ROSA RIGO ROSELLO |
ECLI | ES:APIB:2007:627 |
Número de Recurso | 85/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 136/2007 |
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº 136
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DON CARLOS GOMEZ MARTINEZ
MAGISTRADOS:
DOÑA MARIA ROSA RIGO ROSSELLÓ
DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS
En PALMA DE MALLORCA, a cuatro de Abril de dos mil siete.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio Verbal, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Manacor, bajo el número 19/04, entre partes, de una como actora-apelante Dª Isabel , representada por la Procuradora Dª Amelia Gili Crespo y asistida del Letrado Dª Magdalena Palmer, de otra, como demandado-apelado D. Aurelio no personado ante esta alzada.
ES PONENTE la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARIA ROSA RIGO ROSSELLÓ.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº dos de Manacor, se dictó sentencia en fecha 2 de octubre de 2006 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por D. Andrés Ferrer Capó, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Dª Isabel , contra D. Aurelio y debo absolver al mismo de las pretensiones formuladas en su contra, todo ello sin perjuicio del derecho que asiste a las partes de ejercitar las acciones que les correspondan sobre la propiedad o definitivo derecho a poseer la vivienda litigiosa en el procedimiento ordinario correspondiente, condenando asimismo a la demandante al pago de las costas causadas en el presente procedimiento".
Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte actora, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites por esta Sala se acordó el señalamiento para la votación y fallo el día 4 de abril de 2007 .
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución de instancia.
Doña Isabel interpuesto la demanda de juicio verbal de precario origen de los autos de que deriva el presente rollo, contra D. Aurelio , en solicitud de que se dicte sentencia por la que se condene al demandado a desalojar la vivienda sita en la URBANIZACIÓN000 nº NUM000 del Círculo Urbano I de URBANIZACIÓN000 , Manacor.
El demandado D. Aurelio se personó en autos y se opuso a las pretensiones articuladas en su contra en aquel escrito inicial, alegando que él y la Sra. Isabel eran pareja sentimental, que en el año 1996 necesitaban financiación, el Sr. Aurelio para pagar los gastos de una obra que llevaba a cabo en el solar de URBANIZACIÓN000 propiedad de sus padres, y la Sra. Isabel para financiar la compra de una vivienda de la C/ Arquitecto Bennasar de Palma. Que el Sr. Aurelio carecía de una nómina, por lo que se acordó titular el solar de URBANIZACIÓN000 a nombre de la demandante, que contaba con una nómina fija, y solicitar una hipoteca sobre el mismo, constituyendo la transmisión a favor de la Sra. Isabel un negocio simulado.
En fecha 2 de Octubre de 2006 recayó sentencia por la que se desestimaba íntegramente la demanda y se absolvía al demandado de sus pedimentos.
La expresada resolución constituye el objeto del presente recurso de apelación, al haber sido impugnada por la demandante Dª Isabel .
La jurisprudencia ha señalado que "en esencia consiste el precario en el uso o disfrute de una cosa ajena sin pagar renta o merced, ni ostentar título que legitime dicha posesión basada exclusivamente en la condescendencia o liberalidad del poseedor real (sentencias de 2-6 y 17-11-1961 y 6-4-1962, 30-10-1986 y 31-1-1995 ). Por consiguiente el ámbito discursivo en este tipo de procedimientos se reduce al examen del título invocado por el actor, a la identificación del objeto sobre que recae y al estudio de la situación del demandado como...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba