STSJ Murcia 861/2008, 16 de Octubre de 2008

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2008:1616
Número de Recurso797/2008
Número de Resolución861/2008
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Elvira , contra la sentencia número 0447/2007 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 26 de diciembre, dictada en proceso número 0671/2007, sobre alta médica, y entablado por doña Elvira frente a Mutua Ibermutuamur; Servicio Murciano de Salud; Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: La demandante Dª. Elvira , nacida el 15-08-1962, afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el n° NUM000 , y profesión habitual de propietaria de bar, en fecha 11-04-2006 causó baja médica por enfermedad común con el diagnóstico de "trastorno de somatización, hipoestesia y sensación de debilidad en hemicuerpo derecho", que le fue expedida por los servicios médicos del SERVICIO MURCIANO DE SALUD; el riesgo derivado de incapacidad temporal por enfermedad común lo cubre IBERMUTUAMUR. SEGUNDO: En fecha10-04-2007 agotó el plazo máximo de 12 meses previsto para la situación de incapacidad temporal. TERCERO: Sometida a reconocimiento médico, se emitió informe médico de evaluación de incapacidad temporal en fecha 2-05- 2007. CUARTO: El EVI el 8-05-2007 emitió informe propuesta de alta médica a los exclusivos efectos de la prestación económica por incapacidad temporal desde el 23-05-2007. QUINTO: La Dirección Provincial del INSS mediante resolución de fecha 11-05-2007 acordó emitir el alta médica con fecha 23-05-2007 a los exclusivos efectos de la prestación económica de incapacidad temporal. SEXTO: En fecha 10-10-2007 la demandante fue dada alta médica por mejoría. SÉPTIMO: En la fecha del alta médica que se impugna la actora presentaba:; síntomas distímicos de larga evolución; lumbalgia mecánica; RMN: polidiscopatía cervical, discopatía D10-D11 con osteofito asociado y discopatía L4-L5; RMN cerebral, normal; ECO de carótidas: sin alteraciones; ECO de ambos hombros (30-05-2006) : tendinosis bilateral del supraespinoso; tenosinovitis bicipital derecha leve no susceptible de cirugía; EMG piernas y brazos (1-06-2006): síndrome del túnel carpiano bilateral leve; realizó rehabilitación en Ibermutuamur; valorada por neurocirugía del SMS se desestima tratamiento quirúrgico; revisiones por reumatología; a la exploración: acude con una muleta que no necesita pues deambula con normalidad, se sitúa y levanta de cúbito sin dificultad; Lassegue negativo, ROT,s patelares y aquíleos:+ simétricos, flexo-extensión de la charnela lumbosacra conservada sin aquejar dolor; cuello: dinámica activa y pasiva conservada sin aquejar dolor; no se palpan contracturas; dinámica de ambos hombros activa conservada hasta 120 grados de anteversión y abducción sin aquejar dolor, retroversión hasta L1; realiza movimientos de hombros contra resistencia sin aquejar dolor; fuerza 5/5 en hombros y manos. OCTAVO: La base reguladora diaria asciende a 25 €, y mensual de 1.000 €. NOVENO: Se ha agotado la vía administrativa previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por Dª. Elvira frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERVICIO MURCIANO DE SALUD e IBERMUTUAMUR, y absuelvo a los mismos de la pretensión en su contra deducida".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Jesús Sánchez Moreno, en representación de la parte demandante, con impugnación de la Letrada doña María del Mar Calabria Pérez, en representación de la Mutua demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 26 de Diciembre del 2007, dictada por el Juzgado de lo social nº 4 de Murcia en los autos 447/07, desestimó la demanda deducida por Dña Elvira contra el INSS, el servicio Murciano de salud y la Mutua Ibermutuamur, impugnado la resolución de la Dirección Provincial del INSS, de fecha 11/5/2007, por la que se emitía alta a los exclusivos efectos de la prestación económica por IT, con efectos del 23 de mayo del 2007. En su demanda la actora, con carácter principal, solicitaba la anulación del alta, su derecho a que la situación de IT se prorrogara por seis meses y hasta que se produzca su curación o la situación de IT se extinga y, subsidiariamente, se la declarara afecta de incapacidad permanente.

Disconforme con la sentencia, la trabajadora demandante interpone recurso de suplicación, solicitando, de un lado la revisión de los hechos declarados probados (artículo 191.b de la LPL ) y, de otro, la revocación de la sentencia, para que se dicte otra estimatoria de su demanda, por la vulneración del artículo 128 de la LGSS , en relación con el artículo 1 del Rd 575/1997 (artículo 191.c de la LPL ).

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Al amparo del primer motivo del recurso, la actora pretende la revisión de los apartados sexto y séptimo de los hechos declarados probados, así como la adicción de dos nuevos apartados.

El apartado sexto refleja que la actora fue dada de alta el 10-10-07 por mejoría. Se pretende la ampliación de tal apartado para dejar constancia de que 2 a pesar del alta medica emitida el 10-4-07, el servicio publico sanitario continuó emitiendo partes de confirmación de la IT, hasta el alta medica emitida el 10-10-07 por agotamiento del plazo". La revisión que se solicita del apartado en cuestión no puede prosperar, en cuanto a la emisión de partes de confirmación de la baja, por cuanto que ello es inherente al hecho de que los servicios médicos...

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