STSJ Murcia 1127/2007, 27 de Septiembre de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2934
Número de Recurso997/2007
Número de Resolución1127/2007
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 01127/2007

ROLLO Nº: RSU 00997/2007

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

En la ciudad de Murcia, a veintisiete de Septiembre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados,

D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Daniel , contra la sentencia número 0185/2007 del Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, de fecha 7 de mayo, dictada en proceso número 0045/2007, sobre accidente de trabajo, y entablado por don Daniel frente a Marín Montejano SA; Mutua Ibermutuamur; Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor, nacido el 11/9/1969, venía prestando servicios para la empresa Marín Montejano S.A., con la categoría profesional de oficial 1° conductor de camión, cuando el 28-10-2005, sufrió un accidente de trabajo resultando con las lesiones siguientes: bursitis de codo. SEGUNDO: La citada empresa tiene cubiertos los riesgos profesionales con la Mutua Ibermutuamur. TERCERO: Sometido a reconocimiento medico, el 14/9/2006 se emitió informe medico de síntesis y el 18/9/2006 el Equipo de Valoración de Incapacidades elevó propuestade inexistencia de Incapacidad Permanente (lesiones permanentes no invalidantes indemnizables según baremo 73 izquierdo y 110). CUARTO: Derivadas del accidente de trabajo citado, el actor presenta las dolencias siguientes: limitación de la movilidad del codo izquierdo inferior al 50%; cicatrices posquirúrgicas. QUINTO: La base reguladora anual asciende a 15.448,70 euros. SEXTO: Se agotó la vía administrativa previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Daniel contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social; Tesorería General de la Seguridad Social; Ibermutuamur y la empresa Marín Montejano S.A. debo absolver y absuelvo a estos últimos de las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Ginés García Melgarejo, en representación de la parte demandante, con impugnación de la Letrada doña María Josefa Iborra Moreno, en representación de la Mutua demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 7 de mayo del 2007, dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Murcia en los autos 45/07 , desestimó la demanda deducida por D. Daniel contra la Mutua Ibermutuamur, el INSS, la TGSS y la empresa Marín Montejano SA, en reclamación de prestaciones por incapacidad permanente parcial, derivada de accidente de trabajo.

Disconforme con la sentencia, la actora interpone recurso de suplicación, solicitando, tanto la revisión de los hechos declarados probados (artículo 191.b de la Ley de Procedimiento Laboral , como, al amparo del artículo 191.c de la LPL , la revocación de la sentencia para que se dicte otra estimatoria de la demanda, por vulneración del artículo 137.3 de la LGSS .

La Mutua demandada se opone al recurso, habiéndolo impugnado.

FUNDAMENTO SEGUNDO.- Al Amparo del primer...

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