STSJ Murcia 1119/2007, 27 de Septiembre de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:2460
Número de Recurso1010/2007
Número de Resolución1119/2007
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por DOÑA Antonieta , contra la sentencia número 150/07 del Juzgado de lo Social número Seis de Murcia, de fecha 25 de abril del 2007, dictada en proceso número 748/06, sobre ACCIDENTE, y entablado por MUTGUA FREMAP frente DOÑA Antonieta , FRUTAS TONO, S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "Primero.- La trabajadora Dª Antonieta , nacida el 24-04-46, con D.N.I. núm. NUM000 de profesión habitual recolectora de cítricos, desempeñando ordinariamente las tareas propias de ese oficio, sufrió un accidente de trabajo el día 09-05-03 cuando prestaba servicios para la codemandada empresa FRUTAS TONO, S.L. Segundo.- Como consecuencia de dicho accidente le han quedado como secuelas las siguientes: Síndrome del túnel carpiano derecho intervenido quirúrgicamente y secundario a fractura cerrada de extremo distal del radio derecho. Limitación de la movilidad global de la muñeca derecha inferior al 50 % y leve pérdida de fuerza deprensión en mano derecha. No evidencia de atrofia en eminencia tenar de la mano derecha. Tercero.- Por resolución del INSS de fecha 29-05-06 se declaró al trabajador en situación de incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo, con derecho a una prestación a tanto alzado en cuantía de

25.943'04 €, equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora de 1.080'96 €, declarando entidad responsable de su abono a la Mutua FREMAP, ahora demandante. Cuarto.- Disconforme con la anterior resolución, FREMAP interpuso reclamación previa contra la misma que fue desestimada por otra de 22-08-06; posibilitándose la vía judicial. Quinto.- La empresa para la que la trabajadora prestaba sus servicios al tiempo de sufrir el accidente laboral, tiene asegurados los riesgos profesionales de sus empleados con FREMAP, sin que conste informe de descubierto en el pago de cuotas."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por FREMAP contra Dª Antonieta , FRUTAS TONO, S.L., el I.N.S.S. y la T.G.S.S., debo declarar y declaro a la trabajadora codemandada afecta de lesiones permanentes no invalidantes derivadas de accidente de trabajo y con derecho a percibir una prestación por una sola vez de 510 € y de cuyo pago es responsable la Mutua Patronal demandante, sin perjuicio de la responsabilidad del I.N.S.S. y la T.G.S.S., condenando a los codemandados a estar y pasar por ésta resolución.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA JOSEFA CASCALES MIRALES, en representación de la parte demandada DOÑA Antonieta , con impugnación de contrario de MUTUA FREMAP, representado por DOÑA MARIA JOSE ORENES MIRALLES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La sentencia de fecha 25 de Abril del 2007, dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de Murcia en los autos 748/06 , estimó la demanda deducida por la Mutua de accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 61, Mutua FREMAP, contra la...

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