STSJ Murcia 385/2007, 3 de Abril de 2007

PonenteRUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJMU:2007:268
Número de Recurso274/2007
Número de Resolución385/2007
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Carlos Ramón , contra la sentencia número 400/06 del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, de fecha 9 de noviembre del 2006, dictada en proceso número 591/06, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Carlos Ramón frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RUBEN ANTONIO JIMENEZ FERNANDEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El demandante D. Carlos Ramón , nacido el 24-02-1948, fue alta en la Seguridad Social en el Régimen General, con número de afiliación NUM000 , por tareas de conductor, sin actividad laboral desde el 30-06-2003. SEGUNDO: El actor en fecha 28-11-2005 inició proceso de incapacidad temporal. TERCERO: En fecha 28-02-2006 se emitió informe médico de síntesis, y el Equipo de Valoración de Incapacidades en fecha 2-03-2006 elevó propuesta de inexistencia de incapacidad permanente. CUARTO: La Dirección Provincial del INSS mediante resolución de fecha 16-03-2006 acordó denegar la prestación solicitada por no alcanzar las dolencias que padece el actor, el grado suficiente de menoscabo para ser constitutivas de incapacidad permanente.QUINTO: El demandante presenta las dolencias siguientes: meralgia paroxística; síndrome de apnea obstructiva del sueño (SAOS) de grado moderado (índice de apnea/hipopnea en Polisommografía realizada de 60,9) que precisa tratamiento de uso diario de oxigenoterapía domiciliaria nocturna (CPAP a 7 cm. de H20); hipersomnia diurna; hipertensión arterial; compresión supraespinoso izquierdo; subluxación acromio clavicular; tendinitis supraescapular; síndrome ansioso depresivo. SEXTO: La base reguladora asciende a 770,60 €. SEPTIMO: Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 24-05-2006."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Estimo la demanda interpuesta por D. Carlos Ramón frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, declaro a la demandante en situación de invalidez permanente total para la profesión habitual, derivada de enfermedad común, y condeno a la Entidad Gestora demandada a que le reconozca y abone la pensión en cuantía del 55% de la base reguladora de 770,60 €, con efectos del día 2-03-2006, sin perjuicio de revalorizaciones y mejoras legales que correspondan.".

SEGUNDO

Con fecha 10 de enero del 2007, se dicto auto de aclaración y en su parte dispositiva dice: "No ha lugar a la aclaración de la sentencia dictada en el presente proceso por la parte actora.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA CLARA PEREZ GARCIA, en representación de la parte demandante, sin impugnación de...

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