STSJ Comunidad Valenciana 1218/2014, 19 de Mayo de 2014

PonenteMARIA DEL CARMEN LOPEZ CARBONELL
ECLIES:TSJCV:2014:4546
Número de Recurso813/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1218/2014
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

1 Rec. Supl. 813/14

RECURSO SUPLICACION - 000813/2014

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Inmaculada Linares Bosch

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª Carmen López Carbonell

En Valencia, a diecinueve de mayo de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1218 de 2014

En el RECURSO SUPLICACION - 000813/2014, interpuesto contra la sentencia de fecha 4-10-13, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE ALICANTE, en los autos 001066/2012, seguidos sobre Despido, a instancia de Dª Berta, asistida del Letrado D. José Luis Pérez Pérez, contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL, AJUNTAMENT D' ONIL, representado por el Letrado D. Cristobel Sirera Conca, SERVICIOS AUXILIARES DE MANTENIMIENTO, S.A. y GRUPO SUBUS, S.L., y en los que es recurrente Berta, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª Carmen López Carbonell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por Dª Berta, asistida por el Letrado Dº José Luis Pérez Pérez, frente al Ayuntamiento de Onil, asistido por el Letrado Dº Cristóbal Sirera Conca, frente a la mercantil Servicios Auxiliares de Mantenimiento, S.A., asistida del Letrado Dº Luis Miguel Sellers Miró, y frente a Grupo Subus, S.L., asistida por la Letrada Dª Arántzazu Valera Alcalde y el FOGASA, absolviendo a las demandadas de la pretensión deducida contra las mismas.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO:Dª Berta, mayor de edad con DNI nº NUM000, ha venido prestando servicios para el Ayuntamiento de Onil, con antigüedad de 12-1-2004 categoría profesional de peón de limpieza, y salario bruto diario de 32 euros brutos diarios, con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias, en virtud de contrato de trabajo de interinidad por vacante de puesto de trabajo, con jornada del 66,6%, estando regida su relación laboral por el Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Onil, aprobado por resolución de la Dirección Territorial de Empleo (BOE 17.12.1998).-SEGUNDO:El servicio de limpieza del municipio de Onil ha venido siendo prestado por empleados municipales y por una empresa externa, que asumía el mantenimiento de las instalaciones municipales que exceden de la capacidad de trabajo de los empleados municipales, fundamentalmente, educativas, culturales y deportivas.-Concretamente, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Onil acordó adjudicar definitivamente el contrato para la ejecución de los Servicios para la limpieza de dependencias municipales, mediante procedimiento abierto, a la empresa SAMSA, SERVICIOS AUXILIARES DE MANTENIMIENTO, S.L., suscribiendo la citada empresa y el Ayuntamiento de Onil en fecha 14.07.2010 contrato administrativo de adjudicación para la prestación de servicios de limpieza de dependencias municipales de Onil mediante procedimiento abierto.-TERCERO: En fecha 8.07.2012 el departamento de Intervención Municipal del Ayuntamiento de Onil emitió informe relativo a la situación económico-financiera de la entidad. En el citado informe se hacía constar que el Remanente de Tesorería para Gastos Generales asciende a - 1.945.830,16 euros, por lo que concluye que existe una imposibilidad de hacer frente con la liquidez actual, a la totalidad del pendiente de pago, concluyendo el citado informe que "a la vista de todo lo anterior, y sobre la base de una visión integradora de todo lo recogido en este escrito, se impone la necesidad de adoptar medidas estructurales que permitan garantizar el cumplimiento del plan de ajuste aprobado por esta corporación y autorizado por el Ministerio de Hacienda. Así como para evitar elementos que contribuyan a generar o acrecentar el déficit público". CUARTO: El Ayuntamiento de Onil tramitó un expediente administrativo NUM001 sobre Plan Ordenación de Recursos Humanos, aprobado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 27.09.2012, contemplando el citado plan la amortización de cuatro puestos de trabajo de peón de limpieza, de los cinco existentes, "con la voluntad clara de que la limpieza de edificios municipales, salvo el edificio Consistorial, se encargue a empresas privadas mediante contratos administrativos, buscando con ello una reducción de costes real y efectiva".-QUINTO: En fecha 16.07.2012 se reunió la Mesa General de Negociación, asistiendo a la misma la representación de la Corporación, la representación de los Sindicatos y el Secretario de la Mesa, para tratar, entre otros asuntos, el relativo al Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Onil.-Emitido informe jurídico de fecha 17.07.2012, sobre amortización de puestos de trabajo, y previa reunión en fecha 19.07.2012 de la Comisión Informativa de Hacienda e Interior y Especial de Cuentas, en sesión extraordinaria, por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 23.07.2012 se acordó aprobar el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos y la modificación de la plantilla y de la relación de puestos de trabajo, acordando exponer al público, por plazo de quince días tanto el Plan como la modificación de la plantilla y de la relación de puestos de trabajo. -El citado acuerdo fue publicado en el BOP de Alicante, nº 148, de 3 de agosto de 2012.-Presentado escrito de alegaciones por el sindicato Comisiones Obreras, en fecha 17.08.2012, y por el Sindicato Comarcal de Policías Locales y Bomberos, en fecha 27.08.2012, en fecha 17.09.2012 se reunió la Mesa General de Negociación, con asistencia de la representación de la Corporación, la representación de los Sindicatos y el Secretario de la Mesa, para tratar, entre otros asuntos, el relativo al Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Onil.-Examinadas las alegaciones formuladas, en fecha 27.09.2012 se aprobó definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos y la modificación de...

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