STSJ Galicia , 26 de Noviembre de 2004

PonenteMIGUEL ANGEL CADENAS SOBREIRA
ECLIES:TSJGAL:2004:6521
Número de Recurso4495/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 4495/2004 interpuesto por la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE

MAYORISTAS TRANFORMADORES IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE PRODUCTOS DE LA PESCA Y ACUICULTURA (CONXEMAR) contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. CINCO DE VIGO siendo Ponente el ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Luis Angel en reclamación de DESPIDO siendo demandada la empresa CONXEMAR en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 41/2004 sentencia con fecha 31 de marzo de 2004 por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1º.- don Luis Angel , mayor de edad, con D.N.I. número NUM000 , viene prestando servicios para la empresa CONXEMAR (Asociación Española de Mayoristas, Transformadores, Importadores y Exportadores de productos de Pesca y Acuicultura), domiciliada en Vigo, Plaza de Compostela número 23, desde el

1.12.2000, con la categoría de Gerente, y un salario de 10.802 euros mensuales, con inclusión de parte proporcional de pagas extras./ 2º.- El trabajador y la empresa suscribieron un contrato de trabajo, con sendas cláusulas de "blindaje", que consta como documentos, en los respectivos ramos de prueba, folios 59 a 61 y 297, que se dan por reproducidos. La copia de dicho contrato también se ha pedido al InstitutoNacional de Empleo, como diligencia para mejor proveer./ 3º.- Con fecha de 17 de diciembre de 2003, la empresa entrega al trabajador la siguiente carta de despido: "Muy Sr. Mío: Nos referimos a su vinculación laboral con esta Asociación, en virtud de la cual viene prestando sus servicios para la misma, en calidad de Gerente, desde el día 1 de diciembre de 2000.- Por la presente procedemos a poner en su conocimiento la decisión adoptada en la Junta Directiva celebrada en el día de hoy, de proceder a su despido disciplinario en base a que, el modo en que Vd. viene desarrollando sus funciones durante los últimos meses, no se ajusta ni al funcionamiento de esta Asociación ni a los criterios seguidos en a misma.- Todo ello supone la pérdida de confianza en su gestión, y constituye un obstáculo insalvable para el desempeño de un puesto de trabajo como el que Vd. ocupa.- El despido que se le notifica tiene efectos del día de la fecha.- No obstante lo anterior la Asociación reconoce la improcedencia del despido y de conformidad con lo que establece el artículo 56 párrafo 2 de la ley de Empresa de Trabajo Temporal , pone a su disposición desde este mismo momento la indemnización que le corresponde ya que asciende a la suma de 178.760,61 € (s.e.u.o) en el caso que Vd. no aceptara recibir la referida cantidad, se procederá a efectuar la consignación de la misma en el Decanato de los Juzgado de lo social.- tiene a su disposición en las oficinas de la Asociación la liquidación que le corresponde.- Le rogamos se sirva de devolvernos debidamente firmado e duplicado de la carta a los efectos de acreditar su recepción.- Atentamente"./ 4º.- A finales del año 2000, dimitió el gerente anterior de la empresa, y la Junta Directiva de la asociación acuerda la contratación de un nuevo Gerente, celebrándose reunión con la consiguiente acta, el 21.11.99 (folio 299 que se da por reproducido), en el que se propuso contratar al demandante y entre las razones se dice: "exigen contratar un gerente profesional de valía, pues entre otras razones, la situación actual exige un tiempo muy grande de dedicación a la Directiva, especialmente al Presidente, del que no disponen..." En dicha acta también se establecen las funciones del Gerente y consta en ella: "Por parte del presidente se propone para el cargo a

  1. Luis Angel , persona muy conocida en el sector y cuya cualificación profesional está totalmente acreditada"./ 5º.- En el período de tiempo en que desempeñó sus funciones, el actor se creó una página Web, la Revista Conxemar, subvenciones de la Consellería, del FROM, etc.; se incrementaron los socios y creció la Feria grandemente (folios 307 a 326 página Web; 327 a 337, fichas de asociados; 338 y 339 curvas de crecimiento de CONXEMAR; 341 y 341 Margen de servicios de la Feria en Euros del 2000 al 2003 y gastos comparativos; 344, preinscripciones 2004; 345 y 346, Conxemar en Ferias Internacionales). Al folio 283, se aporta una hoja del periódico Faro de Vigo, de 18.02.04, donde se dice: La Feria CONXEMAR se incorpora al programa GAELIC./ 6º.- El actor cae de baja laboral y situación de IT, desde el

25.02.03 al 21.03.03 y posteriormente el 16 de mayo al 26 de septiembre, lo que da lugar a que sea tratado por médicos psiquiatra y psicólogo, que emiten sendos informes, que constan a los folios 347 a 358 y se dan por reproducidos. El actor padece, en dicho período, trastorno de ansiedad generalizada, severo; situación de estrés laboral./ 7º.- La Junta Directiva se reunió en varias ocasiones, durante el año 2003, folios 360 a 375, en donde se trató la situación del actor, así al folio 364 se dice: "(...) Situación Gerente Luis Angel : Por parte de presidente comenta la baja del gerente y la necesidad de abordar el problema y tomar decisiones. Expone sus puntos de vista sobre la situación.- Se inicia una ronda de intervenciones entre los asistentes y se concluye que Conxemar precisa un gerente de talla, que sepa estar a la altura, tanto en su propia capacidad como en imagen.- Los asistentes acuerdan por unanimidad, con carácter previo a cualquier otra decisión, negociar directamente con Luis Angel una fórmula de salida y examinar que aspiraciones económicas y de todo tipo tiene. Se acuerda que sea D. Armando , a propuesta de él mismo, quien inicie la mediación con el Gerente.- Durante el período de transición, y mientras no se alcanza un acuerdo con el Gerente, se acuerda que Sergio y Asunción continúen con la gestión de la organización de la Feria de este año.- Ildefonso propone que se contrate a Carlos Daniel , dada la actual armonía Anie-Conxemar, sobre su disposición hacia asumir la gerencia de Conxemar, en su caso. Se indica al Sr. Héctor que trate con Carlos Daniel ". Al folio 368 dice: "1.- Informe situación gestiones realizadas con D. Luis Angel , Gerente de Conxemar y decisiones a adoptar: Tras un debate por los asistentes se constata: 1.-Que tras la última Junta Directiva se encomendó a D. Armando , a petición propia, que D. Armando realizó, gestión de tratar directamente con el Gerente, a fin de sondear su disposición hacia la negociación de una solución pactada.- Por ello, la falta de asistencia del Sr. Armando a esta reunión imposibilita conocer por los asistentes la información necesaria e imprescindible para analizar este tema". Y al folio 374 dice: "(...) Por parte de D. Armando informa que se entrevistó con Luis Angel , que éste le indicó que su intención era exigir el cumplimiento íntegro del contrato, y que no quería solicitar voluntariamente la baja en la empresa. Que posteriormente le indicó que nombrase un abogado y aquel ha designado a D. Eusebio . Que tal extremo lo ha notificado telefónicamente y que no pudo asistir a la anterior Junta por la premura con que fue convocado y la existencia de otros compromisos.- Se expone que tras la entrevista citada D. Luis Angel se ha comunicado con los miembros de la Junta Directiva y ha derivado el problema a un enfrentamiento personal con el presidente de la Asociación, con descalificaciones e imputaciones graves que resultan inadmisibles y que, además constituyen una actuación grave por parte del gerente que no pueden ser toleradas por la Junta Directiva y que puede y debe estudiarse la posibilidad de una actuación disciplinaria en el ámbito laboral.- Se constata igualmente la desidia del Sr. Luis Angel , que pese a ocupar un cargo con responsabilidad, en estos últimos meses ni siquiera se ha comunicado con la oficina, ni ha mostrado interésalguno sobre la marcha de la asociación.- Se acuerda por unanimidad: Solicitar un informe a un asesor laboral, a un bufete con especialidad en derecho laboral, sobre las posibilidades de una actuación disciplinaria y de impugnación de las cláusulas rescisorias de contrato laboral del Gerente, y su actuación desde el inicio de la baja, a fin de que, una vez sopesadas las posibilidades y acciones a emprender, se pueda actuar en consecuencia, con cabal conocimiento de las concretas acciones a emprender y su prosperabilidad"./ 8º.- Certificación ante Notario de declaración (folio 376)./ 9º.- La empresa realiza liquidación con recibo de saldo y finiquito que no se firma (folio 381)./ 10º.- El Sr. Juan Manuel corrige a mano, tacha, escribe y hace advertencias, en los escritos que le enviaba el trabajador hoy demandante, tal como consta a los folios 382 a 545. Uno de ellos los devolvió hasta 13 veces./ 11º.- El trabajo del Sr. Luis Angel ha sido reconocido por varias personas y empresas, folios 547 a 628./ 12º.- El Gerente firmó, con el visto Bueno del Presidente, contrato de arrendamiento de servicios, que consta a los folios 63 a 66./ 13º.- La disposición de fondos era mancomunada, según certificación del Sr. Secretario de Conxemar, fecha

17.01.02, folio 67./ 14º.- La empresa Galfrio remitió al Presidente una carta de queja (folio 76)./ 15º.-Durante el período de baja laboral el actor usó el teléfono "móvil", que la empresa le facilitó (facturas, folios 78 a 91)./ 16º.- A los folios 92 a 109, figuran los Estatutos de CONXEMAR, que dicen en el artículo 12, punto 3: La Asamblea General elegirá, mediante votación secreta de entre los miembros de la Junta Directiva, al Presidente y Vicepresidente. Y en el punto 4; Corresponderá al Presidente, que lo será...

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