STSJ Comunidad Valenciana 192/2007, 16 de Enero de 2007

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2007:220
Número de Recurso3843/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución192/2007
Fecha de Resolución16 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 192 de 2.007

En el Recurso de Suplicación núm. 3843/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 30-6-06, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 de Valencia, en los autos núm. 349/06, seguidos sobre Despido, a instancia de Dª Angelina , asistido del Letrado D. Rafael Andres Alcayde, contra VEDAT MEDITERRÁNEO, S.L. representada por el Letrado D. Alberto Castella García, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 30-6-06 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por Dª Angelina contra la empresa VEDAT MEDITERRÁNEO, S.L., debo declarar y declaro procedente el despido de fecha 17-3-06 quedando convalidada la extinción de la relación laboral que aquel produjo, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La actora Dª Angelina , con DNI nº NUM000 , venía prestando servicios por cuenta y dependencia de la empresa demandada VEDAT MEDITERRÁNEO,S.L, dedicada a la actividad de concesionario de vehículos, siendo aplicable el Convenio Colectivo provincial del sector del comercio del metal para le provincia de Valencia , con antigüedad reconocida por la demandada de 19-10-92,( por haber sucedido ésta a la empresa Mediterráneo Motor S.A) en el centro de trabajo de site

en la Pista de Silla Km5, parcela 43 de Catarroja, a jornada completa, con la categoría profesional de Auxiliar Administrativa y salario bruto mensual de 968'87 euros, incluida la prorrata de pagas extras( salario base:767'67euros; plus convenio: 55'48 euros antigüedad consolidada 7'31euros y prorrata de pagas extras 138'41euros). SEGUNDO.- La demandante en fecha 2-1-06 inició un proceso de incapcidad temporalpor contingencia común con el diagnóstico de ..Latigazo cervical( Acc de tráfico)'', siendo dada de alta el 20-3-06. Según la Hoja del Servicio de Urgencias al que acudió el citado día 2-1-06 refiriendo la ocurrencia de un accidente de tráfico hacía tres días, la actora refería dolor muscular paravertebral cervical derecho más contractura de trapecio derecho. En RX cervical se apreció rectificación de la columna cervical. Se le

diagnosticó de contractura cervical , y se le dio el siguiente tratamiento: collarín durante 3 días, Myolastán, Voltarén y calor local + reposo, debiendo acudir a control por médico de atención primaria y traumatólogo de zona. TERCERO.- La empresa demandada en fecha 17-3-06 notificó a la actora carta de despido, con efectos de la misma fecha, del siguiente tenor literal ..La dirección de la empresa ha tenido conocimiento de que a pesar de estar Ud en situación de baja médica desde el pasado día 2 de enero de 2006, ha estado Vd.prestando servicios para la empresa Moto Racing, sita en la calle Maestro Palau núm.97 de Paiporta. En concreto, se ha podido comprobar que el día 20 de enero de 2006, Vd procedió a abrir

la persiana metálica de dicho establecimiento , y tras dejar en el mismo a otra empleada, salió para realizar gestiones en la oficina de la Caixa en dicha población y posteriormente en las proximidades de la Jefatura Superior de Tráfico de Valencia, para, tras volver a las

oficinas de Moto racing, dirigirse nuevamente hacia la Jefatura Superior de Tráfico , donde estuvo realizando diversas gestiones. Posteriormemnete se ha podido comprobar que , al menos los días 22 y 23 de febrero

seguía prestandos ervicos para dicha empresa, ocupándose principalmente durante las mañanas en realizar gestines en la Jefatura Superior de Tráfico de Valencia, así como también en otros establecimientos del ramo( por ejemplo ..Máquina", en la avda del Cid, el día 22) y también en labores admnistrativas y de atención al público en las propias

oficinas de Moto racing, así como antes diversas oficinas bancarias( por ejempol , la CAMeldía23). Independientemenete de ello ha mantenido Ud. Una conducta inadecuada para la curación de la pretendida causa de baja médica , pues todos sus desplazamientos entre La Pobla de

Vallabona , Paiporta y Valencia y en el interrioer de dichas poblaciones, asi como a la Eliana el día 22 de febrero, los ha realizado conduciendndo un turismo Volkswagen Golf , matrícula ....-ZQW , ó una motocicleta matrículoa ....-JNN , y ha estado moviendo vivamente la cabeza, flexionando el tronco .etc..sin que se denotara dificultad o

impedimento alguno, tanto llevando puesto el casoco, como sin él; y, concretamente el día 22 de febrero, con ocasión de recoger una niña en el colegio IALE , en la Eliana, la llevó en brazos y con la mochila de la niña colgando en el antebrazo izquierdo, mientras hablaba con el teléfono móvil . que sujetaba entre la oreja y el hombro . con la cabeza

ladeada y agachada para situar a la niña en el coche. Los hechos descritos son constitutivos de falta muy grave contra la buena fe contractual por la cual se impone la sanción de despido con efectos del día de hoy" CUARTO.- Pues bien . ha quedado acreditado que la actora el día 20 de enero a las 8:30 horas entró junto con otra mujer en el negocio, propiedad de su marido, Moto- Racing, sito en la calle Maestro Paiau de Paiporta . A los pocos minutos la actora salió de allí y conduciendo el turismo Volkswagen Golf se acercó a una sucursal de La Caixa, en la que

entró, saliendo a las 8:51 llevando unos papeles en la mano. Después condujo hasta la Jefatura Superior de Tráfico de Valencia realizando gestiones por la zona. Después regresó a Moto-Racing y volvió a salir, esta vez conduciendo una motocicleta, se dirigió de nuevo a la jefatura Superior de Tráfico de Valencia. Al llegar se quitó el casco, sacó

una carpeta amarilla del compartimiento del asiento de la moto y entró en la Jefatura saliendo unos minutos más tarde , para introducirse de nuevo por otra puerta de Jefatura de Tráfico qiue comunica con otros Departamentos. Minutos después salió y fue hasta su motocicleta, dejó en ella la carpeta amarilla , se puso el casco y se marchó de allí. El día 22 de febrero de 2006 a las 9 horas la actora entró en Moto-Racing

, ayudando a

otra mujer que entraba también a quitar el cierre de la parte izquierda de la puerta de acceso al local, levantando para ello su brazo derecho y cabeza. A las 9:01 la actora salió de allí conduciendo su motocicleta con el casco puesto hasta la ciudad de Valencia, concretamente la Jefatura Provincial de Tráfico. Primero se detuvo frente a un local de reconocimeintos médicos donde estuvo conversando con una de sus trabajadores y luego

entró en la Jefatura con su bolso mochila y su carpeta. El detective contratado por la empresa que la estuvo siguiendo los días a que se refiere su informe entró detrás de ella y observó como rellenaba una documentación y llevaba varios DNI originales de distintas personas junto con unos papeles. Ea Sra Angelina se acercó a un mostrador y realizó

determinados trámites con esa documentación, conversando normalmente con los distintos funcionarios en tono distendido así como con otros profesionales que también se encontraban haciendo trámites. El detective habló con ella y ésta le dijo que en ese Departamento en el que se encontraban de la Jefatura era únicamente para la realización

de trámites por profesionales y empresas y que los ciudadanos debían dirigirirse a la siguiente puerta saliendo por la calle para realizar sus trámites. A las 11 la Sra Butrago salió de la Jefatura y entró a la cafetería de enfrente, saliendo a las 12 :18 horas hasta su motocicleta , de la que sacó el casco y se lo puso en la cabeza y guardó su mochila y

carpeta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR