STSJ Comunidad Valenciana 3215/2008, 7 de Octubre de 2008

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2008:5617
Número de Recurso4350/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3215/2008
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

3215/2008

2

Recurso de Suplicación nº 4350/07

Recurso contra Sentencia núm. 4350/07

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Javier Lluch Corell

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

En Valencia, a siete de octubre de dos mil ocho

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3215/08

En el Recurso de Suplicación núm. 4350/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 38 de septiembre de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. SIETE de Alicante, en los autos núm. 305/07, seguidos sobre orfandad, a instancia de D. Fermín, asistido del Letrado D. Joaquin Pérez Ayala, y representado por la Procuradora Dª Valdeflores Sapena Davo, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 38 de septiembre de 2007, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda formulada por D. Fermín frente al Instituto Nacional de la Seguridad social debo absolver y absuelvo a la entidad gestora demandada de las pretensiones deducidas en su contra en demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El actor D. Fermín, nacido en 17-02-1955, está afiliado a la Seguridad Social, con el número: NUM000. Solicitó en 19- 10-06 pensión de orfandad por el fallecimiento de su padre D. Alejandro acaecido en 09-12-83. SEGUNDO.- Sometido a reconocimiento medico se emite Informe de Valoración Médica en 10-11-06, por reproducido. El EVI en 14-11-06 emite Dictamen propuesta de no calificación como incapacitado permanente absoluto a efectos de concesión de una pensión de orfandad. El INSS en resolución de 15-11-06, denegó la solicitud de referencia... "Por superar el límite de edad establecido en la disposición transitoria sexta bis de la Ley General de la Seguridad Social... y no estar incapacitado para el trabajo en la fecha del fallecimiento del causante...". TERCERO.- Disconforme interpuso reclamación previa que fue desestimada por resolución del INSS de 01-03-07... " Procede desestimar su reclamación previa toda vez que consta en el expediente que Ud. es mayor de 18 años y no está incapacitado para el trabajo en la fecha del fallecimiento del causante, una vez realizado el estudio correspondiente por el Equipo de Valoración de Incapacidades de esta Dirección Provincial de fecha 14-11-2006 sin que la reclamación previa presentada por usted pueda modificar la calificación de no-invalido...". CUARTO.- La base reguladora mensual es de 262,61 €. QUINTO.- El actor padece: Secuelas poliomietitícas en MMII. Muy marcada escoliosis dorsolumbar. Politraumatismo en 2004. HTA esencial. Y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: Paraparesia de MMII. Dolor en región inguinal izquierda, hombro izquierdo y raquis. HTA. Patología incapacitante para el desempeño de cualquier actividad de tipo ocupacional no adaptada (precisa silla de ruedas para desplazamientos), precisa ayuda de otra persona para algunas actividades de la vida ordinaria. SEXTO.- El actor ha prestado sus servicios para la empresa "Gabriel Enseñat Florit", como Auxiliar Administrativo desde 06-04-88 a 20-11-095, al expediente administrativo obra informe de Vida Laboral, por reproducido. SÉPTIMO.- La madre del actor Dª Fátima que ha sido beneficiaria de pensión de viudedad, por el fallecimiento de su esposo D. Alejandro acaecido en 09-12-86, desde 01-01-87, ha fallecido en 05-10-06. OCTAVO.- El actor tiene reconocidos los grados de minusvalía y en las fechas que constan en los documentos 4,5 y 6 de su ramo de prueba, por reproducidos. ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación el actor la sentencia que denegó la Orfandad por incapacidad reclamada en su demanda. El recurso se articula en dos motivos. En el primero, por el apartado b) del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, se propone la adición a los hechos probados del dato de que el actor estaba incapacitado en la fecha del hecho causante y dicha situación era de carácter irreversible, crónica y agravable, lo que apoya en el Informe de Valoración Medica del EVI, en el Informe Médico de Síntesis de 10-11-2006 y en el dictamen de su perito, admitiendo que el 4 de febrero de 1987 (folios 70 a 72) solicitó la orfandad que fue denegada en la vía administrativa y que el demandante tiene reconocidos los grados de minusvalía que refiere que van desde el 74% en el momento del hecho causante hasta el 78% actual.

El motivo no puede prosperar, pues a parte de su defectuosa formulación, se trata de introducir en el relato...

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