STSJ Comunidad de Madrid 67/2014, 10 de Febrero de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución67/2014
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social
Fecha10 Febrero 2014

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34002650

Sentencia nº 67

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz:

Presidente :

Ilma. Sra. Dª Aurora de la Cueva Aleu :

Ilma. Sra. Dª Alicia Catalá Pellón :

En Madrid, a diez de febrero de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el recurso de suplicación nº 1784/13-5ª, interpuesto por D. Arsenio representado por el Letrado D. Fernando Luján de Frías, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 36 de los de Madrid, en autos núm. 1324/12 siendo recurrido NH HOTELES S.A., representado por el Letrado D. Fernando ValdésHevia Temprano. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª Alicia Catalá Pellón.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Arsenio

, contra NH Hoteles S.A. sobre despido, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 17 de junio de 2013, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

"PRIMERO.- El actor D. Arsenio viene prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada con una antigüedad de 10.02.1997, categoría profesional de director responsable del departamento de ingeniería y medio ambiente y un salario diario bruto con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias de 445,67 Euros desglosados en los siguientes conceptos:

- Salario Base - 9500 Euros mes - 316,67 Euros día

- Retribución variable - 2800 Euros mes - 95,34 Euros día. - Retribución en especie, vehículo Volvo XC6O, 760 Euros mes-25,34

Euros día.

- Retribución en especie, gasolina, 250 Euros mes- 25,34 Euros día.

SEGUNDO

El actor ha venido desempeñando funciones de dirección del área de mantenimiento de los 400 hoteles de la empresa demandada radicados en 24 países distintos, siendo su centro de trabajo el sito en la C/ Santa Engracia de Madrid, aunque realizaba viajes por toda Europa y el resto del mundo; El actor coordinaba las estrategias medioambientales, eficiencia energética y mantenimiento con el responsable de cada país, deba directrices a los equipos de los hoteles y las empresas externas, coordinaba las reformas en la vertiente de ingeniería y firmaba contratos y presupuestos para la construcción de nuevos hoteles.

TERCERO

La empresa demandada ha iniciado un proceso de despido colectivo, siendo el acta inicial del periodo de consultas de fecha 15.03.2013 y el acta final de acuerdo de 10.04.2013; Se dan por reproducidas las actas de inicio del periodo de consultas, reuniones y final del acuerdo, aportados por el actor a su ramo de prueba.

CUARTO

A finales del año 2011 el departamento de medio ambiente, donde presta servicios el actor, se fusionó con el departamento de obras, pasando el actor a depender del director del departamento de obras, procediéndose, al principio del año 2012, a encargar al actor la realización de un proyecto de externalización del área de mantenimiento; El actor en todo momento se ha mostrado contrario al proyecto de externalización del área de mantenimiento, encontrándose actualmente dicho proyecto en estudio.

QUINTO

Con efectos de 10.10.2012, el actor ha sido despedido mediante carta de la misma fecha, que, al obrar a los folios 14 a 19 de autos, se da por reproducida.

SEXTO

El actor en el desempeño de sus funciones realiza gastos mensuales que carga en el sistema informático de la empresa demandada a través de su secretaria personal, que introduce dichos gastos en el sistema ORACLE de la empresa y los pasa al superior jerárquico del accionante a fin de que el mismo apruebe los gastos.

SEPTIMO

El actor ha presentado a la empresa demandada los siguientes gastos para que los mismos les fueran abonados, pese a que dichos gastos no fueron realizados por el actor:

-Ticket de fecha 6-6-2012, por importe de 13,40 Euros, a las 11:39 en el aeropuerto de Viena, justificado como "Viaje a Bratislava". El avión aterrizaba a las 11:40 en Viena, procedente de Madrid.

-Ticket de fecha 18-6-2012, por importe de 6 Euros, a las 7:52 en el aeropuerto de Amsterdam, justificado como " Viaje a Amsterdam". El avión despegaba de Madrid con dirección a Amsterdam a las 7:50.

-Ticket de fecha 20-7-2012, por importe de 17,85 Euros, a las 06:41 en el aeropuerto de Barajas, justificando que era una "Comida por viaje a Barcelona". Ese mismo día el actor pasó un ticket de parking con entrada en el parking de Barajas a las 06:44.

-Ticket de fecha 5-9-2012, por importe de 7,16 Euros, a las 07:54 en el aeropuerto de Barajas, que incluía 2 desayunos y justificados como "Viaje a Bruselas". Ese mismo día el actor pasó un ticket de parking en el parking de Barajas con entrada a las 07:58.

-Ticket de fecha 10-9-2012, por importe de 6,70 Euros, a las 06:58 en el aeropuerto de Barajas, que incluía 2 cervezas siendo la justificación "Invitación Pepe Guerra Esmatic". Ese mismo día el actor pasó un ticket de parking con entrada en el parking de Barajas a las 07:17.

-Ticket de fecha 24-9-2012, por importe de 5,40 Euros, a las 07:19 en! una cafetería del aeropuerto de Barajas.. Ese mismo día el actor pasó un ticket de entrada en el parking de Barajas a las 07:16.

-Ticket de fecha 24-9-2012, por importe de 5,40 Euros, a las 07:20 en una cafetería del aeropuerto de Barajas. Ese mismo día el actor pasó un ticket de parking con entrada a las 07:16.

-Ticket de fecha 24-9-2012, por importe de 32,95 Euros, a las 11:39 en el aeropuerto de Amsterdam, justificando que es una "comida en Amsterdam con Daikin". El avión despegaba de Madrid con dirección a Amsterdam a las 8:55 y aterrizaba a las 11:50 en Amsterdam.

OCTAVO

El actor ha presentado a la empresa demandada los gastos siguientes para que los mismos le fueran abonados, realizados con personas que no han asistido a los eventos recogidos en el gasto: -Ticket de fecha 27-1-2012, por importe de 45,80 Euros, cuando el actor se encontraba en una "reunión con padres", Se justificaba recogiendo que era "una comida con Leon ", quien nunca asistió a dicha comida.

-Ticket de fecha 24-2-2012, por importe de 7,50 Euros. Se especifica que fue una "comida con Higinio ", y el actor estaba en el Comité de Gastos y Higinio nunca asistió a esa supuesta comida.

-Ticket de fecha 29-3-2012, por importe de 30,80 Euros. Se especifica que fue una "comida con Leon ", y el actor estaba en una reunión con Marino y ese día Leon no estaba en Madrid.

-Ticket de fecha 4-5-2012, por importe de 17,20 Euros. Se especifica que fue una "comida con Leon ", y ese día Leon no estaba en Madrid.

-Ticket de fecha 17-7-2012, por importe de 13,90 Euros a las 11:03 en el aeropuerto de Barajas. El actor especifica que fue una "comida con Higinio ", ese mismo día pasó un ticket de parking en el aeropuerto con entrada del coche en el parking de Barajas a las 11:13.

- Ticket de fecha 7-9-2012, por importe de 28 Euros, a las 00:02 correspondiente a "8 copas", justificando el actor que es una "Reunión Foro Proclima Higinio, Ana, Directora de Sostenibilidad Ayuntamiento". Ninguna de las personas mencionadas asistió a esa reunión.

-Dos Tickets de fecha 17-9-2012, por importe de 10,60 Euros y 13,10 Euros, a las 16:12 y a las 16:05 respectivamente en el aeropuerto de Barajas siendo la justificación "Viaje a Frankfurt". En el ticket de las 16:05 el actor especificó adicionalmente que asiste a la comida Higinio, y esa persona no estuvo en el aeropuerto ese día a esa hora.

NOVENO

El actor ha presentado a la empresa demandada los siguientes gastos para que le fueran abonados pese a que los mismos no estaban autorizados por la política de gastos de la empresa:

-Ticket de fecha 31-1-2012, por importe de 26,20 Euros, en el que incluyó 1kg de café por importe de 17 Euros. En el ticket de compra el actor justificaba el motivo como "Comida Hamburgo Stefan Muller", no autorizado.

-Ticket de fecha 9-3-2012, por importe de 18,25 Euros, en el que incluye un libro y 1 crema de vinagre balsámico, en el aeropuerto de Pisa.

-Ticket de fecha 13-3-2012, por importe de 9,45 Euros, sin especificar los productos ni justificar el motivo de su compra.

- Ticket de comida de 13-3-2012, por importe de 8,50 Euros, sin justificar el motivo de la comida.

- Ticket de fecha 28-3-2012, por importe de 4,95 Euros, de una maceta de semillas, justificando la compra con "Viaje a Amsterdam. NH Naarden".

-Ticket de fecha 11-4-2012, por importe de 15,40 Euros, correspondiente a 20 tabletas de Detox y una tableta de chocolate. La justificación es "Viaje a Francia", y el billete de avión no fue comprado por NH Hoteles.

-Ticket de fecha 3-7-2012, por importe de 14,95 Euros, de un queso holandés Reypenaer, sin justificación.

DECIMO

En septiembre de 2012 la secretaria personal del actor, tras comprobar los gastos presentados por el actor y su agenda personal, puso en conocimiento del superior jerárquico del accionante que había detectado un numeroso volumen de gastos presentados por el actor que no tenían justificación, siendo ordenada una auditoría por la empresa demandada que culminó con un informe de fecha 09.10.2012 que, al obrar en los folios 714 a 722 de autos, se da por reproducida.

UNDECIMO

El actor no ostenta ni ha ostentado la condición de representante legal ni sindical de los trabajadores.

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