STSJ Comunidad de Madrid 529/2013, 8 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución529/2013
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social
Fecha08 Julio 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34016050

NIG : 28.079.34.4-2013/0058916

Procedimiento Recurso de Suplicación 465/2013

MATERIA: DESPIDO .

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 40 de MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 432/12

RECURRENTE/S: D. Epifanio, D. José Y D. Santos

RECURRIDO/S: GESTION Y DESARROLLO DEL MEDIO AMBIENTE DE MADRID, S.A

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En Madrid a ocho de julio de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 529

En el recurso de suplicación nº 465/13 interpuesto por el Letrado Dª MERCEDES LANZA MARTINEZ en nombre y representación de D. Epifanio, D. José Y D. Santos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 40 de los de MADRID, de fecha DOS DE OCTUBRE DE 2012, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS LACAMBRA MORERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 432/12 del Juzgado de lo Social nº 40 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Epifanio, D. José Y D. Santos contra, GESTION Y DESARROLLO DEL MEDIO AMBIENTE DE MADRID, S.A en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en DOS DE OCTUBRE DE 2012 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que desestimando las demandas formuladas por D. Epifanio, D. José y D. Santos contra GESTION Y DESARROLLO EL MEDIO AMBIENTE DE MADRID S.A (GEDESMA), debo declarar y declaro procedentes los despidos con fecha efectos 24.2.2010 absolviendo a la empresa demandada de la pretensión formulada contra ella."

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO: Los demandantes, que no ostentan ni han ostentado la representación legal o sindical de los trabajadores, han venido trabajando para la empresa demandada, GESTION Y DESARROLLO EL MEDIO AMBIENTE DE MADRID S.A. (GEDESMA), con la antigüedad, categoría profesional y salario mensual, con inclusión de la parte proporcional de pagas extras que a continuación se detalla (hecho no controvertido):

D. Epifanio 10.ll.00Tit.sup. 3.660,80 euros

D. José l7.0l.06Tit.sup. 3.56l,98 euros

D. Santos 02.0l.98Tit.med. 3225,65 euros

SEGUNDO

La empresa comunicó mediante carta fechada el 24 de febrero de 2012 y con efectos del mismo día a los trabajadores su despido alegando causas económicas,

productivas y organizativas. Se tiene por reproducido íntegramente el contenido de las cartas de despido tal como obra unidas a los autos (documentos 1 a 3 acompañados a la demanda).

TERCERO

Los actores han sido indemnizados con el efectivo percibo de una cantidad equivalente a veinte días de salario por año trabajado (hecho no controvertido)

CUARTO

La mercantil GEDESMA, antes " Sociedad de la Energía de la Región de Madrid SA y Sociedad de la Energía y Medio Ambiente de Madrid SA, fue constituida el 21 de enero de 1987, siendo su único socio fundador el entonces Instituto Madrileño de Desarrollo (IMADE ), estando encaminado su objeto social a la elaboración de planes estratégicos de la energía y coordinación de planes y políticas de otras administraciones; ejecución de programas de actuación en materia de ahorro energético y diversificación energética y energías alternativas, renovables y asesoramiento energético. Tiene naturaleza jurídico privada y reviste la forma de sociedad anónima regida por sus propios Estatutos, por la Ley de Sociedades Anónimas, Código de Comercio y demás normas de aplicación. Por último, se ha de señalar que se encuentra adscrita a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la CAM (informe pericial aportado como documento 23 de la empresa y documento 13 y Estatutos Sociales aportados como documento 9 acompañado a la demanda).

QUINTO

La Ley 5/11 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012 aprueba el presupuesto de GEDESMA en la cantidad de 22.492.208 euros, siendo el del año 2011 (Ley 8/lo de 23 de diciembre) de 32.713.140 euros y el de 2010 (Ley 9/2009 de 23 de diciembre) de

35.388.593 euros.

(documentos 6, 7 y 8 demandada)

Los gastos de personal de GEDESMA en el año 2011 ascendían a 1.954.745 euros. En el Presupuesto de Gedesma para 2012 ascienden a la misma cantidad (documento 11 acompañado a la demanda y 9 empresa)

Por resolución de 28 de marzo de 2012 de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid se autorizó a GEDESMA para el año 2012 una masa salarial de 1.457.274,6l euros ( documento n° 31 de la parte demandada).

SEXTO

Se aportan como documentos 10 y 32 de Gedesma las Cuentas anuales de los ejercicios 2009 a 2011 que arrojan las siguientes cifras:

En 2009 el Importe neto de la cifra de negocio ascendió a l6.581.266,74 euros, los gastos de personal a

2.102.29805 euros, el resultado explotación fue de 3.396.578,65 euros, y por último, el resultado del ejercicio fue de 3.216.497,11 euros.

En 2010 el Importe neto de la cifra de negocio ascendió a l7.601.l41,93 euros, los gastos de personal a 2.015.933,56 euros, el resultado explotación fue de l.733.ll4,81 euros, y por último, el resultado del ejercicio fue de 1.256.758,98 euros.

En 2011 el Importe neto de la cifra de negocio ascendió a 17.499.781,39 euros, los gastos de personal a 2.201.l16,98 euros, el resultado explotación fue de - 430.359,11 euros, y por último, el resultado del ejercicio fue de - 368.149,l4 euros. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid en su sesión de 21 de junio de 2012, con carácter previo a su remisión a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, ha prestado su conformidad a la idoneidad formal de las cuentas anuales e informe de gestión de GEDESMA correspondientes al ejercicio 2011 auditadas por FINESGAC SL ( documento n° 11 de la parte demandada

SEPTIMO

La Ley 9/2010 de 23 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Racionalización del Sector Público, recoge en su Disposición Adicional Tercera un mandato para que se proceda a la reordenación del sector público mercantil, en el caso de Gedesma mediante la enajenación de las participaciones que la Comunidad de Madrid tiene en esta sociedad (documento 14 empresa)

OCTAVO

Se adjunta como documento 17 y 18 empresa distintos comunicados entre GEDESMA y la CAM en relación con los controles financieros realizados por la Subdirección General de Control Financiero relativas a las ayudas de 10$ Fondos de Cohesión, cuyo contenido se tiene por reproducido.

NOVENO

Como documento 19 de la empres se aporta la Resolución del Jurado territorial de expropiación de la CAM de 23 de enero de 2009 que acuerda no haber lugar a tramitar la solicitud de Gedesma de fijación de justiprecio de una franja de terreno de 15.450 m2 en San Fernando de Henares propiedad del Ministerio de Defensa.

DECIMO

Se aporta como documento 20 empresa el Plan regional de residuos Urbanos 2006-2016.

DECIMOPRIMERO

En el mes de noviembre de 2011 la empresa demandada contaba con 42 empleados distribuidos en los siguientes Departamentos: Directora Gerente, Secretaría de Dirección, Departamento Administrativo con cuatro áreas (Recursos Humanos; Financiera; Servicios Generales y Sistemas), Area Jurídica y Departamento Técnico con cinco áreas (Soporte Técnico Administrativo; Ingeniería y Explotaciones; Proyectos y Obras Ambientales; Obra Civil y Gestión Ambiental)

Dentro del Area Jurídica había tres personas, una de ellas el coordinador D. José, con categoría de Titulado Superior al igual que el segundo miembro del Departamento mientras que el tercero tenía la categoría de Oficial Administrativo. Las funciones de este Departamento son la elaboración de informes, contratos, convenios y acuerdos de empresa, la representación de la compañía en instancias judiciales o administrativas, elaboración y tramitación de procedimientos de licitación de contratos y otros procedimientos de contratación y gestiones relacionas con la sociedad como asistencia a juntas de accionistas y su consejo de administración, así como la elaboración de actas y realización de gestiones en notarías y registros mercantiles. Los dos titulados superiores tenían las mismas funciones en cuanto a elaboración de documentos y procedimientos de licitación y contratación pública si bien el Coordinador se ocupaba de los más complejos y laboriosos.

Dentro del Área de Obra civil del departamento técnico a dicha fecha había cinco personas: una Jefa de Area, un Coordinador y tres Responsables de Proyecto. Las funciones de este departamento o área son la elaboración de estudios, como pueden ser de viabilidad técnica y económica, de impacto ambiental o anteproyectos para la posterior realización de obras, elaboración y tramitación de proyectos de licitación y concursos, dirección facultativa de obras y Programación y gestión de Fondos europeos mediante la planificación de inversiones, la solicitud de financiación, la modificación de decisiones la elaboración de informes, el control de gastos y la asistencia a auditores.

Esta Área fue creada para la construcción de una serie de plantas de tratamiento de residuos y la construcción de varios...

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