STSJ Andalucía 3219/2012, 8 de Noviembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3219/2012
Fecha08 Noviembre 2012

Recurso nº 2363/12 (JM)

Excmo. Sr.:

D. Antonio Reinoso y Reino, Presidente de la Sala

Iltmos. Sres.:

D. Luis Lozano Moreno

Dª Carmen Pérez Sibón, ponente

En Sevilla, a 8 de noviembre de 2012 .

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 3219/2012

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Comisiones Obreras, contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Córdoba, Autos nº 1454/11; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Carmen Pérez Sibón, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Comisiones Obreras, contra Unión General de Trabajadores y empresa Dalkia Energía y Servicios S.A., se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 08/05/12, por el Juzgado de referencia, en la que se desestima la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" I.- El 7 de abril de 2011 se presentó por el sindicato UGT solicitud de preaviso de elecciones sindicales en la empresa DALKIA ENERGÍA Y SERVICIOS S.L., para el Hospital Provincial de Córdoba, para los trabajadores de mantenimiento de dicho hospital, fijando como fecha de iniciación del proceso electoral el 10 de mayo de 2011. La empresa contaba al momento del preaviso con 10 empleados, y el resultado de las elecciones ha sido de 1 representante para UGT.

Asimismo con fecha 17 de mayo de 2011 se presentó por el mismo sindicato solicitud de preaviso de elecciones sindicales en la empresa DALKIA ENERGÍA Y SERVICIOS S.L., para el Hospital del Valle de los Pedroches de Pozoblanco, para los trabajadores de mantenimiento de dicho hospital, fijando como fecha de iniciación del proceso electoral el 20 de junio de 2011. La empresa contaba al momento del preaviso con 9 empleados, y el resultado de las elecciones ha sido de 1 representante para UGT.

Igualmente con fecha 14 de marzo de 2011 se presentó por el mismo sindicato solicitud de preaviso de elecciones sindicales en la empresa DALKIA ENERGÍA Y SERVICIOS S.L., para el Hospital de Montilla, para los trabajadores de mantenimiento de dicho hospital, fijando como fecha de iniciación del proceso electoral el 14 de abril de 2011. La empresa contaba al momento del preaviso con 13 empleados, y el resultado de las elecciones ha sido de 1 representante para UGT y el suplente para Comisiones Obreras, el Sr. Bernabe (folio 119).

También con fecha 20 de junio de 2011 se presentó por el mismo sindicato solicitud de preaviso de elecciones sindicales en la empresa DALKIA ENERGÍA Y SERVICIOS S.L., para el Hospital Reina Sofía de Córdoba, para los trabajadores de mantenimiento de dicho hospital, fijando como fecha de iniciación del proceso electoral el 25 de julio de 2011. La empresa contaba al momento del preaviso con 32 empleados, y el resultado de las elecciones ha sido de 3 representantes para UGT.

Asimismo con fecha 28 de octubre de 2011 se presentó por el mismo sindicato solicitud de preaviso de elecciones sindicales en la empresa DALKIA ENERGÍA Y SERVICIOS S.L., para el Distrito Sanitario de Córdoba (calle José María Pemán local Bajo B), para los trabajadores de mantenimiento de dicho Distrito, fijando como fecha de iniciación del proceso electoral el 29 de noviembre de 2011. La empresa contaba al momento del preaviso con 11 empleados, y el resultado de las elecciones ha sido de 1 representante para UGT.

  1. El 1 de febrero de 2012 la empresa cesó en el servicio en el Hospital de Montilla, entrando la empresa INGESAN - GRUPO OHL, que subrogó a los trabajadores, habiendo presentado UGT nuevo preaviso el 30 de marzo de 2012, fijando como fecha de iniciación del proceso electoral el 30 de abril de 2012.

    En el año 1999 se celebraron elecciones sindicales en el Hospital Provincial de Córdoba, en la empresa demandada, siendo elegido representante de los trabajadores D. Felix, de COMISIONES OBRERAS.

    En el año 2007 se celebraron de nuevo elecciones sindicales en el Hospital Provincial de Córdoba, siendo elegido suplente D. Felix, de COMISIONES OBRERAS (folio 124), celebrándose asimismo en el Hospital Valle de los Pedroches y en el Hospital Reina Sofía, en el mismo año, y en 2008 en el Hospital de Montilla.

    En los lugares anteriores cuando hay una baja de algún trabajador de la empresa la misma no se cubre con otro de distinto Hospital donde presta sus servicios la empresa demandada, sino que se contrata uno nuevo, o sea, el trabajador de Montilla no suple al de Córdoba, o éste al de Pozoblanco.

  2. Se interpuso por la actora demanda de conciliación ante el CEMAC el 22 de noviembre de 2011, intentándose sin efecto el 15 de diciembre de 2011 respecto de la empresa, que no compareció, y sin avenencia respecto del sindicato demandado."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en el presente procedimiento, estimó la demanda interpuesta por el Sindicato Comisiones Obreras de Andalucía, que había solicitado la nulidad del preaviso electoral presentado por el Sindicato UGT en la empresa Dalkia Energía y Servicios S.A. para el Hospital Provincial de Córdoba, en relación con los trabajadores de aquélla que prestan servicios de mantenimiento en el indicado Hospital.

Desestimada la pretensión se alza en suplicación el Sindicato actor, articulando su recurso en un único motivo que formula al amparo del art. 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral, y en el que denuncia la infracción de los arts. 1.5 y 67.1 y 2 ...

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