STSJ Galicia 4796/2012, 28 de Septiembre de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4796/2012
Fecha28 Septiembre 2012

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 3135/09 CG

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

SALA DE LO SOCIAL - SECRETARÍA D./Dña. FRANCISCO JAVIER GAMERO -PELÁEZ

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003135 /2009 CG

Materia: OTROS DCHOS. LABORALES

Recurrente/s: INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES (IMSERSO)

Recurrido/s: Delfina

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de FERROL DEMANDA 0000852 /2008

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

ROSA MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ

EMILIO FERNANDEZ DE MATA

PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

En A CORUÑA, a veintiocho de Septiembre de dos mil doce.

Habiendo visto las presentes actuaciones la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACION 0003135 /2009, formalizado por el LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en nombre y representación de INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES (IMSERSO), contra la sentencia de fecha 20 DE MARZO DE 2009, dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de FERROL en sus autos número DEMANDA 0000852 /2008, seguidos a instancia de Delfina frente a INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES (IMSERSO), en reclamación por OTROS DCHOS. LABORALES, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. EMILIO FERNANDEZ DE MATA, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia referenciada anteriormente que estimó la demanda. SEGUNDO.- Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

La demandante Dª Delfina, con DNI num NUM000, viene prestando servicios par cuenta y dependencia del demandado, en el centro de trabajo Centro de Atención a Minusválidos Físicos CAMF de Ferrol, con categoría profesional de Oficial de Actividades Especificas.

SEGUNDO

Con fecha 11/04/2008 la demandante solicito del demandado el cambio de puesto de trabajo par otro más adecuado a sus dolencias acompañando a el escrito de solicitud informe médico de facultativo del correspondiente centro de atención primaria de la sanidad pública en el que en relación a la demandante se .refiere: «La paciente presenta los siguientes problemas médicos: 1.Escoliosis lumbar. 2. Cervicobraquialgia crónica con contracturas de la musculatura cervicobraquial. 3. Dorsalgia crónica. 4. Síndrome del Túnel Carpiano. 5. Síndrome fibromiálgico. 6. Hernia discal cervical (05-C6) con compresión de la cara ventral del saco tecal y estenosis del canal raquídeo (RMN en noviembre de 2007) Las patologías citadas se ven empeoradas por el desempeño de trabajos que conlleven esfuerzos físicos, como el levantar pesos o empujar cuerpos pesados. Se recomienda que la paciente sea destinada a un puesto de trabajo con menos carga física por el riesgo de agravamiento de su patología». TERCERO.- Requerida la demandante por el demandado en fecha 26/05/2008 para la aportación de informes médicos relacionados con sus dolencias, la demandante en fecha 18/07/2008 aportó, entre otros informe de RM de Columna Cervical de fecha 10/10/2007 con hallazgos de hernia discal en C5 C6 la cual comprime la cara ventral del saco tecal y provoca estenosis del canal raquídeo informe corto de asistencia de consultas externas de neurología del Sergas con juicio clínico de Mielopatía cervical, informe corto de asistencia de fecha 02/12/2004 de reumatología con juicio clínico de artromialgia generalizada compatible con síndrome fibromiálgico en contexto de Síndrome ansioso, e informe de especialista de reumatología de 28/02/2006 que mantiene el juicio clínico por el que se había emitido parte de interconsulta por entre otras dolencias escoliosis lumbar, cervicobraquialgia crónica; síndrome del túnel carpiano, síndrome fibromiálgico en contexto de ansiedad. CUARTO.- Remitida por oficio del demandado de 21/07/2008 solicitud y documentación Médica de la demandante al Servicio de Prevención y Salud Laboral, por este servicio en escrito de fecha 22/10/2008 se comunica al demandado que, una vez estudiados los informes médicos aportados y reconocida la trabajadora el día 15/09/2008, en el momento actual se encuentra en situación de incapacidad temporal causada por la patología cervical a la que aluden los informes situación que ha sido prorrogada por el EVI mientras está a la espera de la valoración por neurocirugía. En resolución del INSS de 26/02/2009 se resolvió declarar la extinción de la prestación de incapacidad temporal e iniciar un expediente de incapacidad permanente. QUINTO.- Las tareas que corresponde realizar a la demandante en su puesto de trabajo referidas en la evaluación de puestos del servicio de prevención son las propias de cuidador de los residentes e incluyen: aseo, baño, y vestido, corte de uñas, afeitado, colocación de colectores y cambio de bolsas de orina, recogida y remisión de ropa a lavandería, recogida, reparto y colocación de ropa limpia en los armarios, cambio de pañales y limpieza de residentes, movilizaciones de residentes: sillacama-silla, movilizaciones de cama-bañera silla o cama, realizar camas de pacientes encamados, repartir desayunos-comidas cenas, dar en plantas desayunos-comidas cenas, dar en comedor desayunos-comidascenas, limpieza de carros de curas, reparto de agua en habitaciones, atención a residentes, ayuda en sala de fisioterapia, ayuda en terapia ocupacional, anotaciones en cada turno de los controles e incidencias ocurridas, lavado dientes, arreglo de armarios y orden en habitaciones limpieza de grúas, sillas, camillas patios y otros elementos, limpieza y desinfección de curas y conejos, acompañamiento de residentes al exterior, ayuda en juegos de mesa. SEXTO.- A fecha 10/03/2009 en el CAMF Ferrol existe, entre otras plazas vacantes, la identificada como NUM001 de Ordenanza. SEPTIMO.- Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por Dª Delfina contra el IMSERSO, debo declarar y declaro el derecho de la demandante al cambio de puesto de trabajo par otro más adecuado a sus dolencias, concretado en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 17 de Septiembre de 2013
    • España
    • 17 Septiembre 2013
    ...Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de fecha 28 de septiembre de 2012, recaída en el recurso de suplicación nº 3135/2009 , que resolvió el formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Ferrol, dictada el 20 de marzo de 2009 , en los autos de juic......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR