STSJ Comunidad Valenciana 1385/2012, 17 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1385/2012
Fecha17 Mayo 2012

2 R.C.Sent nº 3167/11

Recurso contra Sentencia núm. 3.167/2011

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

Presidente

Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

Ilma.Sra-Dña. María del Carmen López Carbonell

En Valencia, a diecisiete de mayo de dos mil doce

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1.385 de 2.012

En el Recurso de Suplicación núm. 3167/11, interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de junio de 2011, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 de Valencia, en los autos núm. 547/10, seguidos sobre Cantidad, a instancia de Dña. Ana, contra Soluciones Integrales de Levante SL. Telefónica de España SAU y el FOGASA, y en los que es recurrente la codemandada Telefónica de España SAU, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 3 de junio de 2011 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª. Ana contra las empresas SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE S.L, y, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A debo condenar y condeno a SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE S.L, a abonar a la parte actora la cantidad de 3.367#24 euros, mas el 10% anual de dicha cantidad por intereses de demora ; sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria el FOGASA en caso de insolvencia empresarial; y; absolviendo a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A de la pretensión en su contra deducida.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Que la demandante Dª. Ana con DNI nº NUM000, prestó servicios por cuenta y dependencia de la empresa SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE S.L con CIF B 97517890c, dedicada a la actividad de comercialización de telefonía fija global a profesionales y autónomos en Valencia y Alicante, desde el 4-9-06, con la categoría profesional de Jefe de Ventas (nivel 2) y salario diario bruto prorrateado de 112#24 euros. SEGUNDO.- Dicha relación se formalizó mediante la suscripción por las partes de un contrato de trabajo indefinido a tiempo completo en cuya cláusula décima se pactó la aplicación el Convenio Colectivo de Telemarketing.TERCERO.- Que por sentencia firme de fecha 15-7-10 dictada en los autos nº 348/10 sobre despido seguidos en el Juzgado de lo Social nº1 de Valencia, se declaró la improcedencia del despido de la actora de fecha 28-2-10 al tiempo que se extinguió su relación laboral por ser imposible la readmisión. En dicha sentencia se concluyó que lo percibido por la trabajadora en concepto de dietas y plus transporte( Habiwensoloas percibido en cuantía fija de 120 euros/mes cada uno) era salario, determinándose un salario diario bruto prorrateado a efectos del despido de 112#24 euros, que incluye las citadas dietas y plus transporte.CUARTO.- Que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valencia ha extendido actas de liquidación de cuotas a la empresa SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE S.L, por defecto de cotización de los importes abonados a la actora y a otros trabajadores en concepto de dietas y plus transporte por el periodo de 9/08 a 1/10.QUINTO.- Que finalizada la relación laboral entre el actor y la empresa SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE S.L, ésta no ha abonado al actor las siguientes cantidades devengadas en su prestación de servicios en concepto de liquidación y finiquito:Febrero 10 Salario base = 2.680#50 euros.Paga.extra = 446#74 euros Plus dietas = 120#00 euros. Plus transporte = 120#00 euros.Total................= 3.367#24 euros.SEXTO.- Que en fecha 16-3-05 las empresas SOLUCIONES

INTEGRALES DE LEVANTE S.L ( como EL CONTRATISTA) y TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A, firmaron un Acuerdo de Agencia cuyo objeto era el establecimiento de los términos y condiciones generales que serán de aplicación a la realización por el CONTRATISTA, de gestiones comerciales por cuenta de Telefónica.En fecha 28-10-08 ambas mercantiles suscribieron un "Anexo al Contrato de Agencia .Acuerdo Marco de Campañas de Ventas", que obrando en autos se da por reproducido en su integridad, con el objeto de recibir y gestionar los registros de compradores potenciales que le facilite telefónica para apoyar la actividad comercial que realiza por cuenta de dicha empresa, contando para ello con los medios humanos y técnicos adecuados para ello. SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE S.L facturaba todos los meses comisiones a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.SÉPTIMO- Con fecha 10-3-10 se presento papeleta de conciliación respecto de la empresa SOLUCIONES INTEGRALES DE LEVANTE S.L, ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación -SMAC-, celebrándose el acto conciliatorio el día 30-3- 10, terminado con el resultado de "intentado sin efecto".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada Telefónica de España SAU siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. Se recurre por la empresa Telefónica de España, S.A.U. (en adelante, Telefónica) la sentencia de instancia que la condenó como responsable solidaria de la empresa Soluciones Integrales de Levante, S.L., a abonar a la trabajadora la cantidad de 3.367,24 euros, más el 10% de interés por mora, por los salarios adeudados a la finalización de la relación laboral que mantuvieron la actora y Soluciones Integrales de Levante, S.L.

  1. En los dos primeros motivos del recurso se solicita al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL) de 1995 -cuya aplicación al presente litigio se deriva de la disposición transitoria segunda de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social - la revisión de los hechos probados primero y sexto de la sentencia recurrida en los siguientes términos:

  1. Que en el hecho primero se diga que la actividad de la empresa Soluciones Integrales de Levante, S.L. es la de telecomunicaciones - telefonía, siéndole de aplicación el convenio colectivo del sector de...

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