SAP Ciudad Real 166/2012, 28 de Junio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 166/2012 |
Fecha | 28 Junio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00166/2012
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION PRIMERA
CIUDAD REAL
APELACION PENAL
Rollo nº80/12
Juicio de Faltas nº42/12
Juzgado de 1ª Inst. e Instr. de Almagro
SENTENCIA nº99
En CIUDAD REAL a veintiocho de Junio de dos mil doce
El Ilmo. Sr. D. Luis Casero Linares, Magistrado de la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, constituida como órgano unipersonal, conforme a lo dispuesto por el art. 82.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio de Faltas nº42/12 del Juzgado de Instrucción de Almagro, seguidas por una falta de lesiones con los que se ha formado el Rollo de Apelación nº80/12 en los que figuran como apelantes D. Juan Luis y D. Alejandro, representados por el Procurador D. Juan Villalón Caballero y defendidos por el Letrado D. Miguel Sánchez Torres y como apelados D. Belarmino y Dª. Tamara
, habiendo intervenido el Ministerio Fiscal.
El Juez de JDO.PRIMERA INST. /INSTRUCCION nº1 de ALMAGRO, con fecha dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes: "Único.- Se considera probado y así se declara que el día 7 de abril de 2010 Belarmino acompañado de su madre Tamara se dirigió a la gasolinera Saras de Bolaños de Calatrava coincidiendo con Alejandro que iba en bicicleta y con Juan Luis quien también fue al precitado lugar. Que estando allí discutieron y Alejandro y Juan Luis golpearon a Belarmino . Que al ver que golpeaban a su hijo, Tamara se bajó del vehículo y los denunciados le dieron un puñetazo en el ojo, otro en la boca y un golpe en el pie.
A consecuencia de la agresión Belarmino sufrió eritema en la oreja izquierda y eritemas alargados en cuello lateral derecho y cara, necesitando 3 días no impeditivos para alcanzar la sanidad.
A consecuencia de la agresión Tamara sufrió contusiones en la oreja derecha, en la boca y en el mentón y contusión en el pie derecho. Precisó de 10 días no impeditivos para alcanzar la sanidad, quedándole como secuela algia postraumática en el primer dedo del pie derecho que el Forense valora en 1 punto".
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:"Que debo condenar y condeno al denunciado Alejandro, como autor responsable de dos faltas de lesiones, a la pena de dos meses de multa a razón de 8 euros diarios o, en caso de impago, a un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.
Asimismo en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a Belarmino en la suma de 86,64 euros y a Tamara en la suma de 955,62 euros.
Se imponen al condenado la mitad (1/2) de las costas de presente procedimiento.
Que debo condenar y condeno al denunciado Juan Luis, como autor responsable de dos faltas de lesiones, a la pena de dos meses de multa a razón de 8 euros diarios o, en caso de impago, a un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.
Asimismo en concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a Belarmino en la suma de 86,64 euros y a Tamara en la suma de 955,62 euros.
Se imponen al condenado la mitad (1/2) de las costas del presente procedimiento.
Adviértase a los condenados de que si no satisfacen voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta quedarán sujetos a una...
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