SAP A Coruña 379/2012, 12 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución379/2012
Fecha12 Julio 2012

SENTENCIA Nº 379/12

ROLLO: RJ 663/12

Órgano de Procedencia: JDO. DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE A CORUÑA.

Procedimiento: Juicio de Faltas nº 178/11.

RCT: Luis y Segismundo

Ltd. Sr. Veiga Vázquez

RCD: MINISTERIO FISCAL y Juan María

Proc. Sra. Gómez-Portales Gonzáles

Ltd. Sr. Blazquez Fragoso

EL ILMO. SR.D. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS, como Tribunal unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado.

EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a 12 de julio de 2012.

En el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 6 de A Coruña, en juicio de faltas nº 178/2011, sobre amenazas, figurando como apelante Luis y Segismundo

, y como apelados el MINISTERIO FISCAL y Juan María .-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que en el juicio de faltas aludido se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Luis Y Segismundo como autores criminalmente responsable de una FALTA DE AMENAZAS a sendas penas de diez días de multa con una cuota diaria de seis euros (60 euros) a cada uno de ellos que en caso de resultar impagada podrán ser sustituidas por un día de privación de libertad, la cual podrá cumplirse mediante localización permanente, por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas procesales.".-

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por el/los recurrente/s mencionado/s en el encabezamiento, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados que establece el artículo 790-5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las restantes partes, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para su resolución, correspondiendo por reparto a esta Sección Primera con el número de Rollo arriba expresado.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.

hechos probados Se aceptan los de la resolución recurrida, cuyo contenido literal se tiene por reproducido de cara a una mayor brevedad de la presente.

fundamentos jurídicos
PRIMERO

Basta con la remisión a lo razonado en la sentencia de instancia, al amparo del privilegio de la inmediación y sin defecto material lógico, para cerrar la vía tomada para la...

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