SAP A Coruña 380/2012, 12 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución380/2012
Fecha12 Julio 2012

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

A CORUÑA

SENTENCIA: 00380/2012

ROLLO: RJ 656/12

Órgano de Procedencia: JDO. DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE MUROS.

Procedimiento: Juicio de Faltas nº 78/11.

RCT: Segismundo y Jesús Carlos

Ltad Sra. Domínguez Arufe

RCD: MINISTERIO FISCAL

EL ILMO. SR.D.IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS, como Tribunal unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado.

EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

S E N T E N C I A

En A CORUÑA, a 12 de julio de 2012.

En el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Muros, en juicio de faltas nº 78/11, sobre lesiones, figurando como apelante Segismundo y Jesús Carlos

, y como apelado el MINISTERIO FISCAL .-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que en el juicio de faltas aludido se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a D. Jesús Carlos y D. Segismundo como responsables en concepto de autores, cada uno de ellos, de una falta de lesiones tipificada en el art. 617-1 del Código Penal, a una pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 8 euros, para el primero y 5 euros para el segundo, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y a que indemnice, conjunta y solidariamente, a D. Constancio en 939'59 euros por los días de curación derivados de las lesiones causadas, así como que los gastos médico-farmacéuticos, incluidos los gastos de la Unidad de Urgencias, que se acrediten en ejecución de Sentencia. Con imposición de las costas a ambos por iguales partes.".-

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por el/los recurrente/s mencionado/s en el encabezamiento, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados que establece el artículo 790-5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las restantes partes, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para su resolución, correspondiendo por reparto a esta Sección Primera con el número de Rollo arriba expresado.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales. hechos probados

Se aceptan los de la resolución recurrida, cuyo tenor se da por reproducido en aras a la brevedad de la presente.

fundamentos jurídicos
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