STSJ Canarias 299/2010, 22 de Marzo de 2010

JurisdicciónEspaña
Número de resolución299/2010
Fecha22 Marzo 2010

En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de marzo de 2010. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la

Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Ignacio Duce Sánchez De Moya (Ponente) Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Ernesto contra sentencia dictada el día 17 de noviembre de 2008 en los autos de juicio nº 0000349/2008 en proceso sobre DESPIDO, y entablado por D./Dña. Ernesto y Cartográfica De Canarias S.A., contra Consejería De Medio Ambiente Y Ordenación Territorial .

Es Ponente, el Iltmo. Sr. D. Ignacio Duce Sánchez De Moya, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"PRIMERO.- El actor, con D.N.I. nº NUM000, ha venido prestando sus servicios para la empresa GRAFCAN (empresa pública constituida en un 80% de participación por el Gobierno de Canarias, un 10% del Cabildo de Gran Canaria, y un 10% del Cabildo de Tenerife), desde 12.04.2004, desarrollando su trabajo en el Servicio de Estrategia e Información territorial de la Viceconsejería de Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias, hasta el 01.04.2008, en el que es trasladado a la sede de GRAFCAN.

SEGUNDO

Que la parte actora ha suscrito el siguiente íter contractual con Grafcan:

  1. - Contrato de arrendamiento de servicios de Consultoría y asistencia técnica para la prestación de servicios de especificación del sistema de información territorial del Gobierno de Canarias, desde 12.04.2004 a 12.04.2005, por valor de 24.988,52 euros (folios 193-197).

  2. - Contrato de arrendamiento de servicios de Consultoría y asistencia técnica para la prestación de servicios de especificación del sistema de información territorial del Gobierno de Canarias, desde 12.04.2005 a 12.04.2006, por valor de 24.988,52 euros (folios 198-202).

  3. - El actor continúa prestando sus servicios sin cobertura contractual.

  4. - Contrato de arrendamiento de servicios de Consultoría y asistencia técnica para la prestación de servicios de especificación del sistema de información territorial del Gobierno de Canarias, desde 06.06.2007 a 31.12.2007, por valor de 25.900 euros anuales. Previa convocatoria pública de concurso en el BOC nº 98, de 16.05.2007 (folios 204-205)

TERCERO

Las codemandadas suscribieron Convenio Marco para la realización, actualización, y gestión de la cartografía digitalizada de las Islas Canarias el 01.04.1992 (folio 665), estableciendo en su estipulación primera que el objeto del mismo era el regular las encomiendas de la Consejería de Política Territorial a la Empresa Cartográfica de Canarias, S.A. para la realización por ésta dentro del ámbito territorial de las Islas Canarias, y previo encargo formal por la Consejería de Política Territorial de todas o algunas de las siguientes actuaciones:

  1. Encargar a empresas:

    1. - La realización de vuelos fotogramétricos a diferentes escalas así como los apoyos de campo y aéreotriangulación de los mismos.

    2. - La realización de la cartografía digitalizada a diferentes escalas.

    3. - Elaborar y actualizar material cartográfico.

    4. - Ejecutar los trabajos que se le encarguen.

    5. - Realizar cualquier tipo de estudio o trabajo urbanístico relacionado con la cartografía que se considere oportuno.

  2. Control y seguimiento de los trabajos contratados.

  3. Pago de los honorarios a los técnicos o empresas contratados.

  4. Iniciar la tramitación de la documentación necesaria para la aprobación y ejecución de trabajos de realización de vuelos fotogramétricos y cartografía digitalizada de las Islas Canarias en diferentes escalas.

  5. Cuantas gestiones y actuaciones sean necesarias para la correcta ejecución de los trabajos que le sean encomendados.

CUARTO

Las codemandadas suscribieron Convenio Marco regulador de las relaciones entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias y Grafcan, en fecha de

26.12.2006 (folio 668), estableciendo en su estipulación primera que el objeto del mismo era el regular las relaciones jurídicas de derecho entre la Consejería de Política Territorial y Cartográfica de Canarias, S.A. cuando aquella decida encomendarle a esta empresa la ejecución de las obras, trabajos asistencias técnicas, consultorías suministros fabricación de bienes muebles y prestación de servicios siempre dentro de su objeto social y que sean precisos para el ejercicio de sus respectivas competencias y funciones, así como las que resulten complementarias y accesorias a las mismas.

QUINTO

Con fecha de 16.05.2005 fue dictada Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial por la que se encargaba a la sociedad Grafcan la asistencia técnica denominada "producción y mantenimiento de datos del sistema de información geográfica de Canarias", a los efectos de realizarse antes del 31.12.2005 (folios 672-675).

SEXTO

Con fecha de 07.12.2006 fue dictada Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial por la que se encargaba a la sociedad Grafcan la asistencia técnica denominada "producción y mantenimiento de datos del sistema de información geográfica de Canarias", a los efectos de realizarse antes del 29.12.2006 (folios 678-682).

SÉPTIMO

Orden de 29.12.2006 fue modificada la Orden de 07.12.2006, en cuanto a un reajuste de anualidades hasta el 29.12.2009.

OCTAVO

El actor ha venido desarrollando sus funciones en el Servicio de Estrategia e Información territorial de la Viceconsejería del Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias desde el inicio de la relación laboral, en el Edificio de Usos Múltiples, bajo las directrices del Jefe de Servicio de la misma, realizando el mismo trabajo que el resto de funcionarios, en el mismo régimen horario, utilizando los medios materiales de la administración, teniendo un usuario para acceder al sistema informático del Gobierno de Canarias.

NOVENO

Las funciones que realizaba el actor eran las siguientes (folio 2, interrogatorio del actor y testifical):

  1. - Representación de la Consejería en reuniones de seguimiento de proyectos.

  2. - Planificación de las encomiendas de gestión de servicios, interviniendo en su planificación, elaboración y seguimiento.

  3. - Trámite de solicitudes, escrito y planificación del servicio.

  4. - Trabajos de coordinación y protocolos de procedimientos para la carga de datos de la Viceconsejería en la página Web. 5.- Modelo de gestión para el seguimiento de proyectos I+D+I en coordinación con el Jefe de la Unidad.

  5. - Trámites varios de solicitudes, escritos y planificación del servicio.

DÉCIMO

El actor percibía mensualmente una cantidad fija de dinero, así desde 2004 a febrero de 2007 la cantidad de 1.937,39 euros, desde marzo a mayo de 2007, la cuantía de 1.770,73 euros; en junio de 2007 la cantidad de 1.748,25 euros; desde julio de 2007 a diciembre de 2007, la cantidad de 1.834,58 euros; y en octubre de 2007 y desde enero a abril de 2008, la cantidad de 1.748,25 euros (folios 206-210).

UNDÉCIMO

El actor está dado de alta en régimen especial de autónomo desde mayo de 2006 hasta mayo de 2008 (folios 359-361).

DUODÉCIMO

El actor se encontraba de alta en la Declaración Censal de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria desde 01.04.2004.

DECIMOTERCERO

El Viceconsejero de Ordenación Territorial solicita el 20.04.2004 el acceso del actor fuera de la jornada laboral durante tres meses como asesor del Consejero (folio 239).

DECIMOCUARTO

La empresa Grafcan proporcionó un ordenador en la Viceconsejería en la que prestaba servicios el actor, instalando un visor de información geográfica de mapas, no siendo el único ordenador en la CCAA que lo tiene instalado, y sin que conste si era utilizado única y exclusivamente por el actor.

DECIMOQUINTO

El actor interpuso demanda por Modificación Sustancial de las condiciones de trabajo, al ser trasladado a la sede de Grafcan el 01.04.2008, con incorporación el 2 de abril, tras cuatro años de prestación de servicios en la citada Viceconsejería.

DECIMOSEXTO

Posteriormente el actor interpone demanda sobre derechos y el 13 de junio de 2008 se dicta Sentencia en este juzgado, procedimiento número 192/2008, declarando la existencia de una cesión ilegal de trabajadores, condenando a las codemandadas (folios 188-192).

DECIMOSÉPTIMO

Al actor se le notifica la finalización de su contrato, por burofax emitido el

21.05.2008 con efectos de fecha 06.06.2008 (folio 286).

DECIMOCTAVO

El actor una vez regresa a las dependencias de GRAFCAN no realiza actividad alguna, manteniéndole vacío su puesto de trabajo hasta el 06.06.2008 momento en que cesa en la empresa (folio 5).

DECIMONOVENO

Con fecha 16 de junio el actor presenta demanda de despido, calificándolo como nulo, al entender el despido, como una represalia, al haber presentado varias demandas contra las codemandadas.

VIGÉSIMO

La parte actora no ostenta ni han ostentado en el año anterior la condición de representante legal o sindical de los trabajadores.

VIGÉSIMO
PRIMERO

Con fecha 16.06.2008 el actor presenta la preceptiva reclamación administrativa previa siendo expresamente desestimada el 07.07.08 (folios 365-368) y la conciliación previa el 29.05.08 (folios 696-698); e interpone la demanda el día 16 de junio de 2008".

SEGUND...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 21 de Diciembre de 2010
    • España
    • 21 Diciembre 2010
    ...del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Las Palmas de fecha 22 de marzo de 2010, en el recurso de suplicación número 901/2009, interpuesto por D. Juan Ignacio, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Gáldar de fecha 17 de noviembre de 2008,......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR