STSJ Comunidad de Madrid 777/2011, 28 de Noviembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 777/2011 |
Fecha | 28 Noviembre 2011 |
RSU 0001531/2011
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.6
MADRID
SENTENCIA: 00777/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6
MADRID
C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27
Tfno. : 91.493.19.46
N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001
40126
ROLLO Nº: RSU 1531-11
TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION
MATERIA: DERECHOS
Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N.24 de, MADRID
Autos de Origen: DEMANDA 89/10
RECURRENTE/S: Braulio
RECURRIDO/S: ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA SA Y MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID
En MADRID a veintiocho de Noviembre de dos mil once.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº777 En el recurso de suplicación nº 1531-11 interpuesto por el Letrado PEDRO FECED MARTINEZ en nombre y representación de Braulio, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 24 de los de MADRID, de fecha 3-12-10, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.
Que según consta en los autos nº 89-10 del Juzgado de lo Social nº 24 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Braulio contra, ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA SA Y MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA en reclamación de DERECHO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 3.12.10 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Se desestima la demanda presentada por D. Braulio, frente a "ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA SA" y MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, se absuelve a los demandados de las pretensiones contenidas en la demanda".
En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
El demandante, D. Braulio, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, viene prestando servicios para la empresa demandada ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A con una antigüedad reconocida del 1 de octubre de 2002, categoría profesional de Teleoperador Especialista un salario mensual de 1075,13 euros con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias. La relación laboral se inició con la empresa TELETECH COSTUMER SERVICES SPAIN S.L; el 1 de julio de 2004 se subrogó la empresa LEADER LINE SA.; el día 1 de agosto de 2004 se subrogó la demandada ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A (en adelante ATENTO).
La jornada laboral del demandante es del 96,1% del total (37,5 horas semanales).
El Convenio Colectivo de aplicación es el de las empresas de Contac Center, publicado en el BOE el 20 de febrero de 2008 y revisión salarial publicada el 5 de marzo de 2008.
El demandante, desde el inicio de la relación laboral (1 de octubre de 2002) ha venido prestando los mismos servicios relacionados con los contratos firmados por la empresa demandada y anteriores empresas empleadoras con el Ministerio de Economía y Hacienda para atender el servicio telefónico de información de la Dirección General del Catastro llamado "Línea Directa". El lugar de prestación de los servicios está en las dependencias de la Dirección General citada en Paseo de la Castellana, 272, Madrid.
Los servicios de la Línea Directa del CATASTRO son los siguientes:
Suministro de información:
-Información general sobre:
-estructura orgánica y funcional de la Dirección General del Catastro.
-trámites y documentos necesarios para cualquier actuación relacionada con el Catastro.
-documentos notificados por el Catastro (resoluciones, requerimientos, etc),
-estado de tramitación de los expedientes.
Asistencia en la cumplimentación de declaraciones catastrales, facilitándose información sobre los documentos a aportar en cada uno de los distintos modelos de declaración.
Información específica sobre los procedimientos de valoración colectiva, que incluye:
-aspectos generales sobre este tipo de procedimiento.
-recursos procedentes, plazos, etc.
-información sobre los datos individualizados contenidos en la notificación de los valores catastrales de los bienes inmuebles derivados de dichos procedimientos.
Información en 24 horas, para aquellas cuestiones que revisten una especial complejidad, a las que no se puede dar contestación inmediata. En estos casos, la Línea Directa contactará con el ciudadano en un plazo máximo de 24 horas, una vez resuelta su consulta con la intervención de funcionarios especializados.
Información sobre el contenido de la página Web del Catastro (www.catastro.meh.es) y sobre los programas informáticos que pueden ser obtenidos a través de la misma, así como sobre las utilidades de la Oficina Virtual del Catastro. Contestación de los correos electrónicos que se dirigen a la Dirección General del Catastro solicitando información catastral de carácter general o sobre el estado de tramitación de un expediente.
Fuera del horario de atención al público, el ciudadano puede solicitar cualquier tipo de información dejando su mensaje y su número de teléfono de contacto en el contestador automático de la LDC. A partir de las 14 horas del día siguiente se le facilitará la información requerida.
Citas previas.
Los ciudadanos pueden concertar una cita previa para acudir a la Gerencia o Subgerencia correspondiente y ser atendidos personalizadamente sobre materias que requieran la intervención de personal especializado, sin esperas.
Asimismo, durante los procedimientos de valoración colectiva, se facilitan citas previas en las oficinas de atención al público abiertas en los municipios afectados.
Gestión de los compromisos de la Carta de Servicios de la Dirección General del Catastro en materia de titularidad, certificados y quejas:
Quejas. A través de la Línea Directa, los ciudadanos pueden dar a conocer sus quejas por cualquier incumplimiento de la Carta de Servicios. En estos casos, la Gerencia o Subgerencia competente se deberá poner en contacto con el ciudadano en 48 horas con objeto de recabar la información complementaria que proceda para resolver el asunto en el menor plazo posible.
Cooperación con los Ayuntamientos durante el período voluntario y ejecutivo del IBI.
La Dirección General del Catrasto y la Federación Española de Municipios y Provincias han acordado la posibilidad de crear oficinas mixtas de información integral sobre gestión catastral y gestión tributaria del IBI, dotadas con funcionarios del Catastro y de las Entidades locales, para el período voluntario y ejecutivo del IBI, a las que la LDC prestará su apoyo concertado cita previa en dichas oficinas.
Esta experiencia de colaboración ya funciona con el Ayuntamiento de Madrid desde el año 2000.
Colaboración con la Agencia Tributaria en la Campaña de la Renta.
Desde el año 2003, durante los meses de abril a junio, la LDC viene colaborando con los servicios de información al público de la Agencia Tributaria en la Campaña de la Declaración del IRPF, prestando su apoyo I en la atención de aquellas cuestiones que han formulado los ciudadanos I en relación a los datos catastrales de sus inmuebles.
El pliego de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas del contrato firmado en ATENTO y la Dirección General del Catastro figura unido a los autos como documento 4 del expediente administrativo y se tiene por reproducido a todos los efectos.
Las funciones que realiza el demandante son las siguientes:
Suministro de información sobre estructura orgánica y funcional de la Dirección General del Catastro; trámites y documentos necesarios para cualquier actuación relacionada con el Catastro; documentos notificados por Catastro (resoluciones, requerimientos, trámites de audiencia, inspecciones); legislación relativa a todas éstas cuestiones.
Asistencia en la cumplimentación de declaraciones catastrales, informando además sobre documentación a aportar en cada caso. Mod: 901N, 902N, 903N, 904N. Lo relacionado con cambios de titularidad, obra nueva, ampliaciones, rehabilitaciones, segregaciones, agrupaciones, división horizontal, cambios de uso, derribos, etc.
Información específica sobre procedimientos de valoración colectiva en los municipios (aspectos generales, módulos aplicados para suelo o construcción, coeficientes correctores aplicados, operaciones sobre el cálculo del valor catastral, explicación de formulas para reducción y obtención base liquidable, recursos procedentes, plazos).
-Concertación de citas previas en las Gerencias Territoriales.
-Cooperación con el Ayuntamiento de Madrid durante el período voluntario del IBI. Información para gestión cambios de titularidad, plazos de pago de impuesto, tipo gravamen aplicado por Ayuntamiento, cita previa, cotejar datos. -Colaboración con la Agencia Tributaria en la campaña de RENTA (información sobre cuestiones relativas a inmuebles).
Búsqueda de referencias catastrales, o informar sobre como la puede localizar el contribuyente), aclaración de requerimientos.
-Información sobre el contenido de la página web del catastro, así como los programas informáticos y el manejo y utilidades de la Oficina Virtual del Catastro.
La supervisión y control del contrato de atención telefónica; desde la Dirección General del Catastro, se lleva a cabo por la Jefe del Area de Atención al Ciudadano Dª Gregoria .
El responsable de ATENTO respecto de los servicios que se prestan a la Dirección General del Catastro (en adelante CATASTRO) es, en la actualidad, D. Carlos Alberto que presta funciones como Supervisor; además hay varios coordinadores.
Las incidencias sobre vacaciones, permisos y demás cuestiones relacionadas con los trabajadores de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Murcia 50/2019, 23 de Enero de 2019
...existencia de cesión ilegal, el artículo 43 del ET en relación con la STS de 27 de enero de 2011, así como la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 28-11-2011, en relación con el artículo 53.2 del Texto Refundido de la ley del Catastro Inmobiliario, Real Decreto legislati......
-
STSJ Murcia 114/2019, 6 de Febrero de 2019
...continuación al amparo del apartado c) del art. 193 LJS, infracción del art. 43 ET y 53.2 RD 1/2004 de 5 de marzo y la sentencia del TSJMadrid de 28.11.11 (rec. 1531/11 ) y las sentencias del TS de 19.1.94, 12.12.97 y 27.1.11 La principal cuestión que se debate en el presente recurso se cen......
-
ATS, 27 de Septiembre de 2012
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 28 de noviembre de 2011, en el recurso de suplicación número 1531/11 , interpuesto por D. Eliseo , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 24 de los de Madrid de fecha 3 de diciembre de 2010 ,......