STSJ Cataluña 2839/2011, 19 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2839/2011
Fecha19 Abril 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2008 - 0023642

mi

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 19 de abril de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 2839/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por Paloma frente a la Sentencia del Juzgado Social 13 Barcelona de fecha 6 de octubre de 2008 dictada en el procedimiento Demandas nº 374/2008 y siendo recurrido -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de mayo de 2008 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 6 de octubre de 2008 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda formulada por DOÑA Paloma contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que DOÑA Paloma con DNI NUM000, nacida el 25-07-1953, afiliada y en situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con núm. de la S.S. NUM001, ostenta la profesión habitual de PANADERÍA-OBRADOR, VENTA DE PAN Y BOLLERÍA, teniendo solo un centro de trabajo y tres trabajadores a cargo de ella y de su esposo que también trabaja en dicho negocio, propietarios del negocio; conforme al expediente administrativa y testifical practicada en el acto del juicio. SEGUNDO.- Que inició un proceso de incapacidad temporal el 29-05-2007 y el 21-02-2008 se le extendió el alta con propuesta de incapacidad permanente.

TERCERO

Que se inició expediente de Incapacidad Permanente, siendo emitido informe médico por el ICAM el 21-02- 2008, en el que se indica que la actora presenta las dolencias siguientes: "VALVULOPATÍA MITRAL REUMÁTICA REINTERVENIDA QUIRÚRGICAMENTE (1997 Y 2007) MEDIANTE RECAMBIO VALVULAR. FIBRILACIÓN AURICULAR CRÓNICA. DISNEA DE ESFUERZO. ESTENOSIS MITRAL", PRESUNCIÓN DE IP PARA TRABAJO DE ESFUERZO, expediente administrativo.

CUARTO

Que en fecha 05-09-2007, la Dirección Provincial del INSS dictó resolución por la que se declaraba que las dolencias de la actora no son constitutivas de incapacidad permanente en ninguno de sus grados.

Contra dicha resolución interpuso la oportuna RECLAMACION PREVIA el día 20-09-2007, constando en el expediente Resolución expresa desestimatoria frente a dicha reclamación de fecha 04-10-2007.

QUINTO

Que se solicita por la actora la declaración de una Incapacidad Permanente Total.

SEXTO

La base reguladora de la prestación solicitada es la de 738,07 Euros/mes, más las revalorizaciones y mejoras a que tiene derecho y la fecha de efectos 23-07-2007; hecho de conformidad por las partes.

SÉPTIMO

Que la actora esta afecta a las siguientes dolencias residuales o secuelas: conforme informe del ICAM de 21-02-2008 la actora presenta las...

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