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... De las partes procesales CAPÍTULO I. De la capacidad y...
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. Legitimación activa
. Legitimación pasiva
.1. Copropiedad
.2. Cesión de la finca
.3.Transmisión de la finca
.4. Comunidad de propietarios propietaria-comunera del bien inmueble generador de la deuda
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DERECHO AL HONOR. CAPACIDAD DEL MENOR DE EDAD PARA SER PARTE. Los menores de edad tienen indiscutiblemente capacidad para ser parte en el proceso, en tanto que son titulares de derechos y obligaciones, por más que para ejercitarlos dentro del mismo deban hacerlo por medio de sus representantes o necesiten de la asistencia e terceras personas, según los casos, la distinción entre capacidad para ser parte, capacidad procesal y la condición de parte procesal legítima, se encuentra nítidamente recogida en los artículos 6, 7 y 10 de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil. En primera instancia se acuerda tener por desistida de la acción a Sara, representada procesal por su madre Leticia, con costas. Se aclara el auto anterior en el sentido de señalar que la persona que ejercita la acción procesal es Leticia y la responsable de las costas causadas en ella misma. Se estima el recurso de apelación formulado contra el auto, se revoca este último dejando subsistente en su integridad el primero. Sin costas. Se desestima el recurso de casación interpuesto por Alejandro (padre de la menor), con costas.
☞ Sentencia Favorable a: Menor de edad
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...TÍTULO PRELIMINAR. De las normas procesales y su aplicación LIBRO I. De las disposiciones ... De la capacidad para ser parte, la capacidad procesal y la legitim...
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... Las partes CAPÍTULO I. Capacidad procesal CAPÍTULO II. Legitimación ...
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... De las partes procesales CAPÍTULO I. De la capacidad y...
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Planteamiento previo: la capacidad para ser parte. 1.1. Capacidad para ser parte y capacidad jurídica. II. Ruptura procesal del vínculo capacidad/personalidad. 2.1. Los precedentes doctrinales, jurisprudenciales y normativos en la materia. 2.1.1. La teoría de las partes desarrollada por la doctrina alemana e italiana y su recepción por la LEC 1/2000. 2.1.2. Antecedentes jurisprudenciales. 2.1.3. Antecedentes normativos. 2.2. Justificación de la protección al concebido desde el Derecho procesal civil: el principio pro actione del art. 24 de la CE. III. El artículo 6.1.2° de la LEC. 3.1. Contraste de los artículos 6.1.2° LEC y 29 CC. 3.2. El aparente conflicto normativo y su solución. "Concordia discordantium legum": un ...
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Artículo 18
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... que valoran su autodeterminación y su capacidad para no depender de nadie. Esta circunstancia ha d... Justicia, 6.ª, legislación mercantil y procesal, 7.ª, legislación laboral, 8.ª, legislación ci...
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... De la capacidad para disponer por testamento ...2. Las leyes procesales españolas serán las únicas aplicables a las act...