STSJ Comunidad de Madrid 82/2007, 30 de Enero de 2007

PonenteMARIA CONCEPCION MORALES VALLEZ
ECLIES:TSJM:2007:868
Número de Recurso5024/2006
Número de Resolución82/2007
Fecha de Resolución30 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

RSU 0005024/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2006 0017949, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005024/2006-P

Materia: DESPIDO DISCIPLINARIO

Recurrente/s: TECNOLOGIA APLICADA SA

Recurrido/s: Carlos Francisco

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 11 de MADRID de DEMANDA

0000019/2006

Sentencia número: 82/2007

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

MANUEL RUIZ PONTONES

CONCEPCIÓN MORALES VALLEZ

En MADRID a treinta de Enero de dos mil siete, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as

Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO SUPLICACION 0005024/2006, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. RAFAEL MUÑOZ DE LA ESPADA PALOMINO, en nombre y representación de TECNOLOGIA APLICADA SA, contra la sentencia de fecha diez de mayo de dos mil seis, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 011 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000019/2006, seguidos a instancia de Carlos Francisco frente a TECNOLOGIA APLICADA SA, en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. CONCEPCIÓN MORALES VALLEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente en cuyo fallo constaba lo siguiente:

Que estimando la demanda promovida por Carlos Francisco contra TECNOLOGIA APLICADA SA debo declarar y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto el demandante y condeno a la empresa demandada a que, a su libre opción, readmita al actor en su puesto de trabajo o alternativamente le abone la cantidad de 152.298,95 euros, en concepto de indemnización, opción que deberá ejercitar en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, por escrito o mediante comparecencia ante este Juzgado, con la advertencia de que, de no optar expresamente dentro de ese plazo, se entenderá que procede obligatoriamente la readmisión, con abono, en ambos casos, sea cual sea el sentido de la opción, de la cantidad de 49.585,30 euros en concepto de salarios de tramitación devengados hasta la fecha, más a un haber diario de 306 euros desde la fecha, hasta que se notifique la presente resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

D. Carlos Francisco comenzó a prestar servicios por cuenta de la empresa demandada TECNOLOGIA APLICADA S.A. el 7 de noviembre de 1994, ostentando la categoría profesional de Director y percibiendo una retribución anual de 110.192,00 euros anuales, por todos los conceptos.

SEGUNDO

Con fecha 29-11-2005, la empresa demandada le comunicó su despido disciplinario con efectos del día 29-11-2005 (por error, la carta de despido se refiere a 29-6-05):

Los hechos motivadores del despido fueron los siguientes:

En fecha 19 de febrero 2005, el Consejero Delegado, Sr. Juan Enrique, tuvo el conocimiento firme de que usted se dedicaba a gestionar y dirigir desde TECASA, otra empresa distinta que usted mismo, junto con otros accionistas habían creado, y que ha estado operando paralelamente a la nuestra, llamada Tecniaplicaciones Controltherm, S.A, dedicada a la misma actividad y de la cual usted posee el 40% de las acciones, además del hecho de ser apoderado de la misma.

Al parecer, según consta de la información que nos ha expedido el Registro Mercantil de Madrid, Tecniaplicaciones Controltherm, S.A., con número de CIF A81800035, inició sus operaciones el día 20 de junio 1997, siendo su objeto social:

El diseño, la fabricación, la comercialización y la compraventa, en sus distintas modalidades, de toda clase de productos electrónicos y electromecánicos, todas aquellas operaciones que tengan relación con la electrónica

Nuestra empresa, como usted sabe, tiene idéntico objeto social.

"El diseño, la fabricación, la comercialización y la compraventa, en sus distintas modalidades, de toda clase de productos electrónicos y electromecánicos, y todas aquellas operaciones que tengan relación con la electrónica y la electromecánica"

Así, de la multitud de documentación sobre Tecniaplicaciones Controltherm, S.A, que hemos encontrado en las propias oficinas de TECASA el día 19 de febrero, hemos constatado que usted:

  1. Ha vendido productos de su empresa a la empresa Limitor GMBH, que es el mayor competidor de la empresa Micortherm GMBH en Alemania, su mercado nativo;

    1.1 Ejemplo 1: En correo electrónico del día 14 de noviembre del año 2003 e1 Sr. IIdo Angermaier de la empresa Limitor GMBH le reenvía unas preguntas sobre muestras de productos de una empresa "Krishna" de la India, que usted está vendiendo, o intentando vender a Limitor GMBH, desde su correo electrónico de nuestra empresa.

    1.2 Ejemplo 2: En una carta sin fecha, dirigida a Sr. Angermaier de Limitor GMBH, usted envía un catálogo con muestras de la empresa "Krishna" de la India a Limitor GMBH. La carta lleva encabezamiento de TECNITHERM S.A y también la dirección de TECNITHERM. Esta carta fue redactada por la Sra. Irene, en su día empleado del Dpto. Administrativo de nuestra empresa, y su copia informática de halla en los equipos informáticos de nuestra empresa.

  2. El producto que ha vendido a la empresa Limitor GMBH es el producto TB 97/450°, el cual fue desarrollado por TECASA conjuntamente con Microtherm en el año 97. Este producto, tal y como usted sabe, no se había seguido en su momento por TECASA, porque usted, como principal persona de contacto con el cliente español que pretendía tener este producto, mantenía que dicho cliente no compraría a una empresa con un accionariado mayoritariamente alemán como es el de TECASA.

    2.1 EJEMPLO: Hemos encontrado en los ordenadores de nuestra empresa un folleto comercial del producto TB 97/450° (abreviado TB 97), de TECNITHERM S.A., hemos visto exactamente el mismo producto, con el mismo nombre y características en los folletos comerciales de la empresa Limitor GmbH de Alemania, y de nuestras conversaciones en varias ocasiones, de los cuales hay consta en las Actas de las reuniones del Consejo de Administración de nuestra empresa, y su propuesta del día 6 de junio del año 2005.

  3. Ha enviado desde TECASA los productos de su propia empresa a sus clientes, a los propios clientes de TECASA así como a la matriz alemana, Microtherm GmbH;

    3.1. EJEMPLO: El día 22 de enero del año 2002 la Sra. Ángela, en su día empleado del Dpto. Administrativo de nuestra empresa, envió desde nuestra empresa un fax sin n° a Sr. Gruba, de la empresa INTER-CEL, quien no es cliente de nuestra empresa, adjuntado una factura para el producto TB-97 de TECNITHERM, y explicándole explícitamente, que la mercancía se enviará en el mismo día desde nuestra empresa. El fax lleva encabezamiento y todos los demás datos de nuestra empresa, y su copia informática se halla en los equipos informáticos de nuestra empresa.

  4. Ha utilizado para su empresa los recursos humanos de TECASA;

    4.1 EJEMPLO 1: El día 30 de enero del año 2003 el Sr. Jose Pedro, en su día empleado del Dpto. Comercial de nuestra empresa, envió desde nuestra empresa el fax n° 968296578 al Sr. Miguel, adjuntando una factura pro forma, y explicando como se enviará una mercancía. El fax lleva encabezamiento de TECNITHERM S.A. y también la dirección de TECNITHERM, aunque la dirección de correo electrónico es la de nuestra empresa.

    4.2 EJEMPLO 2: El día 22 de Julio del año 2002 Don. Jose Pedro, en su día empleado del Dpto. Comercial de nuestra empresa, envió desde nuestra empresa una carta a Sr. Mudarra, explicando descuentos de la mercancía. El fax lleva encabezamiento de TECNITHERM S.A. (Acrónimo de Tecniaplicaciones controltherm, S.A.) con la dirección física y de coreo electrónico de nuestra empresa, y su copia informática de halla en los equipos informáticos de nuestra empresa.

  5. Ha llevado desde TECASA la administración tanto general como financiera de su empresa;

    5.1. EJEMPLO 1: Hemos encontrado numerosas Hojas de Caja, entre ellas una con fecha 30 de noviembre del año 2004 de TECNITHERM S.A. en los equipos informáticos de nuestra empresa.

    5.2 EJEMPLO 2: Hemos encontrado la relación de RETENCIONES IRPF 4-T 2004 DE TECNITHERM S.A. en los equipos informáticos de nuestra empresa.

    5.3 EJEMPLO 3: Hemos encontrado la Hoja de vencimiento de Proveedores con fecha 9 de octubre del año 2004 de TECNITHERM S.A en los equipos informáticos de nuestra empresa.

  6. Ha utilizado los equipos informáticos de TECASA para llevar a cabo todos los hechos anteriormente enumerados; 6.1 EJEMPLOS: Hay consta de esto en todo lo anteriormente mencionado, encontrándose toda la documentación mencionada en los equipos informáticos de nuestra empresa.

    En fecha 20 de febrero de 2005, el Sr. Juan Enrique le preguntó sobre todos estos hechos, los cuales no sólo fueron admitidos por usted sino que además, acto...

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