SAP Barcelona 245/2007, 24 de Abril de 2007

PonenteJOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS
ECLIES:APB:2007:3142
Número de Recurso171/2007
Número de Resolución245/2007
Fecha de Resolución24 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOPRIMERA

ROLLO Nº 171-2007

JUICIO VERBAL nº 232-2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de EL PRAT DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A N ú m. 245

Ilmos. Sres.

D. JOSEP MARIA BACHS ESTANY

D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS

Dª. ANA JESÚS FERNANDEZ SAN MIGUEL

En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de abril de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoprimera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 232-2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de El Prat de Llobregat, a instancia de MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA representado por el Procurador D. Alfredo Martínez Sánchez y dirigido por el Letrado D. Albert Viladés, contra OFESAUTO representado por la Procuradora Dª. Elena Lleal Barriga y dirigida por la Letrada Dª. Mireia Gimeno ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por OFESAUTO contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de noviembre de 2006, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como ESTIMO la demanda interpuesta por la representación de Mapfre y de Don Víctor, debo condenar y CONDENO a Ofesauto y a Don Babar Khan a pagar solidariamente a Mapfre la suma de 857,52 euros, y a Don Víctor la suma de 300 euros; así como al pago de los intereses legales en el modo previsto en el Fundamento Jurídico Quinto de esta resolución y de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opusieron; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 18 de abril de 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por la resolución de primer grado se condena a los demandados OFESAUTO y a BABER KHAN, este último como conductor y propietario del vehículo causante de un accidente de tráfico a que paguen solidariamente a los demandantes MAPFRE y D. Víctor las respectivas cantidades de 857'52 euros y 300 euros, cuya suma es la de la reparación del vehículo siniestrado, pero que se desglosa de este modo como consecuencia de que al haberse pactado la correspondiente franquicia la aseguradora ha pagado la primera de las cantidades referenciadas y el asegurado la segunda. Frente a semejante pronunciamiento se alza OFESAUTO que limita la motivación a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
192 sentencias
  • SJPII nº 1 23/2022, 4 de Febrero de 2022, de Palencia
    • España
    • 4 Febrero 2022
    ...comisión de alguna de estas conductas determina por sí sola la declaración de culpabilidad del concurso. En este sentido la SAP de Barcelona de 24 de abril de 2007 establece que "Esta expresión "en todo caso" no admite margen de exención de responsabilidad basado en la ausencia de dolo o cu......
  • SJMer nº 1 250/2014, 18 de Septiembre de 2014, de Murcia
    • España
    • 18 Septiembre 2014
    ...comisión de alguna de estas conductas determina por sí sola la declaración de culpabilidad del concurso. En este sentido la SAP de Barcelona de 24 de abril de 2007 establece que "Esta expresión "en todo caso" no admite margen de exención de responsabilidad basado en la ausencia de dolo o cu......
  • SJMer nº 2 265/2016, 1 de Diciembre de 2016, de Murcia
    • España
    • 1 Diciembre 2016
    ...comisión de alguna de estas conductas determina por sí sola la declaración de culpabilidad del concurso. En este sentido la SAP de Barcelona de 24 de abril de 2007 establece que "Esta expresión "en todo caso" no admite margen de exención de responsabilidad basado en la ausencia de dolo o cu......
  • SJMer nº 1 101/2018, 26 de Marzo de 2018, de Murcia
    • España
    • 26 Marzo 2018
    ...comisión de alguna de estas conductas determina por sí sola la declaración de culpabilidad del concurso. En este sentido la SAP de Barcelona de 24 de abril de 2007 establece que "Esta expresión "en todo caso" no admite margen de exención de responsabilidad basado en la ausencia de dolo o cu......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR