AAP Toledo 42/2008, 29 de Abril de 2008
Ponente | URBANO SUAREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APTO:2008:265A |
Número de Recurso | 79/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 42/2008 |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
TOLEDO00042/2008
Rollo Núm. ............. 79/2.007.-Juzg. 1ª Inst. Núm. 1 de Talavera.-J. Menor Cuantía Núm. 366/1.996.- A U T O Núm. 42
AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente:
D. MANUEL GUTIERREZ SANCHEZ CARO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. EMILIO BUCETA MILLER
D. URBANO SUAREZ SANCHEZ
Dª. GEMA ADORACIÓN OCÁRIZ AZAUSTRE
En la Ciudad de Toledo, a veintinueve de abril de dos mil ocho.
Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se
expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, el siguiente,
A U T O
Visto el presente recurso de apelación, Rollo de la Sección núm. 79 de 2.007, contra el auto dictado por el Juzgado de 1ª
Instancia Núm. 1 de Talavera de la Reina, en juicio de menor cuantía núm. 366/96, sobre división de herencia, en el que ha actuado, como apelante Dª Ángela, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra.
Esteban Villamor, y defendida por el Letrado Sr. Celdrán Hernández.
Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. URBANO SUAREZ SANCHEZ, que expresa el parecer de la Sección, y son,
En el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 1 de Talavera de la Reina, se sigue juicio de menor cuantía 366/96, sobre división de herencia, a instancia de Dª Ángela, en el que con fecha veintiséis de julio de dos mil cinco, se dictó auto, en cuya Parte Dispositiva se acordaba "se desestima el recurso de reposición interpuesto por la Procuradora Dña. María Dolores Costa Pérez, en representación de Dña. Ángela, contra la providencia dictada en fecha 19 de enero de 2005, confirmando la misma en su totalidad".-SEGUNDO: Formulado por escrito el recurso y admitido a trámite, se remitieron los autos a esta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, nombrándose Magistrado-Ponente y quedando vistos para deliberación y resolución.-
Dña. Ángela, por medio de su representación procesal, interpone recurso de apelación contra el auto que dictó el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Talavera por el que desestimó su recurso de reposición contra la providencia de diecinueve de enero de dos mil cinco, por la que se acordaba el despacho de ejecución contra bienes y derechos de la recurrente, con el fin de obtener el cobro de las costas impuestas al demandado, D. Baltasar, fallecido durante el procedimiento.
El Art. 16 de la L.E.C . ha venido a dar carta de naturaleza a una institución, la sustitución en el proceso de alguna de las partes, que ya tenía acogida en la doctrina del Tribunal Supremo. Según dicho precepto cuando se produce el fallecimiento de alguna de las partes del proceso cabe que, en su misma situación procesal, se personen quienes le sucedan en todos sus bienes y derechos. Del propio tenor del precepto, así como de lo que se establece en la Exposición de Motivos, se deduce que lo que el legislador ha pretendido es evitar situaciones de abuso o indefensión, en que se puede ver quien siendo sucesor...
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