STSJ Cantabria 915/2008, 30 de Octubre de 2008

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2008:1431
Número de Recurso845/2008
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución915/2008
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL

SANTANDER

SENTENCIA: 00915/2008

Recurso núm. 845/2008

Secretaria Sra. Colvée Benlloch

PRESIDENTE

Ilmo.Sr.D.Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma.Sra.Doña Mercedes Sancha Saíz

Ilma.Sra.Doña Elena Pérez Pérez

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por

los Iltmos.Sres. Citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En Santander a treinta de Octubre de dos mil ocho.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Inocencio y otro contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cinco de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente el Iltmo.Sr.Don Rubén López Tamés Iglesias quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Inocencio y otro, sobre Contrato de trabajo, siendo demandados García y Rumayor S.A., y otros, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19 de Mayo de 2008, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - D. Inocencio presta servicios para la empresa García y Ruamayor S.A., teniendo reconocida la categoría profesional de Oficial la y un salario de 9,47 #/hora.

    D. Carlos Miguel presta servicios para la empresa García y Ruamayor S.A., teniendo reconocida la categoría profesional de Oficial 2a y un salario de 9,20 #/hora. (No controvertido)

  2. - La empresa García y Ruamayor S.A. pertenece al sector de la construcción, y desde hace más de 15 años realiza tareas distintas de mantenimiento en la empresa Global Steel Wire S. A., motivo por el que ha incorporado el sistema de turnos de ésta a sus trabajadores.

  3. - De esta forma, a los trabajadores se les entrega todos los años un calendario con dos días de mañana -6h. a 14h.-, dos días de tarde -14h. a 22h.- y dos días de noche -22h. a 6h.-, con cuatro días de descanso. (No controvertido)

  4. - Este calendario no ha sido nunca impugnado por los representantes de los trabajadores de la empresa García y Ruamayor S.A. (No controvertido)

  5. - Los actores reclaman la retribución de los días trabajados en sábados, domingos y festivos correspondientes al período mayo'06 a abril'06, como horas extraordinarias, lo que hace la cantidad de 542,08 # por sábados y 2.099,52 # por domingos para el Sr. Inocencio, y 545,28 # por sábados y 2.133,36 # por domingos para el Sr. Carlos Miguel . (No controvertido)

  6. - El Convenio Colectivo de la Construcción y Obras Públicas de Cantabria estableció una jornada anual de 1.746 horas para 2006 y 2007, mientras que en Global Steel Wire S.A. - y que hicieron los actoresfue de 1.744 horas en 2006 y 1.736 horas en 2007.

  7. - Con fecha...

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