STSJ País Vasco 2464/2010, 28 de Septiembre de 2010

PonenteANA ISABEL MOLINA CASTIELLA
ECLIES:TSJPV:2010:2942
Número de Recurso1678/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2464/2010
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1678/10

N.I.G. 48.04.4-09/008595

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 28 de septiembre de 2010.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. Dª GARBIÑE BIURRUN MANCISIDOR, Presidenta, D. FLORENTINO EGUARAS MENDIRI y Dª. ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Ruperto contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 4 de los de Bilbao de fecha treinta y uno de Marzo de dos mil diez, dictada en proceso sobre AEL, y entablado por Ruperto frente a ZULOAGA AUTO RECAMBIOS S.L., MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, INSS y TGSS .

Es Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D./ña. ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - El trabajador D. Ruperto, nacido el día 10 de Abril de 1.963, con Tarjeta de Residencia nº: NUM000 y afiliado a la Seguridad Social con el nº: NUM001 a través del Régimen General, mientras prestaba sus servicios profesionales por cuenta de la empresa codemandada ZULOAGA AUTO RECAMBIOS, S.L., dedicada a la fabricación de piezas para coches, que tiene asegurada la contingencia con la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, sufrió sobre las 17 horas del día 12 de Noviembre de 2.008 un accidente laboral, cuando en el momento en que los moldes del desmoldeador (una prensa hidráulica utilizada para moldear caucho por compresión) estaban compresionados, metió la mano para colocar un casquillo que estaba en el molde inferior y en ese momento, la placa intermedia bajo, atrapándole la mano.

    Desde el día 7 de Enero de 2.008 hasta el día 11 de Marzo de 2.009 el demandante ha prestado sus servicios profesionales para la empresa codemandada ZULOAGA AUTO RECAMBIOS, S.L., con la categoría profesional de Peón.

  2. - El actor permaneció en situación de Incapacidad Temporal derivada de dicho Accidente de Trabajo desde el día 1 de Noviembre de 2.008 hasta el día 8 de Marzo de 2.009, en que fue dado de alta por Propuesta de Invalidez.

  3. - En fecha 12 de Junio de 2.009 la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictó Resolución Administrativa declarando al actor afecto de una Incapacidad Permanente Parcial derivada de Accidente de Trabajo, siendo responsable de su abono la MUTUA UNIVERSAL MUGENAT, siendo revisable por agravación o mejoría a partir del 10 de Junio de 2.011; previo informe médico de síntesis del E.V.I de fecha 27 de Mayo de 2.009 y dictamen del E.V.I de fecha 11 de Junio de 2.009, en el siguiente sentido:

    "MANIFESTACIONES DEL INTERESADO:

Antecedentes

Afectación Actual:

46 años, peón manipulador alimentador prensa, fabricación piezas de automóvil.

Acc. laboral: ATRAPAMIENTO DE ANTEBRAZO Y MUÑECA DERECHA CON UNA PLANCHA CALIENTE.

EXPLORACIÓN POR APARATOS:

Informe mutua UNIVERSAL: Trabajador diestro.

* Exploración inicial: quemadura en dorso antebrazo y mano derecha de 2° y 3er grado, afectando de forma no circular las articulaciones metacarpofalángicas y muñeca.

Presenta buena movilidad a nivel de articulaciones afectas. También presenta lesión profunda de pequeño tamaño en cara ventral antebrazo y lesión en forma de chispas de 2° grado en eminencia tenar. Extensión aprox. de 2%.

Tratamiento efectuado: desbridamiento y cobertura con injertos de piel parcial mallados en antebrazo y laminares en dorso de mano, siendo la zonas donante el muslo derecho. El 14-01-2009 comienza tratamiento rehabilitador: 40 sesiones de fisioterapia combinada hasta el alta.

SECUELAS AL ALTA:

Cicatrices antebrazo y mano derecha:

A: De 10x8 cm en dorso de antebrazo tercio proximal. Inestetica con múltiples trazos geográficos rojos activos y

mas engrosados

B: De 5x1 cm en dorso de antebrazo tercio distal con aspecto queloideo.

C: De 5x2 cm en dorso mano.

D: De 2x1 cm en eminencia tenar.

E: Dos cicatrices de 1 cm en borde radial.

F: Cicatriz puntiforme en 2° y 5° dedos., de 7 X 3 mm.elevadas

Balance articular muñeca derecha: (en paréntesis la objetivada en valoración UMEVi)

Extensión D: 40,1: 75(D: 40)

Flexión D: 35, 1:65(D: 30) Der. Radial D: 20, I: 30(D: 10)

Der. Cubital D: 30, I: 40 (D: 20)

Pronación, Supinación: completas (Supinación a 30° desde posición neutra 0°)

Balance muscular: Realiza puño completo con balance 4+/5. Pinza bidigital precisa y estable con balance 5/5.

Oposición entre 1° y 5° dedo completa.

Propuesta: Cicatrices, Rigideces articulares de la muñeca. Limitación de la movilidad en menos del 50%

(Derecho).

Aporta informe valoración daño corporal en el que no concuerda con limitaciones descritas por mutua y valora secuelas no estables en proceso de evolución curación.

Inf H cruces, derivación a RHB el 16/1/09: severa anquilosis articulación muñeca D y sinovilizacion.

UMEVI:

Cicatrices: A: descrita, Inestética con múltiples trazos geográficos rojos activos y mas engrosados B y C sin solución de continuidad de 16x 5cm, con zona de cordón inical elevado, activo queloide que se extiende a zona distal en tramos y se diluye en cicatriz mas ancha inestética, de mejor aspecto con cordones activos queloides.

E anchas una en borde radial y otra de 5 x 3 hipercroma con zonas rojas activas en borde cubital anterior de antebrazo.

Cicatriz en muslo D de zona dadora injerto: dos zonas hipercromas unidas en sentido longitudinal de 17 x 7 y 14 x7 cm.

CONCLUSIONES:

Juicio Diagnóstico y Valoración:

QUEMADURA DE 3er GRADO EN ANTEBRAZO DERECHO.

Limitaciones Orgánicas y Funcionales:

Cicatrices antebrazo y mano derecha según descripción, inestéticas, deformes y con alteración funcional y sensitiva completa de N radial y atrapamiento N mediano en muñeca,

Balance articular muñeca derecha: Extensión D: 40, I: 75 Flexión D: 30, i: 65 Der. Radial D: 10, I: 30 Der. Cubital D: 20,1: 40, Supinación 30°.

Conclusiones:

secuelas no estables, actual se puede estimar incapacitantes salvo tratamiento especifico. En todo caso a criterio EVI...".

  1. - Queda acreditado que el demandante presenta el complejo secular y las limitaciones orgánicas y funcionales que fija el E.V.I. en su dictamen de...

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