STSJ Comunidad de Madrid 734/2010, 17 de Septiembre de 2010

PonenteJAVIER JOSE PARIS MARIN
ECLIES:TSJM:2010:14123
Número de Recurso2220/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución734/2010
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RSU 0002220/2010

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00734/2010

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 2220/2010

Sentencia número: 734/2010

S.

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

Presidente

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilmo. Sr. D. JAVIER JOSÉ PARIS MARÍN

En la Villa de Madrid, a diecisiete de septiembre de dos mil diez, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de

acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de

1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 2220/2010 formalizado por la Sra. Letrada Dña. MARÍA ELENA RAMOS MARTÍN en nombre y representación de D. Abel contra la sentencia de fecha veintiséis de noviembre de dos mil nueve, dictada por el Juzgado de lo Social número 15 de MADRID, en sus autos número 1034/09, seguidos a instancia del citado recurrente frente a SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA SA, en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER JOSÉ PARIS MARÍN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El actor, D. Abel, prestaba servicios para la empresa demandada Securitas Seguridad España, con antigüedad de 12-04-06, ostentando la categoría profesional de Vigilante de Seguridad, y percibiendo un salario mensual bruto prorrateado de 1.127#10 euros.

SEGUNDO

Con fecha O1-06-09 la demandada entregó al demandante carta de despido disciplinario, con efectos desde esa fecha. Y en esa misma fecha las partes suscribieron acuerdo de extinción del contrato de trabajo, en los términos que son de ver al documento 2 del ramo de prueba de la demandada. Además, en ese acto, fue suscrita nómina por el demandante, en la que también se incluía el concepto de indemnización en cuantía de 300 euros, entregándose Certificado de empresa, en la que se recoge como causa de extinción del contrato el despido del trabajador, y otro recibo de saldo y finiquito por la cuantía neta de la cantidad reflejada en la nómina.

TERCERO

Can fecha 26-06-09 el demandante registró demanda de conciliación por despido, y el 14-07-09 fue registrada la demanda judicial.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva: "Desestimo la demanda formulada por D. Abel, frente a SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA, a la que absuelvo de las pretensiones deducidas en su contra ante la inexistencia de despido".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante, formalizándolo posteriormente; tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social de Madrid, tuvieron los mismos entrada en esta Sección Primera en fecha 6 de mayo de 2010, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de autos al...

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