STSJ Galicia 4098/2010, 24 de Septiembre de 2010

PonenteJOSE MANUEL MARIÑO COTELO
ECLIES:TSJGAL:2010:8077
Número de Recurso2826/2010
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución4098/2010
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL

PLAZA DE GALICIA Secretaria SR. GAMERO LÓPEZ-PELÁEZ -RMR

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:98118 4853/2155/3311

NIG: 15036 44 4 2009 0001401

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002826 /2010

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA: 0002826 del JDO. DE LO SOCIAL nº: 002

Recurrente/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a:

Procurador:

Graduado Social:

Recurrido/s: María Esther

Abogado/a: MANUEL CASAL FRAGA

Procurador:

Graduado Social:

ILMO.SR. D. J. MANUEL MARIÑO COTELO

ILMO.SR.D. JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

LMO.SR.D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a veinticuatro de Septiembre de dos mil diez.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.J.GALICIA SALA DE LO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002826 /2010, formalizado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de FERROL en el procedimiento DEMANDA 0000618 /2009, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª J. MANUEL MARIÑO COTELO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª María Esther presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintiséis de Marzo de dos mil diez

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRiMERO

La demandante Dª María Esther, nacida el 10 de marzo de 1939, provista del DNI Nº NUM000, con nº de afiliación a la Seguridad Social NUM001, fue propuesta como inválida permanente por el Servicio público de Salud, formulando, a su vez, la antes mencionada, solicitud de prestación por incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, el 24 de abril de 2009, ante el organismo demandado. Con anterioridad había causado baja por IT el 12 de mayo de 2008, por tendinitis en el hombro izquierdo, causando alta médica el 5 de febrero de 2009.

SEGUNDO

Previo el oportuno expediente administrativo y por Resolución del INSS de 21 de mayo de 2009 se le deniega la prestación solicitada al no alcanzar, las lesiones padecidas por la actora, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral. Contra dicha Resolución la demandante interpuso escrito de Reclamación Previa, el 9 de junio de 2009, alegando que los padecimientos que le aquejaban justificaban la concesión de una invalidez permanente en el grado de absoluta o subsidiariamente en grado de total, que fue desestimada por Resolución del INSS con fecha de salida 10 de julio de 2009, quedando expedita la vía judicial.

TERCERO

En el Dictamen Propuesta del EVI de 20 de mayo de 2009 se refleja, como cuadro clínico residual: aneurisma de arteria comunicante posterior izquierda, hemorragia subaracnoidea en cisura de Silvio e interhemisférjca, clipaje (1991), periartritis escápulo humeral izquierda (2006), gonartrosis derecha (2008) y como limitaciones orgánicas y funcionales: hemiparesia izquierda de predominio braquial (diestra), limitación de la movilidad del hombro izquierdo del 50%, gonalgia derecha. En el informe de síntesis del EVI, 30 de abril de 2009 se reflejan como padecimientos de la actora: Aneurisma biolobulado en arteria comunicante posterior izquierda, hemorragia subaracnoidea en cisura de Silvio e interhemisférica, clipaje. Alta con secuelas: disfasia motora, hemiparesia derecha de predominio braquial, hemianopsia homónima temporal derecha (1991). Aparato locomotor: marcha independiente con claudicación derecha y apoyo mecánico en bastón no ortopédico, hemiparesia derecha con predominio proximal. Movilidad del hombro izquierdo limitada en un 50% (abd. Activa 80~, rotaciones dolorosas). Rodilla izquierda: crujidos y peloteo rotuliano más dolor con la flexión forzada. Mano izquierda con funcionalidad aceptable, con pufo y pinza conservados, signos artrósicos en IFD dedos, Reflejos Osteotendinosos presentes. Afecciones psíquica: hábito correcto, consciente, orientada y colaboradora. Sin síntomas psicóticos ni deterioro cognitivo. Vive con su marido en vivienda rural, dice que ya hace afos que no trabaja físicamente, que dirige la cafetería, hace ya tiempo que se la dejó a su hija, buen apoyo familiar. Conclusiones: no signos de agravamiento respecto a revisión realizada en octubre de 2008.

Que la actora fue intervenida quirúrgicamente en septiembre de 2006 de Síndrome del Tunel Carpiano...

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