STSJ Comunidad Valenciana , 5 de Abril de 2001

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2001:3044
Número de Recurso472/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso contra Sentencia núm. 472/2.001 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr D. Francisco Javier Lluch Corell Ilmo. Sr D. Jesús Sánchez Andrada.

En Valencia, a cinco de abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 1.792/2.001 En el Recurso de Suplicación núm. 47272.001, interpuesto contra la sentencia de fecha 2 de junio de 2.000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cinco de Valencia y su provincia, en los autos núm.

230/2.000, seguidos sobre despido, a instancia de D. Sebastián , asistido por D. Miguel Alcocel Maset, contra EMPAQUTADOS Y RAPARACIONES SAGUNTINAS S.A., SERPUSA- Cooperativa Limitada Valenciana ETT, asistidos por D. Benjamin Pérez López y SIDERÚRGICA DEL MEDITERRANEO S.A., asistida por D. Benjamin Pérez Pujol, y en los que es recurrente la Siderúrgica del Mediterráneo S.A., habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr D.Francisco Javier Lluch Corell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 2 de junio de 2.000, dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que estimando en parte la demanda interpuesta por D. Sebastián debo declarar y declaro improcedente el despido de fecha 5-3-00 condenando solidariamente a las empresas SERPUSA COOPERATIVA VALENCIANA LIMITADA ETT y a SIDERÚRGICA DEL MEDITERRÁNEO S.A. a la readmisión del trabajador o al abono de la indemnización que a continuación se cuantifica: a opción que deberá realizar el trabajador en el plazo de los cinco días siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaria de este Juzgado debiendo abonar en cualquier caso los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta resolución, en la cuantía diaria que a continuación se indica, y absolviendo a la empresa codemandada EMPAQUETADOS Y REPARACIONES SAGUNTINAS S.L. a D. Sebastián , de indemnización 720.040 ptas, y salarios /dia 7.660 ptas.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor ha venido prestando servicios laborales, con la categoría profesional de especialista y salario de 229.812 ptas mensuales incluida la prorrata de pagas extras, en virtud de los siguientes contratos de trabajo: 1.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por sustitución del trabajador David por enfermedad, desde 17-01-98 hasta fin de sustitución, siendo cedido a la empresa usuaria 2 SIDMED., en virtud de contrato de puesta a disposición, y constando en el informe de vida laboral como fecha de baja 23-2-98. El trabajador sustituido estuvo de baja por enfermedad común desde 12-1-98 hasta 23-2-98. 2.- Con

SERPUSA, contrato de trabajo por acumulación de tareas o exceso de pedidos, desde el 24-2-98 hasta "fin acumulación", siendo cedido a la empresa usuaria SIDMED., en virtud de contrato de puesta a disposición desde 23-2-98 hasta 1-3-98 y constando en el informe de vida laboral como fecha de baja la de 29-3-98. 3.- Con SERPUSA, contrato por acumulación de tareas o exceso de pedidos, desde el 7-4-98, hasta " fin acumulación", siendo cedido a la empresa usuaria "SIDMED., en virtud de contrato de puesta a disposición desde 7-4-98 hasta 31-4-98, y constanco en el informe de vida laboral como fecha de baja la de 15-6-98. 4.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por " sustitución del trabajador Inocencio por cambio de puesto de trabajo", desde 16-6-98 hasta " fin de sustitución", siendo cedido a la empresa usuaria "SIDMED., en virtud de contrato de puesta a disposición desde 16-6-98 hasta fin de sustitución, y constando en el informe de vida laboral como fecha de baja la de 30-6-98. 5.- Con ENRESA, contrato de trabajo de duración determinada por acumulación de tareas o exceso de pedidos desde 1-7-98, constando en el informe de vida laboral como fecha de baja la de 13-7-98 por causa de baja voluntaria del trabajador. 6.- Con SERPUSA contrato de trabajo por sustitución del trabajador Rafael por enfermedad desde 14-7-98 hasta fin de sustitución, siendo cedido a la empresa usuaria "SIDMED. en virtud de contrato de puesta a disposición, contando en el informe de vida laboral como fecha de baja la de 29-3-99. El trabajador sustituido estuvo de baja por enfermedad común desde el 18-5-98 hasta el 17-11-99.7.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por obra o servicio determinado mientras dura el servicio de definición de plantilla", desde el 11-4-99 hasta fin de obra o servicio, siendo cedido a la empresa usuaria "SIDMED. en virtud de contrato de puesta a disposición desde 19-4-99 hasta " fin definición", constando en el informe de vida laboral como fecha de baja la de 10-6-99. 8.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por sustitución de Jose Ángel por vacaciones, desde 15-6-99, hasta fin de sustitución, siendo cedido a la empresa usuaria "ENRESA" en virtud de contrato de puesta a disposición desde 15-6-99 hasta fin de sustitución, constando en el informe de vida laboral como fecha de baja la de 29-6-99. 9.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por sustitución de Jesús Luis por accidente desde el 6-7-99 hasta fin de sustitución, siendo cedido a la empresa usuaria "SIDMED. en virtud de contrato de puesta a disposición desde el 6-7-99 hasta fin de sustitución, constando en el informe de vida la de 14-8-99. El trabajador sustituido estuvo de baja por accidente desde 29-4-99 a 31-8-99. 10.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por sustitución de Ángel Daniel por enfermedad desde 25-8-99 hasta fin de sustitución, constando como fecha de baja en el informe de vida laboral la de 10-9-99. El trabajador sustituido estuvo de baja por enfermedad común desde el 25-3-99 al 9-9-99. 11.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por sustitución de Benjamín por cambio de puesto de trabajo, desde 11-9-99, hasta fin de sustitución, siendo cedido a la empresa usuaria "SIDMED. en virtud de contrato de puesta a disposición desde 10-9-99 hasta fin de sustitución, constando en el informe de vida labora como fecha de baja la de 1-10-99. 12.- Con SERPUSA contrato de trabajo por acumulación de tareas o exceso de pedidos desde 2- 10-99 hasta 31-10-99, siendo cedido a la empresa usuaria " SIDMED. en virtud de contrato de puesta a disposición por la misma duración, constando de baja el día 31- 10-99. 13.- Con SERPUSA, contra de trabajo por acumulación de tareas o exceso de pedidos desde 1-11-99 hasta 30-11-99, siendo cedido a la empresa usuaria "SIDMED. por la misma duración. 14.- con SERPUSA, contrato de trabajo por acumulación de tareas o exceso de pedidos desde 1-12-99 a 31-12-99 siendo cedido a la usuaria SIDMED por el mismo tiempo - 15.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por acumulación de tareas o exceso de pedidos desde 1-1-00 hasta 31-1-00 cedido a SIDMED por el mismo tiempo. 16.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por acumulación de tareas desde 1-1-00 a 28-2-00 cedido a SIDMED por el mismo tiempo. 17.- Con SERPUSA, contrato de trabajo por acumulación de tareas o exceso de pedidos desde 1-3-00 a 5-3- 00 cedido a SIDMED por el mismo tiempo SEGUNDO.- E1 actor ha prestado servicios desde 17-1- 98 a...

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