SAP Murcia 305/2010, 27 de Mayo de 2010

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2010:1243
Número de Recurso662/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución305/2010
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00305/2010

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000662 /2009

SENTENCIA Nº 305/2010

ILMOS SRES

D. Andrés Pacheco Guevara

Presidente

Dª. María Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a veintisiete de mayo de dos mil diez.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 662/09, dimanante del procedimiento verbal posesorio tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia y seguido entre

D. Antonio como demandante y Dña. Carolina como demandado, ello en virtud del recurso de apelación promovido por la parte demandada, dirigida en esta alzada por el Letrado Sr. Cutillas Hortelano, mientras que la apelada lo ha sido por el también Letrado Sr. Moreno García, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 26/2/09 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente: "Estimando totalmente la demanda interpuesta por don Antonio contra doña Carolina, y condenando a la demandada a reponer al actor en la posesión del camino que discurre por el viento Norte de la finca de la demandada, retirando o retranqueando el vallado existente hasta el bordillo de cemento que limita la propiedad o, en su defecto, hasta el límite que aparece marcado en el plano del arquitecto Sr. Gines con una línea que une pequeños círculos, requiriéndola además para que en lo sucesivo se abstenga de tales comportamientos bajo los apercibimientos legales, con expresa condena al abono de todas las costas ocasionadas, todo ello sin perjuicio de tercero y con reserva a las partes del derecho que puedan tener sobre la propiedad o posesión definitiva, respecto a la cual podrán accionar, si les interesare, en el juicio ordinario correspondiente".

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte antes citada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó, tras la tramitación oportuna, la remisión de los autos originales a esta Sala, señalándose, tras los traslados pertinentes, para deliberación del recurso el día de hoy, quedando los autos...

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