SAP Salamanca 1/2006, 20 de Enero de 2006

PonenteILDEFONSO GARCIA DEL POZO
ECLIES:APSA:2006:36
Número de Recurso2/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1/2006
Fecha de Resolución20 de Enero de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO 1/06

ILMO. SR. PRESIDENTE

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO

DON LONGINOS GOMEZ HERRERO

En la ciudad de Salamanca, a veinte de Enero de dos mil seis.

La Audiencia Provincial de Salamanca, ha visto en grado de apelación las Diligencias núm. 114/05, del Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca, dimanante de Diligencias Previas núm. 585/2004, instruidas en el Juzgado de Instrucción número 1 de Béjar , sobre delito de Atentado en concurso ideal con falta de lesiones.- Rollo de apelación núm. 2/06.- contra:

Everardo , nacido el día 16 de Abril de 1.960, hijo de Andrés y de Rosa, natural de Santibáñez de la Sierra (Salamanca) y vecino de Santibáñez de la Sierra, C/ DIRECCION000 nº NUM000 , con DNI número NUM001 , con instrucción, sin antecedentes penales, habiendo estado detenido por esta causa, los días 15 y 16 de Septiembre de 2.004 y el 16 de Septiembre de 2.005, representado por la Procuradora Dª Mª Ángeles Rodríguez Palomero y defendido por el Letrado D. Juan Carlos García García.

Elisa , nacida el día 14 de Septiembre de 1952, hija de Andrés y de Rosa, natural de Barruecopardo (Salamanca) y vecina de Santibáñez de la Sierra C/ DIRECCION000 , nº NUM000 , con DNI número NUM002 , con instrucción, sin antecedentes penales, habiendo estado detenida por esta causa el día 16 de Septiembre de 2.005, representada por la Procuradora Dª Mª Ángeles Rodríguez Palomero y defendida por el Letrado D. Juan Carlos García García.

Han sido partes en este recurso, como apelantes los anteriormente citados y el MINISTERIO FISCAL y como apelados, los mismos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON ILDEFONSO GARCIA DEL POZO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 26 de Septiembre de 2.005, por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal núm. 2 de Salamanca, se dictó sentencia en el procedimiento de referencia que contiene el siguiente FALLO: "Condeno al acusado Everardo como autor de un DELITO DE ATENTADO EN CONCURSO IDEAL CON UNA FALTA DE LESIONES, concurriendo la atenuante analógica a eximente incompleta de alteración mental, a las penas de SEIS MESES DE PRISIÓN e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por el delito y de 20 DIAS DE MULTA con una cuota diaria de TRES EUROS con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas por la falta, a que indemnice al Guardia Civil NUM003 con 100 euros por las lesiones que le causó y al pago de la mitad de las costas.Condeno a la acusada Elisa como autora de un DELITO DE ATENTADO EN CONCURSO IDEAL CON UNA FALTA DE LESIONES, concurriendo la atenuante analógica a eximente incompleta de alteración mental, a las penas de SEIS MESES DE PRISIÓN e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena por el delito y a la pena de 20 DIAS DE MULTA con una cuota diaria de TRES EUROS, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, por la falta, a que indemnice al Guardia Civil NUM004 , con las cantidades de 100 euros por las lesiones, 30 euros por los daños del reloj y 15 euros por los daños de las gafas, con imposición de la mitad de las costas.

SEGUNDO

Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por el Ministerio Fiscal interesando la revocación parcial de la sentencia de instancia, dictando otra en su lugar por la que se condene a Everardo por la falta de lesiones a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de tres euros y a Elisa por la falta de lesiones a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de tres euros, manteniéndose el resto de pronunciamientos del fallo de la recurrida, con declaración de oficio de las costas de esta alzada; y por la Procuradora Dª Mª Ángeles Rodríguez Palomero, en nombre y representación de Everardo y Elisa , solicitando se dicte sentencia acogiendo la eximente completa, no dando lugar a ninguna pena privativa de libertad, y en cuanto a la multa y a la indemnización, hágase valer la declaración de insolvencia, salvo mejor fortuna en el futuro. Por el Ministerio Fiscal, se interesó la desestimación del recurso de apelación formulado de contrario, y que sea confirmada la condena de ambos apelantes como autores de sendos delitos de atentado y falta de lesiones con imposición de las costas de esta alzada a los apelantes; y por Everardo y Elisa se interesa se mantenga la sentencia del Tribunal "a quo", sin perjuicio del recurso de apelación interpuesto por esta parte.

TERCERO

Recibidas que fueron en esta Audiencia Provincial referidas diligencias se instruyó el presente rollo, señalándose para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día dieciocho de Enero del actual y poniéndose las actuaciones de manifiesto al Ilmo. Sr. Magistrado para dictar resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal número 2 de esta ciudad en fecha 26 de septiembre de 2.005 se dictó sentencia por la que: a) condenó al acusado Everardo como autor responsable de un delito de atentado en concurso con una falta de lesiones, concurriendo la atenuante analógica a eximente incompleta de alteración mental, a las penas de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito y de veinte días de multa con una cuota diaria de tres euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de...

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