STSJ Canarias , 26 de Julio de 2005

PonenteJOSE MARIA DEL CAMPO CULLEN
ECLIES:TSJICAN:2005:3249
Número de Recurso240/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 26 de julio de 2005.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen (Ponente) (Presidente), D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua y D./Dña. Jose Manuel Celada Alonso , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000240/2005 , interpuesto por María Consuelo , Irene , María del Pilar y Julia , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000743/2002 en reclamación de DESPIDO , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Jose Mª

Del Campo Y Cullen .

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por María Consuelo , Irene , María del Pilar y Julia , en reclamación de DESPIDO siendo demandado Systema Tenerife Malaga S.a.l. y Cabildo Insular De Tenerife y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 2/12/2004 , por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Las actoras Dª María Consuelo , Dª Irene , Dª María del Pilar y Dª Julia , iniciaron su relación laboral con la empresa Sistema Tenerife-Málaga S.A.L. en fecha 17-5-99, con la categoría profesional de Oficiales Administrativas y percibiendo últimamente un salario mensual prorrateado de 942,29 euros.SEGUNDO. La relación laboral se formalizó mediante un contrato eventual para obra o servicio determinado, cuyo objeto era la "carga y escaneo de documentos, preparar información de expedientes, y otras tareas administrativas", con una duración prevista hasta el fin del servicio, estimada aproximadamente en doce meses, con posibilidad de ampliación o prórroga. Dichos contratos fueron prorrogados en una primera ocasión por doce meses, y en una segunda ocasión hasta el día 5-5-02; llegada esa fecha, las actoras continuaron prestando servicios de forma ininterrumpida. Asimismo se pactó que la prestación de servicios sería en horario de 9 a 15 horas y de 17 a 19 horas, en las dependencias del Servicio de Transporte del Cabildo Insular de Tenerife y en las oficinas de la empresa. TERCERO. La empresa System Tenerife-Málaga S.A.L. se constituyó por escritura pública de fecha 5-3-93, con un capital social de 10 millones de pesetas, siendo su objeto el asesoramiento, análisis, programación y formación en sistemas informáticos, así como en las comunicaciones entre estos sistemas, y la asistencia y asesoramiento, tanto económico como fiscal a empresas particulares, utilizando para ello material, instalaciones y equipos informáticos humanos propios. CUARTO. Por Decreto 151/97, de 11 de julio , la Comunidad Autónoma de Canarias traspasó al Cabildo Insular los servicios, medios personales, materiales y de recursos para el ejercicio de las competencias transferidas en materia de transporte terrestre y por cable. La asunción por el Cabildo de dichas competencias determinó la necesidad de reorganizar la actividad y estructura del Servicio Administrativo de Carreteras, Vivienda y Transporte, debiendo para ello proceder a la informatización de los expedientes de transportes para implantar el Sistema de Información en soporte informático que garantizara la necesaria y obligada conexión con los Registros de Autorizaciones e Infractores del Ministerio de Fomento, y con las restantes Administraciones Públicas, al margen de la actividad ordinaria del Servicio asumidas de conformidad con las nuevas competencias.

QUINTO

En fecha 7-5-99 el Cabildo suscribió con la referida empresa un contrato de Asistencia Técnica para prestar el "servicio de escaneo de expedientes y otras tareas administrativas del servicio de transportes", en conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones, por un período inicial de doce meses, el cual fue prorrogado por un año a partir de 26-6-00, y por nueve meses más a partir de 6-8-01.

SÉXTO. Las actoras vinieron prestando sus servicios siempre en las dependencias del Cabildo, realizando tareas de escaneo de documentos, carga de información en base de datos, archivo, clasificación y ordenación de la documentación. En ocasiones...

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