STSJ Aragón , 19 de Enero de 2005

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2005:45
Número de Recurso1154/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Social

10 Rollo número 1154/2004 Sentencia número 5/2005 P. MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a diecinueve de enero de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En los recursos de suplicación núm. 1154 de 2004 (Autos núm. 382/2004), interpuestos por las partes demandadas POMPAS FÚNEBRES ZARAGOZA, S.L., e INVERSIONES FUNERARIAS REUNIDAS SRL-INFUR, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Zaragoza, de fecha 28 de julio de 2004 , siendo demandante D. Roberto , sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Roberto , contra POMPAS FÚNEBRES ZARAGOZA, S.L., e INVERSIONES FUNERARIAS REUNIDAS, SRL-INFUR, sobre despido; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza, de fecha 28 de julio de 2004 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando como estimo la demanda interpuesta por D. Roberto contra las empresas Pompas Fúnebres Zaragoza SL e Inversiones Funerarias Reunidas SRL (INFUR) Funeraria La Estrella, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor, condenando a las demandadas solidariamentea que procedan a la inmediata readmisión del actor en las condiciones precedentes al despido o a ejercitar en el plazo de cinco días la opción indemnizatoria, abonando al actor en concepto de indemnización la cantidad de 61.805,02 euros, y en todo caso al percibo de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido 2-4-2004 hasta la notificación de la sentencia a razón de 79,62 euros diarios".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- El actor D. Roberto prestó servicios para la empresa Inversiones Funerarias Reunidas, SRL (INFUR Funeraria La Estrella) desde el 16-1-1987, con la categoría profesional de funerario la, conductor de coche fúnebre, percibiendo un salario en el que se incluye como retribución variable el concepto productividad, siendo el promedio del salario percibido en el año anterior al despido de 2.388,74 euros. No ostenta ni ha ostentado la representación de los trabajadores y no es afiliado a sindicato.

SEGUNDO

Al actor le fue entregada carta de despido objetivo con fecha y efectos de 2 de abril de 2004, del tenor literal siguiente:

"Lamentamos tener que comunicarle que nos vemos en la necesidad de proceder a la extinción de su relación laboral, mediante amortización de su puesto de trabajo, por causas objetivas, conforme a lo establecido en el Art. 52.c) de la vigente Ley del Estatuto de los Trabajadores .

La medida que se adopta, tiene carácter individual y no colectiva, por no superarse los umbrales que previene el Art. 51 de LET . Las causas que justifican esta medida son esencialmente productivas y organizativas, si bien con una clara repercusión económica en las cuentas de la Sociedad.

Como Vd. conoce, la Sociedad y empresa para la que Vd. presta sus servicios, tiene como actividad la explotación del negocio de servicios funerarios, que desarrolla íntegramente en Zaragoza.

Tradicionalmente, la Sociedad, centraba su actividad principalmente en la realización de los Servicios de la Compañía Aseguradora "SANTA LUCIA", que suponían unos 1350 servicios anuales, lo que representaba del orden del 55% al 60% de la total actividad de la Empresa.

En el mes de mayo de 2003, los antiguos propietarios de "Funeraria La Estrella" que, esencialmente, era la familia Mata, crean y ponen en funcionamiento una nueva Funeraria con actividad en Zaragoza, denominada "MONTE CAYO", por lo que a partir de esa fecha todos los servicios de "Santa Lucía", pasan a ser realizados por dicha Funeraria, salvo alguno que el asegurado decide voluntariamente contratar con nuestra empresa.

Así se puede constatar que ya en el año 2003, se produce disminución del número de servicios totales, pues de los 2155 servicios del año 2002, pasan a realizarse 1838 servicios en el año 2003.

La evolución de la disminución se aprecia en los siguientes datos de servicios realizados a lo largo del año 2003.

Ener.249; Febr.215; Marzo 236; Abril 188; Mayo 183; Jun.121; Jul.91; Agost.128; Sept. 98; Oct. 106; Nov.111; Dic.112 Si se analiza el Beneficio Operativo (EBITDA), se aprecia como es lógico, una caída espectacular, pues de los 275.317 del mes de Enero de 2003 o los 215.640 de Marzo 03, pasan a 9.228 en Diciembre del mismo año. Lo mismo ocurre con el margen bruto y ventas netas mensuales de la sociedad.

En los datos del año 2004 y en las 11 semanas transcurridas hasta el pasado 14 de Marzo, se constata, en su verdadera dimensión la disminución, pues comparando con el número de servicios del año 2003, se aprecian los siguientes datos.

Estrella : 2004 n° serv.: 250; 2003 n° serv.:590; DIF n° serv.: -340; DIF% n° serv.: -57,6%; 2004 Fact.:546.000; 2003 Fact.:1.180.590; DIF Fact.:-634.590; DIF% Fact.: -53,8%

Los datos anteriores evidencian ya una disminución acreditada de un 57,6% de servicios y un 53,8%

de facturación, lo que corrobora la previsión de lo expuesto anteriormente.

A lo anterior debe también indicarse, aunque las sociedades y empresas se encuentran individualizadas que, igualmente, por cuestiones similares, se ha producido el mismo fenómeno o efecto en la sociedad POMPAS FUNEBRES DE ZARAGOZA, dado que la CIA OCASO, S.A., como consecuencia de su decisión de intervenir la cartera del Agente Afecto Sr. Jesús Manuel , y el acuerdo alcanzado con el mismo, así como el haber montado la Funeraria de su propiedad SERVISA, desde el pasado mes de Agosto de 2003, se le han quitado los servicios de los asegurados de tal CIA, que suponían una media de 1600 servicios/año, lo que está suponiendo una disminución de más del 40% de su actividad total, con lo que igualmente se ha visto en la necesidad de amortizar, por causas objetivas, varios puestos de trabajo.

Ha contribuido también y contribuirá en mayor medida, el hecho de que han aparecido en el mercado de esta actividad en Zaragoza, nuevas empresas funerarias en competencia con esta Empresa, y en concreto las siguientes:

-FUNERARIA MONTE CAYO -SERVISA -FUNERARIA CESAR AUGUSTA -FUNERARIA ARAGON Ante esta situación, tanto por exigencias de la demandada, como una lógica y mejor organización de los recursos humanos, e incluso para no perder la competitividad en el mercado, al que debe...

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