STSJ Asturias 850/2006, 17 de Marzo de 2006

PonenteISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
ECLIES:TSJAS:2006:2718
Número de Recurso1103/2005
Número de Resolución850/2006
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIAEn el RECURSO SUPLICACION 0001103/2005, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ LOPEZ, en nombre y representación de Sergio , contra la sentencia de fecha diecisiete de enero de dos mil cinco, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 006 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000871/2004, seguidos a instancia de Sergio frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de invalidez permanente, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha diecisiete de enero de dos mil cinco por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El demandante D. Sergio , nacido el 15.08.42, afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 , tiene como profesión habitual la de Albañil que desempeño.

  2. - En fecha 03.04.01, el actor pasó a la situación de Incapacidad Temporal como consecuencia de un accidente no laboral, emitiéndose el Alta por informe Propuesta por agotamiento del plazo de doce meses, iniciándose el correspondiente expediente y resolviéndose finalmente por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social que el trabajador no estaba afectado de incapacidad permanente alguna.

    Interpuesta demanda judicial contra la precedente resolución en reclamación de una incapacidad permanente absoluta, se siguieron los autos nº 811/2002 ante el Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo, en los que se dictó sentencia con echa 18.03.03 , por la que se desestimó la demanda planteada, sentencia que fue confirmada en Suplicación pro la de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de fecha 02.04.04.

    Se presentó recurso de Casación en Unificación de Doctrina contra la mencionada sentencia ante el

    Tribunal Supremo, encontrándose actualmente en trámite el recurso.

  3. - El cuadro clínico que fundamentó tales declaraciones fue el siguiente: "Se aprecia heridas inciso-contusas en la zona frontal derecha y hematoma en IFP de 3º y 4º dedos de la mano derecha; siguió tratamiento rehabilitador con evolución favorable, hace oposición, el balance articular es normal, restándole como secuela rigidez en la muñeca y dedos, siendo diestro, e hinchazón en ambos dedos; faltan 2 cms, a palma con el 3º dedo al intentar realizar el puño, no alteraciones neurológicas. Cambios degenerativos L3.L4 y L4.LK5 y algias en el tobillo derecho tas una fractura años atrás; no presenta rigidez lumbar, conservando la dinámica. Trastorno de estrés postraumático, con sintomatología estabilizada, mantiene la ansiedad y el bajo ánimo en relación con su patología traumatológica; sigue tratamiento con antidepresivos y ansiolíticos".

  4. - El 18.08.0'3 el demandante solicitó la jubilación anticipada al haber cumplido los 61 años de dad, condicionado al resultado del procedimiento de incapacidad en trámite; le fue reconocida la pensión de jubilación, en cuantía del 72% de una base reguladora de 956,05 euros mensuales, con efectos al 16.08.03.

  5. - El 06.05.03 el actor había iniciado un nuevo proceso de Incapacidad Temporal, reconociéndosele prestaciones pro tal situación en cuan tía del 75% de una base reguladora diaria del 15,04 euros, las que se le estuvieron abonando hasta el 15.08.03 por pasar el día siguiente a percibir la pensión de jubilación.

  6. - El 19.05.04 el actor promovió nuevamente actuaciones administrativas ante el Instituto...

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