STSJ Comunidad Valenciana 4791/2000, 23 de Noviembre de 2000

PonenteFrancisco Javier Lluch Corell
ECLIES:TSJCV:2000:8993
Número de Recurso3195/2000
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4791/2000
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

Dª. María Mercedes Boronat TormoD. Francisco Javier Lluch CorellD. Jesús Sánchez Andrada

Recurso contra Sentencia núm. 3195/00

Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo

Presidente

Ilmo Sr D. Francisco Javier LLuch Corell

Ilmo. Sr. D. Jesús Sánchez Andrada

En Valencia, a veintitrés de Noviembre de dos mil

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la

Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA N° 4791/2000

En el Recurso de Suplicación núm. 3195/00, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de Julio de 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Alicante, en los autos núm. 38/00, seguidos sobre Despido, a instancia de D. Benjamín y otros que luego se dirán, asistidos del Letrado Salvador Perez Marsa, contra CONSELLERIA DE EMPLEO, y PROSELECCION S.L., y en los que es recurrente el demandado (Consellería), habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo Sr D. Francisco Javier LLuch Corell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 17 de Julio de 2000, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando las excepciones de incompetencia de jurisdicción y de falta de legitimación pasiva de la Consellería de Trabajo y Asuntos Sociales, y estimando la demanda interpuesta por Benjamín , Carolina , Lourdes , María Luisa , Edurne , Olga , Antonieta , y Rodolfo , contra Preselección S.L. y Consellería de Trabajo y Asuntos Sociales, debo declarar y declaro la improcedencia de los despidos de los actores, condenando solidariamente a las demandadas a que en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, opte entre la readmisión de la parte actora a su puesto de trabajo en las mismas condiciones anteriores al despido, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia o a que indemnice la misma con las siguientes cantidades: 1.- Benjamín .- 1.252.994 ptas. 2.- Carolina .- 1.114.978 ptas. 3.- Lourdes .- 1.112.414 ptas. 4.- María Luisa .- 1.640.427 ptas. 5.- Edurne .- 1.179.057 ptas. 6.- Olga .- 1.179.057 ptas. 7.- Antonieta .- 1.230.320 ptas. 8.- Rodolfo .- 384.475 ptas. Más los salarios de tramitación desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia, debiendo poner en conocimiento de este Juzgado, en el referido plazo de cinco días, si opta o no por la readmisión; y en caso de optar por la readmisión, corresponderá a los trabajadores elegir que dicha readmisión se produzca en la empresa PROSELECCIÓN S.L. o en la Consellería de Trabajo y Asuntos Sociales, en este último caso, como contratados laborales indefinidos, y limitando los salarios de tramitación de Lourdes hasta el 26-6-00, de Edurne hasta el 15-2-00, de Olga hasta el 6-2-00 y de Antonieta hasta el 29-2-00.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Los actores han venido prestando sus servicios por cuenta y orden de las empresas demandadas PROSELECCION S.L. Y LA CONSELLERIA DE EMPLEO, con las siguientes circunstancias laborales: - Benjamín , con D.N.I. n° NUM000 , con la categoría profesional de Jefe administrativo, antigüedad desde el 13-6-95 y salario de 183.365 ptas mensuales incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. - Carolina , con D.N.I. n° NUM001 , con la categoría profesional de promotora, antigüedad desde el 1-9-95 y salario de 171.535 ptas, mensuales incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. - Lourdes , con D.N.I. n° NUM002 , con la categoría profesional de Técnico informático, antigüedad desde el 1- 3-95 y salario de 153.790 ptas, mensuales excluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. - María Luisa , con D.N.I. n° NUM003 con la categoría profesional de técnico-promotor, antigüedad desde el 21-3-94 y salario de 189.280 ptas, mensuales, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. - Edurne , con D. N. I n° NUM004 , con la categoría profesional de auxiliar administrativo, antigüedad desde el 21-3-94 y salario de 136.045 ptas mensuales incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. - Olga , con D.N.I. n° NUM005 , con la categoría profesional de auxiliar administrativo, antigüedad desde el 21-3-94 y salario de 136.045 ptas mensuales incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. - Antonieta , con D.N.I. n° NUM006 con la categoría profesional de auxiliar administrativo, antigüedad desde el 18-3-94 y salario de 141.960 pts mensuales incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. - Rodolfo , con D.N.I. n° NUM007 , con la categoría profesional de técnico-promotor, antigüedad desde el 4-5- 98 y salario de 153.790 ptas mensuales incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias. SEGUNDO.- Los actores suscribieron con la empresa PROSELECCION S.L. sucesivos contratos temporales para la realización de obra o servicio determinado, al amparo del Real Decreto 2546/94 y del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, en redacción dada por el Real Decreto ley 8/97 de 16 de mayo, constituyendo su objeto atender los servicios de administración de los Centros de Formación e Inserción Profesional de Elda y Alcoy, según los contratos de la empresa Proselección S.L., con la Consellería de Trabajo y Asuntos Sociales, durante los siguientes periodos. - Benjamín : contrato del 13-6-95 al 31-7-95. -contrato del 1-9-95 al 31-5-96, que fue objeto de sucesivas prórrogas, la última de las cuales finalizó el 31-12-99. - Carolina : contrato del 1-9-95 al 31-5-96. -Contrato del 16-7-96 hasta fin de - ~ que fue objeto de sucesivas prórrogas, la última de las cuales ›,álzl, 4 31-12-99. - Lourdes : contrato del 1-3-95 al 31-7-95. -Contrato del 1-9-96 al 31-5-96, que fue prorrogado hasta el 31-7-96. - Contrato del 16-7-96 hasta fin de servicio. -Contrato del 16-7-97 hasta fin de servicio, que fue objeto de sucesivas prórrogas la última de las cuales finalizó el 31-12-99. - María Luisa : contrato del 21-3-94 al 31-7-94. -Contrato del 1-9-94 al 31-12-94. -Contrato del 1-1-95 al 31-7- 95. -Contrato del 1- 1-95 al 31-5-95, que fue prorrogado hasta el 31-7-96. - Contrato del 1-9-96 hasta fin de servicio. - Contrato del 16-7-97 hasta fin de servicio, que fue objeto de sucesivas prórrogas, la última de las cuales finalizó el 31-12-99. - Edurne ; contrato del 21-3-94 al 31-7-94. - Contrato del 1-9-94 al 31-12-94. -Contrato del 1-1-95 al 31-7- 95. -Contrato del 1-9-95 al 31-5-96, que fue prorrogado hasta el 31-7-96. - Contrato del 16-7-96, hasta fin de servicio, que fue objeto de sucesivas prórrogas, la última de las cuales finalizó el 31-12-99. - Olga : Contrato del 21-3-94 al 31-7-94. -Contrato del 1-9-94 al 31-12-94. - Contrato del 1-1-95 al 31-7-95. -Contrato del 1- 9-95 al 31-5-96, que fue prorrogado hasta el 31-7-95. -Contrato del 16-7-96 hasta fin de servicio, que fue objeto de sucesivas prórrogas, la última de las cuales finalizó el 31- 12-99. - Antonieta : -Contrato del 18-3-94 al 31-7-94. - Contrato del 1-9-94 al 31-12-94. -Contrato del 1-1-95 al 31-7-95. - Contrato del 1-9-95 al 31-5-96, que fue prorrogado hasta el 31-7-96. - Contrato del 16-7- 96 hasta fin de servicio, que fue objeto de sucesivas prórrogas, la última de las cuales finalizó el 31- 12-99. - Rodolfo : contrato del 4-5-98 hasta fin de servicio, que fue prorrogado hasta el 31-12-99. TERCERO.- Desde el 1-1-94 la Conselleria de Trabajo y Asuntos Sociales suscribió con la empresa Proselección, S.L., sucesivos contratos administrativos de servicios por los cuales dicha empresa se compromete a prestar sus servicios de gestión de los Centros de Formación e Inserción Profesional de Elda y Alcoy, obligándose a facilitar los recursos humanos para la realización de los trabajos de la contratación, siendo la Conselleria la que ha aportado los locales y medios necesarios para la prestación de los servicios contratados, siendo dichos contratos prorrogados hasta el 31-12-99. CUARTO.- Durante su relación laboral los actores han prestado sus servicios en los centros de Formación e Inserción Profesional del Elda y Alcoy, bajo las órdenes del Director de ambos centros y cumpliendo el mismo horario que el personal de la Conselleria de Trabajo y Asuntos Sociales, realizando funciones propias y permanentes de la citada Conselleria. QUINTO.- Mediante comunicaciones escritas de fecha 15-12- 99...

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