STSJ Andalucía 2606/2008, 1 de Octubre de 2008

PonenteEMILIO LEON SOLA
ECLIES:TSJAND:2008:8161
Número de Recurso1885/2008
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2606/2008
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 1.885/08, interpuesto por el CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cinco de los de Granada, en fecha 30 de abril de 2008 en Autos núm. 136/08, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado

D. EMILIO LEÓN SOLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Elsa , sobre DESPIDO, contra el CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 30 de abril de 2008 , por la que estima la demanda.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La actora Doña María Elsa con D.N.I. nº NUM000 ha venido prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas a través de los siguientes contratos de naturaleza temporal:

  2. Contrato de fecha 20 de enero de 2.003 de obra o servicio determinado para la realización de trabajos de investigación en el marco del proyecto de "Relación entre osmoadpatación de la bacteria y eficiencia en la simbiosis Rhizobium-leguminosa" consistentes en "Caracterización molecular de genes en bacterias del género Rhizobium: clonación, construcción de mutantes, secuenciación, etc...". Dicho contrato concluyó en fecha de 31 de octubre de 2.005.2º Contrato de fecha 16 de noviembre de 2.005 para obra o servicio determinado para la realización de trabajos de investigación en el marco del proyecto "Fijación de nitrógeno. Zaidín" y consistente en la realización de trabajos de "Análisis molecular de bacterias del género Rhizobium". Dicho contrato finalizó el día 15 de junio de 2.006.

  3. Contrato de fecha 7 de julio de 2.006, iniciándose la prestación de servicios ello de julio de 2.006 para obra o servicio determinado para la realización de trabajos de investigación en el marco del proyecto "Mecanismos de Osmoadaptación de la bacteria y tolerancia al estrés salino de la simbiosis Rhizobium-leguminosa" consistentes en "Caracterización molecular de genes y procesos en bacterias de género Rhizobium: clonación, construcción de mutantes, secuenciación".

    En todos estos contratos la categoría profesional de la actora era la de Técnico Superior de Investigación y Laboratorio y los trabajos contratados se realizaban en la Estación Experimental del Zaidín.

    En fecha de 29 de mayo de 2.007 y con efectos del 10 de julio de 2.007 se modifica el salario base que pasa a ser de 1.149,27 euros mensuales y se fija una jornada semanal de 37 horas y media en horario de 8,00 a 15,30 horas. El salario diario afectos de despido asciende a 44,69 euros.

  4. - Se comunica a la actora su cese en fecha de 9 de enero de 2.008 mediante carta fechada el 21 de diciembre de 2007 del siguiente tenor literal: "Con esta fecha pongo en su conocimiento que el Contrato de trabajo de duración determinada

    formalizado el día 10 de JULIO de 2006, vinculado al Proyecto de Investigación titulado "MECANISMOS DE OSMOADAPTACION DE LA BACTERIA Y TOLERANCIA AL ESTRÉS SALINO DE LA SIMBIOSIS RHIZOBIEUM-LEGUMINOSA" finaliza a todos los efectos al concluir la jornada del día 9 de enero de 2.008".

  5. - La actora ha estado trabajando en el grupo de Investigación adscrito al Departamento de Microbiología del suelo y sistemas simbióticos de la Estación Experimental del Zaidín en Granada bajo la supervisión del D. Carlos Miguel , Investigador Científico del C.S.I .C., grupo anteriormente denominado "Fijación de Nitrógeno" y actualmente "Interacciones Planta- Bacteria" desde marzo de 2.000 hasta la actualidad con distintos contratos de trabajos que si bien han estado adscritos a diferentes proyectos de investigación el Tipo de tareas realizadas por la actora durante todos estos años han sido similares todas ellas relacionadas con el análisis.

  6. - Presenta la actora reclamación previa en fecha de 17 de enero de 2.008 ante el C.S.I .C. sin que conste resolución expresa de la misma. Se interpone demanda judicial en fecha de 21 de febrero de 2.008.

  7. - El actor no ostenta ni ha ostentado en el año anterior al despido la condición de representante de los trabajadores.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por el CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES...

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