STSJ Cataluña 6404/2006, 28 de Septiembre de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN QUESADA PEREZ
ECLIES:TSJCAT:2006:10482
Número de Recurso280/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución6404/2006
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 6404/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por -FREMAP- frente a la Sentencia del Juzgado Social 10 Barcelona de fecha 7.06.2005 dictada en el procedimiento nº 280/2005 y siendo recurrido/a Angelina e -I.C.S.-(Institut Català de la Salut). Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. Mª DEL CARMEN QUESADA PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22.04.05 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Incapacidad temporal, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 7.06.2005 que contenía el siguiente Fallo:

Estimo la demanda promovida por Angelina , condeno a la Mutua Fremap a abonarle la prestación de incapacidad temporal por la baja médica del día 30 de diciembre de 2004, con arreglo a la base reguladora de 755,40 euros y en las demás condiciones económicas reglamentarias, absolviendo al Institut Català de la Salut.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:1.- La actora de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, después de variados períodos de baja médica, inició un proceso de incapacidad temporal el día 7 de enero de 2003, y agotada su duración máxima, por resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 26 de octubre de 2004, en expediente de incapacidad permanente, con denegación de ésta, se acordó la extinción de la temporal, por las siguientes lesiones: fibromialgia, trastorno depresivo moderado recurrente en relación a sobrecarga familiar estacionaria, poliposis vesicular susceptible de tratamiento quirúrgico.

  1. - El 30 de diciembre de 2004 causó una nueva baja médica on un diagnóstico de depresión reactiva.

  2. - Mediante escrito de fecha 15 de febrero de 2005, la Mutua Fremap le denegó la prestación de incapacidad temporal por esta baja médica, al entender que existía una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad social sin que hubiera variado su capacidad laboral.

  3. - Interpuso reclamación previa ante la mutua y el Institut Català de la Salut, desestimada por resolución expresa de aquélla de fecha 18 de marzo de 2005.

  4. - La base reguladora es de 755, 40 euros.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte codemandada FREMAP, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Contra la sentencia de instancia, estimatoria de la demanda inicial sobre reconocimiento de la prestación de Incapacidad Temporal, se alza en suplicación la Mutua demandada articulando su recurso por la vía del apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , cuyo recurso ha sido impugnado por la parte actora.

El único motivo del recurso se dedica a censura jurídica denunciando la infracción de los artículos 128.1.a) y 2 y 131 bis...

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