STSJ Cataluña 2073/2006, 8 de Marzo de 2006

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2006:3135
Número de Recurso326/2005
Número de Resolución2073/2006
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 2073/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Guadalupe frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Barcelona de fecha 1 de septiembre 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 326/2005 y siendo recurridos Atento Teleservicios España S.A. y F.G.S.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 10 de mayo de 2005 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1 septiembre de 2005 que contenía el siguiente Fallo: " Que dando lugar a las excepciones alegadas y con desestimación de la demanda presentada por Dª Guadalupe contra ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U. ( ATENTO TELECOMUNICACIONES S.A.) y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL en reclamación por despido se absuelve a las demandadas de los pedimentos de la demanda al haberse extinguido la relación laboral por voluntad de la demandante "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La trabajadora demandante Dª Guadalupe ha venido prestando sus servicios en la empresa demandada ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA, S.A.U. (ATENTO TELECOMUNICACIONES ESPAÑA, S.A.) , desde el dia 13 de julio de 2000, con categoria profesional de Gestor Telefónico, y salario brutomensual de 890,97 euros con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias (categoria y salario no controvertido, antigüedad, informe vida laboral obrante a los folios 102 a 107).

  2. - El dia 29 de marzo, Clara se dirigió a su coordinador Sr. Pablo y le comunicó que habian cuatro ventas con un 99 por 100 de descuento, y que no las habia efectuado ella, ventas efectuadas el 28 y 29 de marzo. El 30 de marzo otra trabajadora se dirige al coordinador y le comunicó que habian dos ventas con un 99 por 100 de descuento que no las habia efectuado ella (testifical Don. Pablo ).

  3. - Efectuadas comprobaciones en el histórico de ventas realizadas se constató que la demandante accedió a fichas de esos clientes con su matricula y realizó las ventas con el número de matricula de otras compañeras (testifical Don. Pablo ).

  4. - El dia 31 de marzo de 2005 la demandante fue convocada por la empresa a una reunión con la gerencia de la empresa. En esa reunión estaban presentes Penélope , Pablo y el Sr. Armando ( interrogatorio actora y testifical Sr. Pablo ).

    En dicha reunión se le comentó a la demandante que se habian detectado registro de ventas, efectuados con el núm. de matricula de otras trabajadoras, Dª.- Clara y Dª Carolina y que una vez registrado el historial se comprobó que la demandante habia accedido con un número de matrícula a la ficha de esos clientes y efectuado ventas con un 99% de descuento, suplantando a otras compañeras. Le indicaron que el fraude ascencia a unos 2.5090 euros y le enseñaron relación de ventas efectuadas y se le dijo que tomarian una decisión . La empresa tenía preparada carta de despido ( interrogatorio actora y testifical Sr. Pablo ).

    En la lista mostrada de ventas efectuadas con descuento del 99 por 100 la demandante reconoció el nombre de familiares y amigos suyos. Asimismo le ofrecieron la posibilidad de causar baja voluntaria en la empresa (testifical Don. Armando y Sr. Pablo ).

    La demandante se lo pensó unos cinco minutos y al regresar pidió al Sr. Pablo un modelo para cumplimentar la baja. (interrogatorio actora y testifical Sr. Pablo ) .

  5. - La demandante suscribió escrito en fecha 31 de marzo de 2005 en los siguientes términos "A/A a Atento Teleservicios España, S.A. Barcelona, 16 de marzo de 2005. Muy señores nuestros: Por la presente les comunico mi deseo de causar baja en la empresa de forma voluntaria por motivos personales siendo mi último dia de trabajo el 31/0305. Atentamente (Fdo. Guadalupe . NUM000 ) (folio 109 e interrogatorio en juicio actora).

  6. - Hubo una segunda reunión en fecha 11 de abril de 2005, en la que estaba la demadante Guadalupe , Armando , Frida , delegada sindical y Carlos José , miembro del Comité de empresa, una trabajadora del servicio y el Jefe de Centro, Ismael. El tema que se trató era que la demandante no habia recibido el finiquito y le comentaron a la demandante que el importe detectado de ventas irregulares era muy superior, sobre unos 9000 euros. El finiquito no se abonó (testifical Sr. Armando . Sr. Carlos José ).

  7. - En la empresa no se autoriza a realizar ventas con un descuento del 99 por 100 No se permite hacer descuentos a nadie a menos que haya se hafa facturado dos veces un aparato por errores en el servicio y siempre con previa comprobación y con un número de reclamación. (testifical Sr. Pablo y Sr. Carlos José ).

  8. - La demandante prestó servicios las siguientes fechas:

    10-05-95 a 28-07-95 ESTRATEGIAS TELEFONICAS S.A.

    04-09-95 a 29-09-95 " "

    09-10-95 a 11-10-95 " "

    18-10-05 a 10-01-96 " "

    01-02-96 a 14-03-96 " "

    01-04-96 a 30-07-96 " "

    02-09-96 a 16-10-96 " "21-10-96 a 11-11-96 " "

    04-12-96 a 13-02-97 " "

    17-02-97 a 18-04-97 " "

    21-04-97 a 06-08-97 " "

    01-09-97 a 19-11-97 " "

    20-11-97 a 28-10-98 " "

    05-11-98 a 20-10-99 " "

    27-10-99 a 03-11-99 " "

    15-11-99 a 14-02-00 " "

    24-03-00 a 19-05-00 ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U.

    20-05-00 a 12-07-00 PRESTACIÓN DESEMPLEO EXT. TIEMPO TOTAL. 13-07-00 a 11-02-01 ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U.

    12-02-01 a 31-03-05 " " " "

    20-04-05 a sigue alta en TELETECH CUSTOMER SERVICES SPAIN, S.L. (informe vida laboral obrante a los folios 102 a 107 y contratos trabajo folios 31 a 68)

  9. - La sociedad ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.U. es la misma sociedad ESTRATEGIAS TELEFONIAS, S.A. (hecho no controvertido)

  10. - La demandante presentó demanda frente a la empresa en reclamación por vacaciones en fecha 11 de marzo de 2005 que fue estimada (folios 126 a 132 y 174 a 179).

  11. - La demandante no ostena cargo sindical ni de representación de los trabajadores, ni lo ha ostentado en el último año (hecho no controvertido).

  12. - Presentada papeleta de conciliación ante el S.C.I. de la Delegació Territorial de Barcelona del Departament de Treball, en fecha 13 de abril de 2005, se celebró el preceptivo acto el dia 14 de mayo de 2005, con el resultado de intentado sin efecto por incomparecencia de la demandada.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte , que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado , elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Recurre en suplicación Dª. Guadalupe contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 1 de los de Barcelona en fecha 1/9/05 y en la que, desestimándose la demanda presentada por la propia Sª. Betes contra la empresa Atento Telecomunicaciones España S.A. y contra el F.G.S., se absolvía a la empresa de las peticiones contenidas en la misma y dirigidas a que se declarase como despido improcedente el cese de la trabajadora en la empresa demandada que la sentencia estima se habría producido "por voluntad de la demandante".

Segundo

Interesa en primer término el recurrente la revisión de la relación de hechos probados de la...

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