SAP Burgos 367/2005, 9 de Septiembre de 2005

PonenteILDEFONSO JERONIMO BARCALA FERNANDEZ DE PALENCIA
ECLIES:APBU:2005:823
Número de Recurso248/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución367/2005
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 367.

En Burgos, a nueve de septiembre de dos mil cinco.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 248 de 2.005, dimanante del juicio verbal número 985/04, del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Burgos , sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 4 de febrero de

2.005 , en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante-apelado, el "CENTRO DE ESTUDIOS CEAC, S.L.", representado por el Procurador D. Sigfredo Pérez Iglesias y defendido por la Letrada Dª Cristina Domingo García; y, como demandado- apelante, D. Armando , representado por laProcuradora Dª Lucía Ruiz Antolín y defendido por la Letrada Dª Pilar Pérez Díez. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente

    FALLO

    "Que ESTIMANDO COMO ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Pérez Iglesias, en representación de Centro de Estudios Ceac, S.L., contra D. Armando , representado por la Procuradora Sra. Ruiz Antolín, DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a pagar a la actora la cantidad de dos mil ciento treinta y nueve (2.139) euros, a la que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución, con expresa imposición al demandado de las costas procesales causadas".

  2. - Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación del demandado se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. - Recibidos los autos y seguido el recurso por todos sus trámites se acordó señalar para la celebración de la oportuna vista el día 7 de septiembre pasado, en que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de ambas partes, quienes informaron en apoyo de sus pretensiones.

  4. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

Se interpone el presente recurso de apelación contra la sentencia recaída en un juicio verbal posterior a una reclamación monitoria que condena al demandado al pago de 2.139 € como precio pendiente de pago por la suscripción de un curso de inglés que se iba a recibir por correspondencia en el propio domicilio.

Segundo

La sentencia apelada tan solo examina para desestimarlo uno solo de los motivos que se alegaron en la contestación de la demanda, y no el resto, por entender que debían haberse alegado también cuando el deudor se opuso conforme al artículo 818 de la LEC a la demanda de juicio monitorio. En el escrito de oposición tan solo se dijo que el contrato celebrado con Home English, y en el que luego se subrogó la parte demandante, autorizaba...

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