SAP Lugo 134/2006, 23 de Mayo de 2006

PonenteEDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS
ECLIES:APLU:2006:547
Número de Recurso155/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución134/2006
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 134

ILMOS/AS. SRS. MAGISTRADOS/AS:

D. EDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS, PRESIDENTE

Dª. MARIA LUISA SANDAR PICADO

D. JOSE MANUEL VARELA PRADA

En Lugo, a veintitrés de mayo de dos mil seis.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo, ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala nº 155/06 , dimanante de los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO nº 97/05 , tramitado por el Juzgado de Primera Instancia 3 de Lugo, sobre reclamación de cantidad . Es parte apelante D. Carlos Ramón , representado por el Procurador Sr. MARTIN BUITRAGO y apelado el HOSTAL RESTAURANTE VENUS SL, representado por el Procurador Sr. VILA VARELA. Actúa como ponente y expresa el parecer de la Sala el Presidente Ilmo. Sr. D. EDGAR AMANDO FERNANDEZ CLOOS

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia 3 de Lugo en fecha 30 de Diciembre de 2005 , dictó sentencia en cuya parte dispositiva se establece: FALLO: Estimar en parte la demanda interpuesta por el Procurador don Álvaro Martín Buitrago en nombre de don Carlos Ramón contra la entidad Hostal Restaurante Venus, S.L., y condenar a la demandada a que abone al actor la suma de 7.212,15 euros más el interés legal del dinero devengado al demandado del resto de las pretensiones deducidas contra él. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas. 7.212,15 euros.

SEGUNDO

Interpuesto el recurso de apelación contra la citada sentencia el mismo fue admitido en ambos efectos, por lo que se elevaron las actuaciones a la Audiencia provincial correspondiendo por el turno de reparto a esta Sección 2ª.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia objeto de recurso; y además:

SEGUNDO

Dos son las cantidades objeto de reclamación en la demanda rectora de esteprocedimiento y una de ellas, la correspondiente a la reclamación de una deuda derivada de un contrato de préstamo, está estimada sin que tal resolución hubiera sido impugnada.

La que es objeto de apelación es la relativa a la desestimación de parte de la demanda, la que se corresponde con la pretensión del demandante de que le sea abonado el precio del terreno en el que está instalado el depósito de gasóleo que abastece la calefacción del demandado, situado...

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