SAP Valencia 11/2007, 15 de Enero de 2007
Ponente | JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO |
ECLI | ES:APV:2007:660 |
Número de Recurso | 933/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 11/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia |
SENTENCIA Nº 11
SECCION SEPTIMA
Ilustrísimos/as Señores/as:
Presidente/a:
DOÑA MªCARMEN ESCRIG ORENGA.
Magistrados/as
DON JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.
DOÑA PILAR CERDAN VILLALBA.
En la Ciudad de Valencia, a quince de enero de dos mil siete.
Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal (Suspensión de obra nueva) - 000224/2006 seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE GANDIA entre partes; de una como demandado apelante/s CP DIRECCION000 dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JUAN A. GRAU BOSCA y representado por el/la Procurador/a D/Dª JOSE CARBONELL GENOVES, y de otra como demandante - apelado/s Leonardo dirigido por el/la letrado/a D/Dª. JOSE ALBERTO APARISI ORENGO y representado por el/la Procurador/a D/Dª MARIA JOSE VICTORIA FUSTER.
Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. JOSE ANTONIO LAHOZ RODRIGO.
En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE GANDIA, con fecha 15 de junio de 2006 se dictó la sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Por les raons exposades, i en l'exercici de la potestat que m'atribueix la Constitució espanyola, he decidit:1.-Estimar la demanda interposada per En Leonardo contra la Comunitat de Propietaris de l'Edifici DIRECCION000 de Gandía, confirmant la suspensió de l'obra que es va acordar per resolució de 6 d'abril de 2006.2.-Condemnar la Comunitat de Propietaris de l'Edifici DIRECCION000 de Gandía a pagar les costes d'aquest procés."
Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandada se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, endonde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día 10 de enero de 2007 para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.
El recurso de apelación, interpuesto por la representación procesal de la demandada contra la sentencia de instancia, la impugna al considerar que no valora en debida forma la prueba practicada e infringe él articulo 18 de la LPH por lo que interesa su revocación y, por el contrario, se dicte nueva sentencia que desestime la demanda y alce la suspensión de la construcción de la valla.
Entrando en el enjuiciamiento de los distintos motivos de apelación, se considera conveniente realizar una serie de consideraciones respecto a los hechos y a las alegaciones de las partes. Así: a) El demandante insta una acción posesoria para que se paralice la ejecución de una obra, alzado de un muro o valla en una terraza comunitaria cuyo uso parcial le es permitido en los estatutos, y que afectaba a una franja de suelo donde tiene instaladas mesas y que poseía desde el año 2004 en que adquirió el local que identificaremos como nº 3 de 198,50 m2; b) Según se desprende del titulo constitutivo de la propiedad horizontal y declaración de obra nueva en que constan las normas de la comunidad, disposición 4ª : "Los propietarios de los departamentos Dos y Tres, para el caso de que se destinen a locales comerciales, podrán ocupar y utilizar las zonas descubiertas colindantes con los mismos, respectivamente, por derecha e izquierda mirando desde el Paseo Marítimo, hasta una distancia contada desde este, en cuanto al primero, de 21,50 m y en cuanto al segundo de 16 m. Dichas zonas podrán ser encristaladas o cubiertas con toldos móviles, conforme a las Ordenanzas Municipales; c) Desde la adquisición del local, escritura notarial de 30 de julio de 20004, el demandante ocupó la terraza mediante la colocación de mesas y sillas contando los 16 metros desde el seto o jardín que se aprecia en las fotografías aportadas por lo que llegaba a la valla de...
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ATS, 9 de Diciembre de 2009
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